Derechos Humanos
Dolce512 de Abril de 2013
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UNIDAD 8
BREVES CASOS DE VULNERACION DE LOS DERECHOS HUMANOS
Temario.
8.1 Aborto
8.2 Clonación
8.3 Derechos de los Adultos Mayores
8.4 Derechos de los Migrantes
8.5 Derechos de los Niños y Niñas
8.6 Derechos de los Pueblos Indígenas
8.7 Derechos de las Personas con Capacidades Diferentes
8.8 Derechos de Acceso a la Información
8.9 Discriminación
8.10 Eutanasia
8.11 Homofobia
8.12 Maternidad Subrogada
8.13 Pena de Muerte
8.14 Tortura
8.15 Transporte de órganos
8.16 Trata de Personas
8.17 Violencia Hacia las Mujeres
Actividades de aprendizaje
1. Completa los sig. Cuadros en donde identifiques los problemas que se plantean para el Derecho en cada situación y sus causas, además realiza una propuesta de solución. Para completar el cuadro debes realizar una investigación científico-jurídica que te permita conocer el tema para el diseño de la propuesta de solución. Al final de cada cuadro encontraras las sugerencias de fuentes a las que puedes recurrir, además de ella puedes hacer uso de otras fuentes las cuales deberán cumplir requisitos de formalidad y cientificidad.
• Aborto
• Clonación
• Discriminación
• Eutanasia
• Maternidad subrogada
2. Completa los sig. Diagramas de árbol y círculos de conceptos, en donde se reflejen los derechos de cada grupo de personas. Recurre a las fuentes que, debajo de cada grafico se sugieren.
-Personas adultas mayores.
Artículo 5o. De manera enunciativa y no limitativa, esta Ley tiene por objeto garantizar a las personas
I. De la integridad, dignidad y preferencia:
a. A una vida con calidad. Es obligación de las Instituciones Públicas, de la comunidad, de la
familia y la sociedad, garantizarles el acceso a los programas que tengan por objeto
posibilitar el ejercicio de este derecho.
b. Al disfrute pleno, de las leyes
c. A una vida libre sin violencia.
d. Al respeto a su integridad física, psicoemocional y sexual.
e. A la protección contra toda forma de explotación.
f. A recibir protección por parte de la comunidad, la familia y la sociedad, así como de las
instituciones federales, estatales y municipales.
g. A vivir en entornos seguros dignos y decorosos, que cumplan con sus necesidades y
requerimientos
II. De la certeza jurídica:
a. Trato digno y apropiado en cualquier procedimiento judicial
(agraviados, indiciados o sentenciados.)
b. Apoyo de las instituciones federales, estatales y municipales
c. A recibir asesoría jurídica
contar con un representante legal
d. En los procedimientos que señala el párrafo anterior, se deberá tener atención preferente
en la protección de su patrimonio personal y familiar y cuando sea el caso, testar sin
presiones ni violencia.
III. De la salud, la alimentación y la familia
a. A tener acceso a los satisfactores necesarios, considerando alimentos, bienes, servicios y
condiciones humanas o materiales para su atención integral.
b. A tener acceso preferente a los servicios de salud,
c. A recibir orientación y capacitación en materia de salud, nutrición e higiene
Las familias tendrán derecho a recibir el apoyo subsidiario de las instituciones públicas para el
cuidado y atención de las personas adultas mayores.
IV. De la educación:
a. Derecho a la educación
b. Las instituciones educativas, públicas y privadas, deberán incluirlos en sus planes y
programas los libros de texto gratuitos y todo material educativo autorizado y supervisado por la Secretaría de Educación Pública, incorporarán información actualizada sobre el tema del
envejecimiento y las personas adultas mayores.
Inciso reformado DOF 26-01-2005
V. Del trabajo:
A gozar de igualdad de oportunidades en el acceso al trabajo o de otras opciones que les
permitan un ingreso propio y desempeñarse en forma productiva tanto tiempo como lo deseen,
así como a recibir protección de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y de otros
ordenamientos de carácter laboral.
VI. De la asistencia social:
a. A ser sujetos de programas de asistencia social en caso de desempleo, discapacidad o
pérdida de sus medios de subsistencia.
b. A ser sujetos de programas para contar con una vivienda digna y adaptada a sus necesidades.
c. A ser sujetos de programas para tener acceso a una casa hogar o albergue, u otras
alternativas de atención integral, si se encuentran en situación de riesgo o desamparo.
