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Derecho Penal Publico


Enviado por   •  27 de Septiembre de 2013  •  2.080 Palabras (9 Páginas)  •  216 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

El Derecho Internacional público podemos definirlo como el conjunto de normas y principios jurídicos que regulan las relaciones entre sujetos de derecho internacional publico, este constituye un ordenamiento jurídico especial, frente a los sistemas jurídicos nacional de los Estados y tiene como objeto fundamental las relaciones internacionales que tiene como elemento principal a los Estados como entes soberanos, las organizaciones internacionales entre otras.

Orígenes del Derecho Internacional Público.

El Derecho Internacional empezó a desarrollarse a partir del Siglo XVI, época en la cual aparecen en Europa los primeros estados nacionales. Sin embargo, hasta principios del Siglo XX se desenvolvió bajo el principio de la soberanía, lo que no facilitaba la creación de una sociedad internacional. Las tentativas hechas hasta entonces para regularizar las relaciones internaciones se caracterizaban por su empirismo y por su estrecha relación con la política. Las siguientes manifestaciones realizadas en la Época Moderna, donde se suceden acontecimientos históricos para el Derecho Internacional y donde éste se enriqueció con nuevos aportes (se estableció la igualdad religiosa, se adoptó el idioma francés como lenguaje diplomático, se establecieron las embajadas permanentes, entre otras), que van desde el Imperialismo Universal (Imperio Napoleónico) hasta los compromisos ideados por la diplomacia (Santa Alianza) no han sido suficientes para asegurar una paz estable. El derrumbamiento del sistema diplomático tradicional por la Primera Guerra Mundial en 1914, provocó la formación de nuevas bases sobre las cuales los gobiernos asentarían sus relaciones internacionales. El fracaso de la Sociedad de Naciones y de la política de seguridad colectiva condujo a la Segunda Guerra mundial, en la coalición de los pueblos libres cerró el paso a las tentativas de hegemonía universal. Desgraciadamente, la victoria de las democracias occidentales no ha sido completa, y hoy, como ayer, sigue en pie el problema de saber si el mundo se federara libremente o si, una vez más tendrá que resistir por la fuerza a las amenazas del neoimperalismo totalitario. De la solución de este dilema dependen el destino de Europa y el mundo entero y del mantenimiento del Derecho Internacional, e incluso del Derecho mismo.

FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

Concepto de Fuente: Es el conjunto de pautas compuesto por valoraciones, principios morales, doctrinas, etc., que determinan la voluntad del legislador contribuyendo a dar contenido a la norma jurídica.

Concepto de fuente del Derecho Internacional Publico: Es la base o soporte racional y jurídico en que descansa el Derecho Internacional y que justifica su vigencia o le da la razón de ser a dicho derecho.

Clasificación de las fuentes

Fuentes directas, principales o autónomas

La Costumbre: Es la principal fuente del Derecho Internacional. La costumbre como fuente del Derecho Internacional debe distinguirse de la simple practica o uso, porque la costumbre debe llenar ciertos requisitos que les son indispensables: Un elemento material (consuetudo) y un elemento psicológico (opinio juris sirve necessitatis) es decir, la realización material del acto y la opinión jurídica de su necesidad. La costumbre como fuente es una práctica general, aceptada como Derecho.

Los Tratados o Convenios: El tratado para que sea fuente del derecho necesita que en el se encuentren disposiciones realmente nuevas, porque aquel instrumento internacional que se limite a repetir normas o principios ya consagrados no puede considerarse como tal.

Los tratados tradicionalmente han sido considerados, atendiendo a ese contenido, en tratados- contratos y tratados-leyes.

Los tratados -Contratos: Son aquellos que complementan intereses inmediatos a los estados contratantes como lo son los fronterizos, los modus vivendi comerciales, etc.

Los tratados-leyes: Son aquellos que consagran principios generales de Derecho, accesibles a todos los Estados, y los cuales por el contenido nuevo que poseen pueden considerarse como verdaderas fuentes de Derecho Internacional.

LA LEY DURA Y LA LEY BLANDA EN EL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

La ley (del latín lex, legis) es una norma jurídica dictada por el legislador. Es decir, un precepto establecido por la autoridad competente, en que se manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia, y para el bien de los gobernados.

Según el jurista panameño César Quintero, en su libro Derecho Constitucional, la ley es una "norma dictada por una autoridad pública que a todos ordena, prohíbe o permite, y a la cual todos deben obediencia." Por otro lado, el jurista chileno-venezolano Andrés Bello definió a la ley, en el artículo 1º del Código Civil de Chile, como "Una declaración de la voluntad soberana, que manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite".

Las leyes son delimitadoras del libre albedrío de las personas dentro de la sociedad. Se puede decir que la ley es el control externo que existe para la conducta humana, en pocas palabras, las normas que rigen nuestra conducta social. Constituye una de las fuentes del Derecho, actualmente considerada como la principal, que para ser expedida, requiere de autoridad competente, o sea, el órgano legislativo.

Tanto la ley Dura como la ley Blanda son leyes que están presentes dentro del derecho internacional público, mientras que en cuanto a los medios de solución pacifica de conflictos se prevé que en todo conflicto internacional debe agotarse los medios pacíficos diplomáticos de solución de conflictos, para evitar el enfrentamiento bélico y para salvaguardar los Derechos Humanos, y con respecto a las teorías del monismo y el dualismo, son modos que por medio de sus leyes tratan de solucionar problemas consistentes tanto en el derecho nacional como en el internacional.

MEDIOS DE SOLUCION PACIFICA DE CONFLICTOS

Debido a las complejidades de la violencia, existen diferentes disposiciones a nivel internacional para evitar recurrir a la fuerza. Entre ellas están, las medidas diplomáticas, que hacen parte de las premisas suscritas en la Convención de la Haya, en 1907. En esta convención los Estados se comprometieron a resolver todos los conflictos que surgieran dentro y fuera de ellos, dentro de las normas básicas del derecho humanitario.

Con medios o sistemas de solución pacifica, se busca dirimir el conflicto entre las partes, con el apoyo de grupos o Estados, que sirven

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