Derecho A La Informacion Ecologica
stefaniita21 de Abril de 2014
517 Palabras (3 Páginas)386 Visitas
Derecho a la información ecológica.
Toda persona tendrá derecho a que la secretaria (SEMARNAT), los estados el Df. y los municipios pongan a su disposición la información ambiental que les soliciten, en los términos previstos por las leyes reglamentarias ecológicas.
Los gastos extras que puedan generar correrán por cuenta del solicitante.
La secretaria desarrolla un sistema nacional de información ambiental y de recursos naturales que tendrá por objeto registrar, organizar, actualizar y difundir la información nacional, que estará disponible para su consulta y que se coordinara y competerá con el sistema de cuentas nacionales a cargo del instituto de estadística, geografía e informática.
En dicho sistema la secretaria deberá integrar, entre otros aspectos, información relativa a los inventarios de recursos naturales existentes en el territorio nacional, a los mecanismos y resultados obtenidos del monitoreo de la calidad del aire, del agua y del suelo, al ordenamiento ecológico del territorio así como la información correspondiente a los registros, programas y acciones que se realicen para la preservación del equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente.
La secretaria reunirá informes y documentos relevantes que resulten de actividades científicas, académicas, trabajos técnicos o de cualquier otra índole materia ambiental y de la preservación de los recursos naturales, realizados en el país por personas físicas o morales, nacionales o extranjeras, los que serán remitidos al sistema nacional de información de recursos naturales.
El Sistema Nacional de Información Ambiental y de Recursos Naturales (SNIARN) es un conjunto de bases de datos (estadísticos, cartográficos, gráficos, documentales, etc.), equipos (informáticos y humanos), programas y procedimientos dedicados a recopilar, organizar y difundir la información acerca del ambiente y los recursos naturales del país.
El SNIARN integra la información relativa a los inventarios de recursos naturales, al monitoreo de la calidad del aire, agua y suelo, al ordenamiento ecológico del territorio y a los registros, programas y acciones encaminados a la preservación del equilibrio ecológico y la protección al ambiente. El SNIARN incluye también los informes y documentos que resultan de las actividades científicas, académicas y trabajos técnicos en materia ambiental y de preservación de recursos naturales realizados en el país (Artículo 159 bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente)
La secretaria deberá elaborar y publicar bianualmente un informe detallado de la situación general existente en el país en materia de equilibrio ecológico y protección al ambiente.
La secretaria editara una gaceta en la que publicaran disposiciones jurídicas, normas mexicanas, decretos, reglamentos, acuerdos, y de mas actos de administrativos así como información de interés general en materia ambiental que se publiquen por el gobierno federal o del los gobiernos locales o documentos internacionales en materia ambiental de interés para México, independientemente de su publicación en el diario oficial de la federación o en otros órganos de difusión, igualmente relacionadas con las áreas protegidas y la preservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
Es muy importante tener conocimiento de la información ecológica nacional, ya que es un derecho que todos tenemos, así como todos tenemos la responsabilidad de cuidar proteger y respetar el medio ambiente, se debe conocer el cómo las autoridades hacen valer esas prerrogativas.
...