VII. De la participación:
a. A participar en la planeación integral del desarrollo social,(si afectan su barrio, calle, colonia,
delegación o municipio.)
b. De asociarse y conformar organizaciones de personas adultas mayores para promover su
desarrollo e incidir en las acciones dirigidas a este sector.
c. A participar en los procesos productivos, de educación y capacitación de su comunidad.
d. A participar en la vida cultural, deportiva y recreativa de su comunidad.
e. A formar parte de los diversos órganos de representación y consulta ciudadana.
VIII. De la denuncia popular:
Toda persona, grupo social, organizaciones no gubernamentales, asociaciones o sociedades,
podrán denunciar ante los órganos competentes, todo hecho, acto u omisión que produzca o
pueda producir daño o afectación a los derechos y garantías que establece la presente Ley, o que
contravenga cualquier otra de sus disposiciones o de los demás ordenamientos que regulen
materias relacionadas con las personas adultas mayores.
IX. Del acceso a los Servicios:
a. A tener una atención preferente en los establecimientos públicos y privados que prestan
servicios al público.
b. Los servicios y establecimientos de uso público deberán implementar medidas para
facilitar el uso y/o acceso adecuado.
c. A contar con asientos preferentes en los establecimientos que prestan servicios al público
y en los servicios de autotransporte de pasajeros.
NIÑOS Y NIÑAS
Capítulo Primero
Del Derecho de Prioridad
Artículo 14. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a que se les asegure prioridad en el ejercicio de todos sus derechos, especialmente a
A. Protección y socorro en cualquier circunstancia y con la oportunidad necesaria.
B. Atencion antes que a los adultos en todos los servicios,
C. Se considere el diseñar y ejecutar las políticas públicas necesarias para la protección de sus
derechos.
D. Asignacion de mayores recursos a las instituciones encargadas de proteger sus derechos.
Capítulo Segundo
Del Derecho a la vida
Artículo 15. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la vida.
Capítulo Tercero
Del Derecho a la no Discriminación
Artículo 16. Niñas, niños y adolescentes tienen reconocidos sus derechos y no deberá hacerse ningún tipo de discriminación as.
Artículo 17. Las medidas que se tomen y las normas que se dicten para proteger a niñas, niños y
adolescentes, que se encuentren en circunstancias especialmente difíciles por estar carentes o privados de sus derechos y para procurarles el ejercicio igualitario de éstos, no deberán implicar discriminación para los demás infantes y adolescentes, ni restringirles dicho goce igualitario. Las medidas especiales tomadas en favor de aquéllos pero en respeto de éstos, no deberán entenderse como discriminatorias.
Artículo 18. Es deber de las autoridades, ascendientes, tutores y de miembros de la sociedad,
promover e impulsar un desarrollo igualitario entre niñas, niños y adolescentes, debiendo combatir o erradicar desde la más tierna edad las costumbres y prejuicios alentadores de una pretendida
superioridad de un sexo sobre otro.
Capítulo Cuarto
De los Derechos a Vivir en Condiciones de Bienestar y a un Sano Desarrollo Psicofísico
Artículo 19. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a vivir en condiciones que permitan su
crecimiento sano y armonioso, tanto físico como mental, material, espiritual, moral y social.
Artículo 20. Las madres tienen derecho, mientras están embarazadas o lactando, a recibir la atención médica y nutricional necesaria, de conformidad con el derecho a la salud integral de la mujer.
Capítulo Quinto
Del Derecho a ser Protegido en su integridad, en su libertad, y contra el maltrato y el abuso sexual
Artículo 21. Niñas, niños y adolescentes tienen el derecho a ser protegidos contra actos u omisiones que puedan afectar su salud física o mental, su normal desarrollo o su derecho a la educación en los términos establecidos en el artículo 3o. constitucional. Las normas establecerán las formas de prever y evitar estas conductas. Enunciativamente, se les protegerá cuando se vean afectados por:
A. El descuido, la negligencia, el abandono, el abuso emocional, físico y sexual.
B. La explotación, el uso de drogas y enervantes, el secuestro y la trata.
C. Conflictos armados, desastres naturales, situaciones de refugio o desplazamiento, y acciones de reclutamiento
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