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Derecho Romano


Enviado por   •  12 de Febrero de 2015  •  1.041 Palabras (5 Páginas)  •  353 Visitas

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Derecho Penal Romano.

La esencia del Derecho Procesal Romano, está contenido en la idea de Actio. Actio puede ser entendido como "Acción", y tiene en Roma el mismo significado que tiene en nuestro derecho actual. Pero en la antigua Roma es más fuerte. En el Derecho Porcesal Romano, será la tarea del Pretor, magistrado encargado de administrar justicia, el conocer el Derecho y decidir si determinada acción judicial que se intenta por un ciudadano, es procedente en virtud de ser perseguido un derecho del Ius Quirintium. De todos modos, el Pretor no se limitará a decir (Iurisdictio) el derecho estricto, sino que aportará su propia inteligencia para resolver situaciones de inequidad, y defender situaciones que considera necesarias, tanto utilizando su imperium para decretar Interdictos, como aceptando Excepciones (exceptios) y otras medidas.

El Derecho Romano y el Derecho Penal y Procesal Penal.

El derecho penal Roma antigua: la Monarquía.

En sus orígenes el derecho penal romano presenta las características propias de las formas penales primitivas. Así se puede observar nítidamente un marcado tilde teológico o religioso, con la presencia de las prohibiciones y expiaciones típicas del tabú, lo que implicaba darle un perfil sacro a la pena.

Este período va a tener un elemento singular: la autoridad del pater familiae, cuyo poder podía en casos extremos llegar hasta el “ius vitae ac necis” es decir a decidir sobre la vida de los sujetos bajo su potestad. Se va a notar en esta época primitiva, que podríamos ubicarla en el período de los “Reyes” (753-509 a J.C.), la influencia de la ley del Talión en toda su magnitud. Esta aceptación de la “retribución” da al instinto de venganza una medida y un fin, abriéndose el período de la pena tasada, haciendo esta especial expresión convivir la jurisdicción familiar con la jurisdicción del Rey.

La naturaleza pública del derecho penal en Roma:

Desde lo prístino, derecho penal romano abrigaba la idea de ser un derecho público. Si bien siempre existió la diferencia entre “crimina pública” y “delicia privata”, la cuestión se mostraba de naturaleza jurisdiccional más que sustancial. En el caso de la “iudicium publicum” el hecho vulneraba a la propia comunidad, entonces podía ser ejercida por cualquier ciudadano o por el magistrado correspondiente, dando en este caso lugar a este instituto. La “iudicium privatum” se trataba de una acción que pertenecía exclusivamente a la víctima del delito y se originaba ante la lesión del sólo interés particular.

Los tiempos de la República:

Si bien el poder del “Rey” y del “pater” era suficientemente fuerte, distaba de ser arbitrario. En este sentido existían pautas más que razonables a las cuales se adecuarían las conductas de quienes debían decidir sobre personas. En aquellos tiempos era comprensible que imperara el sistema inquisitivo, lo que –de suyoimplicaba un marcado poder de decidir por parte de quien tenía que juzgar. Sin

embargo se pudo advertir algún tipo de “control” recursivo como lo fue la “provocatio ad populum” donde una sentencia a muerte dada por un magistrado podía quedar sometida al juicio del pueblo. Este “perdón”, para decirlo de manera pedagógica, encuentra un parcial referente moderno en el indulto. Es justo

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