Derecho Procesal Del Trabajo
Enviado por • 11 de Septiembre de 2014 • 603 Palabras (3 Páginas) • 192 Visitas
DERECHO PROCESAL DEL TRABAJO
PRINCIPIOS PROCESALES EN EL PROCESO DEL DERECHO DEL TRABAJO
• Publico
• Gratuito
• Inmediato
• Oral
• Se inicia a instancia de parte
• La obligación de la junta para lograr la mayor economía, concentración y sencillez del proceso
• Cuando la demanda sea incompleta; la junta la subsanará al momento de admitirla
• Los procedimientos paraprocesales y el proceso del derecho del trabajo se sustanciaran e los términos establecidos por la ley
• No se exige forma determinada para comparecencias, escritos, promociones o alegaciones. Pero las partes deberán precisar los puntos petitorios
OBLIGACIONES DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS Y JUDICIALES: Auxiliar a las Juntas de Conciliación y a las juntas de Conciliación y Arbitraje
PARTES EN EL PROCESO LABORAL: Personas físicas y morales que acrediten su interés jurídico en el proceso y ejerciten acciones y opongan excepciones. Y las personas afectadas por la resolución, podrán intervenir comprobando su interés jurídico.
CAPACIDAD DE LOS MENORES EN UN JUICIO LABORAL: Comparecer a juicio sin necesidad de autorización alguna, en caso de no estar asesorados la junta solicitara la intervención de la procuraduría de la defensa del trabajo.
* Menores de 16; la procuraduría de la defensa del trabajo les designara un representante
FORMA DE ACREDITAR LA PERSONALIDAD ANTE LA JUNTA: De forma directa o por conducto de un apoderado legal.
ACREDITACIÓN LA PERSONALIDAD, TRATÁNDOSE DE UN APODERADO
I. APODERADO DE PERSONA FÍSICA: Mediante poder notarial o o carta poder firmada por el otorgante y ante 2 testigos
II. ABOGADOS PATRONOS O ASESORES LEGALES, SEAN O NO APODERADOS: acreditar se abogados o lic. en derecho con cedula profesional o carta pasante vigente. Se podrá autorizar a otras personas para oír y recibir notificaciones pero no podrán comparecer en la audiencia ni efectuar promoción alguna.
III. APODERADO DE PERSONA MORAL: Mediante testimonio notarial o carta poder otorgada ante 2 testigos; anexar contrato y acta constitutiva. Y en caso de los sindicatos, anexar constancia de registro.
IV. REPRESENTANTE DE SINDICATO: mediante la certificación que le extienda la autoridad registradora correspondiente. Abogado, lic. en derecho o pasante. Anexar constancia de registro.
FACULTADES DEL PODER OTORGADO POR EL TRABAJADOR: Demandar todas las prestaciones principales y accesorias que correspondan.
COMPETENCIAS DE LAS JUNTAS
JUNTAS LOCALES DE CONCILIACIÓN Y DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS: Conocer de los conflictos que se susciten dentro de su jurisdicción, que no sean de la competencia de las juntas federales.
JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACIÓN Y CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE: Conocerán de los conflictos cuando se trate de las ramas industriales, empresas o materias contenidas en el art. 123 constitucional y art 527 de la ley federal del trabajo.
A. RAMAS INDUSTRIALES Y DE SERVICIOS:
1. Textil
2. Eléctrica
3. Cinematografía
4. Azucarera
5. Minera
6. Productora de alimentos, abarcando la fabricación, empacados, enlatados o envasados.
7. Ferrocarrilera
8. Petroquímica
9. Tabacalera
10. Servicios de banca y crédito
B. EMPRESAS
1. Administradas en forma directa o descentralizada por el gob federal; IMSS, ISSSTE, PEMEX, INFONATIV
2. Las que actúen en virtud de un contrato o concesión federal y las industrias que les sean conexas.
3. Las que ejecutan trabajos en zonas federales o que se encuentren bajo jurisdicción federal en las aguas territoriales o en las comprendidas en la zona económica exclusiva de la nación
FORMAS DE DETERMINAR LA COMPETENCIA DE LAS JUNTAS; POR RAZÓN DEL TERRITORIO
I. CONFLICTOS INDIVIDUALES, el actor puede escoger entre:
a) La junta del lugar de celebración del contrato
b) La junta del domicilio del demandado
c) La junta de lugar de prestación de servicios; si se prestaron en varios lugares, será la junta del último lugar de ellos
II. CONFLICTOS COLECTIVOS DE JURISDICCIÓN FEDERAL: La junta federal de conciliación y arbitraje; en conflictos colectivos de jurisdicción local. La del lugar en que este ubicada la empresa.
III. CANCELACIÓN DEL REGISTRO DE UN SINDICATO: La junta del lugar donde se hizo
IV. CONFLICTOS ENTRE PATRONES O TRABAJADORES ENTRE SÍ: la junta del domicilio del demandado
V. CUANDO EL DEMANDADO SEA UN SINDICATO: a junta del domicilio del mismo
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