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Derechos Laborales


Enviado por   •  10 de Marzo de 2015  •  449 Palabras (2 Páginas)  •  153 Visitas

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CAPITULO V DERECHOS LABORALES

Arto. 80.- El trabajo es un derecho y una responsabilidad social.

El trabajo de los nicaragüenses es el medio fundamental para satisfacer las necesidades de

la sociedad, de las personas y es fuente de riqueza y prosperidad de la nación. El Estado

procurará la ocupación plena y productiva de todos los nicaragüenses, en condiciones que

garanticen los derechos fundamentales de la persona.

Arto. 81.- Los trabajadores tienen derecho de participar en la gestión de las empresas, por

medio de sus organizaciones y de conformidad con la ley.

Arto. 82.- Los trabajadores tienen derecho a condiciones de trabajo que les aseguren en

especial:

1. Salario igual por trabajo igual en idénticas condiciones, adecuado a su responsabilidad

social, sin discriminaciones por razones políticas, religiosas, raciales, de sexo o de

cualquier otra clase, que les asegure un bienestar compatible con la dignidad humana.

2. Ser remunerado en moneda de curso legal en su centro de trabajo.

3. La inembargabilidad del salario mínimo y las prestaciones sociales, excepto para

protección de su familia y en los términos que establezca la ley.

4. Condiciones de trabajo que les garanticen la integridad física, la salud, la higiene y la

disminución de los riesgos profesionales para hacer efectiva la seguridad ocupacional

del trabajador.

5. Jornada laboral de ocho horas, descanso semanal, vacaciones, remuneración por los

días feriados nacionales y salario por décimo tercer mes, de conformidad con la ley.

6. Estabilidad en el trabajo conforme a la ley e igual oportunidad de ser promovido, sin

más limitaciones que los factores de tiempo, servicio, capacidad, eficiencia y

responsabilidad.

7. Seguridad social para protección integral y medios de subsistencia en casos de

invalidez, vejez, riesgos profesionales, enfermedad y maternidad; y a sus familiares en

casos de muerte, en la forma y condiciones que determine la ley.

Arto. 83.- Se reconoce

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