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Diferencias entre las normas Resolución 1016 del 1989 Proyecto de actualización de la Resolución 1016 de 1989 OHSAS 18001:2007 GTC 34


Enviado por   •  2 de Mayo de 2015  •  Informes  •  1.491 Palabras (6 Páginas)  •  152 Visitas

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DIFERENCIAS ENTRE LAS NORMAS

Resolución 1016 del 1989 Proyecto de actualización de la Resolución 1016 de 1989 OHSAS 18001:2007 GTC 34

Artículo 5.

El programa de Salud Ocupacional de las empresas y lugares de trabajo, será de funcionamiento permanente y estará constituido por:

a) Subprograma de Medicina Preventiva

b) Subprograma de Medicina del Trabajo

c) Subprograma de Higiene y Seguridad Industrial

d) Funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de acuerdo con la reglamentación vigente. No se evidencia ninguna comparación. 4.3.3 Objetivos y programa(s)

“La organización debe establecer, implementar y mantener documentados los objetivos de S y

SO en las funciones y niveles pertinentes dentro de la organización.”…

“La organización debe establecer, implementar y mantener un(os) programa(s) para lograr sus objetivos. El(los) programa(s) debe(n) incluir, como mínimo:

a) la asignación de responsabilidades y autoridad para lograr los objetivos en las funciones y niveles pertinentes de la organización, y

b) los medios y los plazos establecidos para el logro de los objetivos.

El(los) programa(s) se debe(n) revisar a intervalos regulares y planificados, y se debe(n) ajustar si es necesario, para asegurar que los objetivos se logren.” 3.2.1.1 Estructura organizacional

… “d)Organización de la salud ocupacional

- Estructura orgánica de la salud ocupacional: ubicación dentro del

Organigrama general de la empresa de la unidad de Salud Ocupacional, garantizando acceso directo al nivel decisorio.”

Artículo 6.

Los programas de Medicina Preventiva, del Trabajo, de Higiene y seguridad Industrial de las empresas y lugares de trabajo, contarán con los servicios de personal que garanticen la eficiencia del Programa de Salud Ocupacional. Capítulo III: Organización

Artículo 6. Responsabilidades de los Empleadores

j) Dirección de la SST en las Empresas: Debe garantizar la disponibilidad de personal competente de acuerdo con lo que establezcan los estándares mínimos del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Profesionales, para:

• Liderar con autoridad y controlar el desarrollo del SG-SST;

• Garantizar la supervisión de la SST, con cobertura en todos los centros y jornadas de trabajo y

• Informar a la alta dirección, sobre los resultados obtenidos y la necesidad de ajustes para mejorar el desempeño de la SST en la empresa; 4.4.2 Competencia, formación y toma de conciencia

“La organización debe asegurar que cualquier persona que esté bajo su control ejecutando tareas que pueden tener impacto sobre la S y SO, sea competente con base en su educación, formación o experiencia, y debe conservar los registros asociados.” 3.2.1.1Estructura organizacional

… “d) Organización de la salud ocupacional

- Estructura orgánica de la salud ocupacional: ubicación dentro del

Organigrama general de la empresa de la unidad de Salud Ocupacional, garantizando acceso directo al nivel decisorio.”

No se evidencia ninguna comparación. k) Integración: El empleador debe asegurar que el SG-SST, se integre al conjunto de sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones en la empresa. PRÓLOGO

“OHSAS 18001 ha sido desarrollada de manera que sea compatible con la norma ISO 9001:2000 (calidad) e ISO 14001:2004 (ambiental), con el fin de facilitar la integración voluntaria de los sistemas de gestión de calidad, ambiente, seguridad y salud ocupacional por parte de las organizaciones.”

No se evidencia ninguna comparación.

Artículo 3.

La elaboración y ejecución de los programas de Salud Ocupacional para las empresas y lugares de trabajo, podrán ser realizados de acuerdo con las siguientes alternativas :

a) Exclusivos y propios para la empresa.

b) En conjunto con otras empresas.

c) Contratados con una entidad que preste tales servicios, reconocida por el Ministerio de Salud para dichos fines.

Parágrafo. Cuando el programa se desarrolle de conformidad a la modalidad prevista en el literal b), se entiende que cada empresa inespecífico, pero podrá compartir, en conjunto, los recursos necesarios para su desarrollo. Artículo 3. “Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)

El Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, tiene como propósito la estructuración de la acción conjunta entre el empleador y los trabajadores, en la aplicación de las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) a través del mejoramiento continuo de las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. 4.1 REQUISITOS GENERALES

La organización debe establecer, documentar, implementar, mantener y mejorar en forma continua un sistema de gestión de S y SO de acuerdo con los requisitos de esta norma OHSAS, y debe determinar cómo cumplirá estos requisitos.

La organización debe definir y documentar el alcance de su sistema de gestión de S y SO. No se evidencia ninguna comparación.

Artículo 10. Los subprogramas de medicina Preventiva y de trabajo tienen como finalidad principal la promoción,

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