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Documentos Para Elaborar Una Sucecion

angiemard4 de Julio de 2013

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PODER OTORGADO POR

EL HIJO DEL CAUSANTE

.

Bogotá D.C., 29 de abril de 2011

Señor:

JUEZ DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. (Reparto)

Bogotá

E. S. D.

REF.: PODER AMPLIO Y SUFICIENTE

VÍCTOR HUGO RIVERA TORRES, mayor de edad, vecino y domiciliado en la ciudad de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.022.334.486 de Bogotá D.C., al señor Juez, por medio del presente, escrito le manifiesto que confiero Poder Especial, Amplio y Suficiente al Doctor JOSE GUSTAVO TAMAYO CARDONA, mayor de edad, vecino de esta ciudad, abogado en ejercicio, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.842.744 de Anzoátegui (Tolima), y portador de la Tarjeta Profesional No. 217.659 del C. S de la J., para que en mi nombre y representación en calidad de hijo inicie y lleve hasta su culminación el Tramite Sucesoral de los bienes pertenecientes a HUGO RIVERA SUAREZ, (q.e.p.d.), fallecido el día 20 del mes de abril del año 2011, y quien tuviera en esta ciudad de Bogotá D.C., su último domicilio y asiento de sus negocios.

Mi apoderado queda y está facultado para notificarse, conciliar, recibir, tramitar, transigir, desistir, sustituir, presentar los inventarios y avalúos, realizar la partición y firmar la correspondiente escritura, además de todas las facultades que otorga la Ley de acuerdo a lo contemplado en el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil, articulo 74 del Código General del Proceso y demás normas concordantes

Señor Juez, sírvase, aceptar el presente Poder.

(PRESENTADO PERSONALMENTE)

VÍCTOR HUGO RIVERA TORRES

C.C. 1.022.334.486 de Bogotá D.C.,

Acepto,

JOSE GUSTAVO TAMAYO CARDONA

C.C. No. 5.842.744 de Anzoátegui (Tolima)

T.P. No 217.659 del Consejo Superior de la Judicatura

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO QUINCE DE FAMILIA

BOGOTÁ D.C.

PRESENTACIÓN PERSONAL

Fecha: __ 29 ABR 2011___

Compareció ante el secretario del despacho VICTOR HUGO RIVERA TORRES quien presenta la C.C. 1022334486 de Bogotá D.C. y manifestó que la(s) firma(s) que antecede(n) fue(ron) puesta(s) de su puño y letra, y es la misma que acostumbra en todos sus actos público y privados.

El compareciente Huella

REPÚBLICA DE COLOMBIA

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO

JUZGADO QUINCE DE FAMILIA

BOGOTÁ D.C.

PRESENTACIÓN PERSONAL

Fecha: __ 29 ABR 2011___

Compareció ante el secretario del despacho JOSE GUSTAVO TAMAYO CARDONA quien presenta la C.C. 5842744 de Bogotá D.C.y T.P. 21765987 del _CSJ_ y manifestó que la(s) firma(s) que antecede(n) fue(ron) puesta(s) de su puño y letra, y es la misma que acostumbra en todos sus actos público y privados.

El compareciente Huella

DEMANDA DE SUCECIÓN

TAMAYO CARDONA ABOGADOS SAS

Bogotá D.C., 29 de abril de 2011

Señor:

JUEZ DE FAMILIA DE BOGOTÁ D.C. (Reparto)

Bogotá

E. S. D.

Ref.: SUCESIÓN DE HUGO RIVERA SUAREZ

JOSE GUSTAVO TAMAYO CARDONA mayor de edad, vecino de esta ciudad, abogado en ejercicio, identificado con la cédula de ciudadanía No. 5.842.744 de Anzoátegui (TOL), y portador de la Tarjeta Profesional No. 217.659 del Consejo Superior de la Judicatura, en ejercicio del poder conferido por el señor VÍCTOR HUGO RIVERA TORRES, mayor de edad, vecino y domiciliado en la ciudad de Bogotá, identificado con la cédula de ciudadanía número 1.022.334.486 de Bogotá D.C., quien obra en su propio nombre en calidad de hijo del causante, con el debido respeto manifiesto a usted que presento demanda de APERTURA DE SUCESIÓN INTESTADA del señor HUGO RIVERA SUAREZ, (q.e.p.d.), fallecido el día 20 del mes de abril del año 2011, y quien tuviera en esta ciudad de Bogotá D.C., su último domicilio y asiento de sus negocios.

PRETENSIONES:

PRIMERA: Que se declare abierto y radicado el proceso de sucesión intestada del causante HUGO RIVERA SUAREZ quien falleció el día 20 del mes de abril del año 2011, y quien tuviera en esta ciudad de Bogotá D.C., su último domicilio y asiento de sus negocios.

