Derecho De La Mujer A Una Vida Libre De Violencia - Venezuela
TALARN18 de Enero de 2015
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Ley orgánica Sobre El Derecho De La Mujer A Una Vida Libre De Violencia
La violencia, la fuerza física, medios que debieran estar ya desterrados en una sociedad civilizada, siguen actuando entre nosotros como si fuese el único medio, por medio del cual unos pocos hacen oír su voz, mientras que la mayoría, perjudicada, ha de seguir aguantando.
Si no tomamos conciencia cada uno de nosotros de la violencia que generamos en nuestra casa, en nuestro trabajo, en la calle o donde sea que convivamos, no podemos contribuir a que cese tanta violencia en este país tan agobiante. Considero que es necesario que a diario se dicten tallares por parte de algunos institutos entre ellos el Bienestar Familiar para fomentar el amor y la comprensión en nuestros hogares, como también de cursos que muestren las causas y consecuencias de este fenómeno social.
Nadie está exento de generar violencia, debemos controlarnos, primero debemos pensar para actuar, y no actuar y luego pensar, porque podemos arrepentirnos luego.
Últimamente hemos presenciado actos de violencia en nuestra sociedad, están claros los hechos de esta naturaleza que se ven y leen en nuestra comunidad, en la radio en la prensa
Según el Pequeño Larousse la violencia se define como acción y efecto de violentarse. Manera de actuar contra el natural modo de preceder, haciendo el uso excesivo de la fuerza. Acción injusta que se ofende o perjudica a alguien. Coacción física ejercida sobre una persona para viciar su voluntad y obligarla a ejecutar un acto determinado. Violencia es el hecho, casi a diario, de que gran número de personas se vean obstaculizadas para desarrollar su actividad normal con la toma de calles, puentes y carreteras. Violencia también es la ocupación de edificios y la obstaculización del libre ingreso y salida de las instalaciones.
La violencia contra la mujer presenta un panorama mundial de este tipo de violencia, en particular en lo que hace a la salud de la mujer y la niña
Lamentablemente muchas mujeres han sufrido por la violencia física sexual en algún momento de su vida, en su mayoría ejercida por sus esposos o compañeros íntimos. Es infligida en el hogar, la calle, la escuela, el lugar de trabajo, en el campo, en campos de personas refugiadas, durante conflictos y crisis. Así pues, despoja a los países del capital humano y la productividad necesaria en la lucha para erradicar la pobreza, mejorar la educación y la salud y para impulsar el desarrollo. La violencia contra las mujeres también ha sido un culpable silencioso pero potente en la feminización del VIH y su propagación. Ahora está reconocida como un problema de salud pública en numerosos países, un problema que menoscaba la salud de los individuos y la fortaleza de las comunidades y sociedades.
La Constitución vigente de la República Bolivariana de Venezuela hasta diciembre de 1999, no precisaba ninguna clase de norma en la que se refiriera a la violencia contra la mujer o al interior de la familia. El estamento encargado del ordenamiento legal vigente y de aplicación directa y preferente de los tratados y las Convenciones en los que se contemplaban estos temas era la legislación interna de la República de Venezuela
A partir de La Constitución Nacional, que se aprobó en 1999, donde se empleo un lenguaje no-sexista, desde el Preámbulo en el que se garantiza entre otros aspectos la justicia social y la igualdad, sin discriminación ni subordinación alguna, hasta las disposiciones finales. Fue tal el cambio en la carta magna de los venezolanos que en el Artículo 21, se consagró la garantía de protección de las mujeres y la familia contra la violencia y toda forma de discriminación. Del mismo modo se consagra en el mismo Artículo que la ley garantizará las condiciones jurídicas y administrativas para que la equidad ante la ley sea real y efectiva.
Desde el mes de abril
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