SEGUNDA: Reconocer al señor VÍCTOR HUGO RIVERA TORRES, en su calidad de hijo y quien acepta la herencia con beneficio de inventario.

TERCERA: Decretar la elaboración de los inventarios y avalúos de los bienes del causante.

CUARTA: Ordenar el emplazamiento de todas las personas que se crean con derecho a intervenir en esta causa Sucesoral de conformidad con lo establecido en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil y 490 del Código General del Proceso.

QUINTA: Reconocerme personería como mandatario del hijo VÍCTOR HUGO RIVERA TORRES, para actuar en el presente proceso.

Carrera 10 No.16-39 Of. 1616 PBX: 3445678 Celular: 313 2565896

Correo Electrónico: gustama@tamayocardonaabogados.com

TAMAYO CARDONA ABOGADOS SAS

HECHOS:

1. El señor HUGO RIVERA SUAREZ, falleció el día 20 del mes de abril del año 2011 en la ciudad de Bogotá D.C., lugar donde tuvo su último domicilio y asiento de sus negocios.

2. El causante convivió con la señora MARIA EUGENIA TORRES GARCIA, de cuya unión nació el señor VÍCTOR HUGO RIVERA TORRES, quien es mayor de edad y plenamente capaz.

3. Los bienes que integran la masa sucesoral, fueron adquiridos por el causante siendo soltero y por herencia, por lo tanto se trata de bienes propios.

4. El causante HUGO RIVERA SUAREZ, no había otorgado testamento, razón por la cual el proceso de sucesión y reparto de bienes seguirá las reglas de sucesión intestada.

5. Los bienes sucesorales de que conoce su existencia mi mandatante, se encuentran ubicados en la ciudad de Bogotá D.C., y en el municipio de Cabrera (Cundinamarca).

DERECHO:

Fundamento mi demanda en los artículos 1008, 1009, 1016, 1037, 1226, 1230 a 1264, 1279 a 1296, 1781 a 1804 del Código Civil; 14 a 16, 23, 75, 77, 85, 88, 89, 571 a 624, 681, 683 a 689, 691 y concordantes del Código de Procedimiento Civil; 17 a 22, 28, 82, 84, 90, 92, 93, 473 a 522 del Código General del Proceso y demás normas concordantes y pertinentes.

RELACIÓN DE BIENES:

Para dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 587 del Código de Procedimiento Civil y 488 del Código General del Proceso, me permito efectuar a continuación la relación de bienes que integra la masa sucesoral:

ACTIVO:

PARTIDA PRIMERA: Un apartamento marcado con el número 402 del edificio Galaxia , ubicado en la carrera 73H C No.62A - 28 Sur de la actual nomenclatura urbana de la Ciudad de Bogotá, con Folio de Matricula Inmobiliaria No. 50S-40155507 de la Oficina de Registro de Instrumento Públicos de Bogotá - Zona Sur.

Carrera 10 No.16-39 Of. 1616 PBX: 3445678 Celular: 313 2565896

Correo Electrónico: gustama@tamayocardonaabogados.com

TAMAYO CARDONA ABOGADOS SAS

TRADICIÓN: El anterior inmueble fue adquirido por el causante HUGO RIVERA SUAREZ, el cincuenta por ciento (50%) por compra mediante escritura pública 8164 del 30 de noviembre de 1994, otorgada en la Notaria 37 de Bogotá, por compra efectuada a Construcciones Yaya Ltda. El otro cincuenta por ciento (50%), mediante adjudicación en sucesión del señor ISRAEL RIVERA SUAREZ, mediante escritura pública No. 14173 del 28 de diciembre de 2005, otorgada en la Notaria 19 de Bogotá.

VALOR DE LA PRIMERA PARTIDA: $ 84.880.000

PARTIDA SEGUNDA: El doce punto cinco por ciento (12.5%) equivale a una octava (1/8) parte sobre un lote de terreno denominado “Campo Hermoso”, ubicado en la vereda Piñuela del municipio de Cabrera (Cundinamarca).

El anterior inmueble registra el folio de matricula inmobiliaria No. 157-95149 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Fusagasugá (Cundinamarca).

TRADICIÓN: El anterior derecho de cuota sobre el inmueble, fue adquirido por el causante HUGO RIVERA SUAREZ, por la adjudicación dentro de la sucesión de MARIA OLIVA SUAREZ DE RIVERA, según escritura pública No.1544 del 23 de febrero de 2004. Otorgada en la Notaría 19 de Bogotá.

VALOR DE LA SEGUNDA PARTIDA: $ 18.200.000

PARTIDA TERCERA: El veinticinco por ciento (25%), equivalente a una cuarta (1/4) parte sobre un lote de terreno

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