ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EJECUCION DEL ACTO ADMINISTRATIVO

LEUS22 de Marzo de 2012

4.189 Palabras (17 Páginas)1.233 Visitas

Página 1 de 17

INTRODUCCIÓN.

El presente trabajo tiene como finalidad brindar una breve semblanza que nos permita comprender que a través de la ejecución del acto administrativo, se puede lograr el fin que persigue o se propone alcanzar la Administración Pública, ya que su realización es una consecuencia buscada y procurada por la propia Administración para el cumplimiento de la actividad que tiene encomendada.

Consideré importante comenzar desde la Actividad del Estado, ya que es el ente con las atribuciones requeridas para satisfacer el interés general, a continuación se desarrolla el concepto de función administrativa, dado que es mediante esta función que se puede dar cumplimiento al mandato legal, posteriormente era imprescindible mencionar el acto administrativo para comprender el elemento empleado por la administración pública para realizar sus funciones; aunado a estas conceptos, consideré importante mencionar la normatividad que da validez a la ejecución de los actos administrativos.

LA ACTIVIDAD DEL ESTADO.

Podemos definir al Estado como una corporación o ente constituido por un pueblo, dotada de un poder de mando originario y sentada en un territorio definido. Es un ente que tiene determinados fines, que en términos generales con la concreción de los fines del propio ser humano, pero ante la variedad de los fines del ser humano, éstos pueden integrarse en algunos que pueden considerarse superiores y últimos.

Los medios que permiten alcanzar estos fines son variados, pero pueden resumirse en un solo fin: el denominado bien común, que referido a toda la población, puede denominarse bien público.

Este bien público, es el fin propio e irremplazable del Estado y es en función de este bien público que el Estado justifica su actividad, se determinan sus atribuciones, la competencia material de sus diferentes órganos y en función de esa competencia se crearán esos órganos.

Para la realización del presente trabajo resulta indispensable revisar en que consiste la actividad del Estado, de que maneras realizada dicha actividad, entre ellas la que constituye la función administrativa.

Gabino Fraga, ha definido la actividad del Estado como:

… El conjunto de actos materiales y jurídicos, operaciones y tareas que realizada en virtud de las atribuciones que la legislación positiva le otorga. El otorgamiento de dichas atribuciones obedece a la necesidad de crear jurídicamente los medios adecuados para alcanzar tales fines.

De esta manera, la actividad estatal puede definirse como el cometido del Estado, es decir, el total de operaciones y tareas que el ente estatal debe desarrollar, para el cumplimiento de sus fines, dichas operaciones y tareas se clasifican en varios tipos, por lo que la actividad estatal se divide en tres grandes categorías: Legislación, Jurisdicción y Administración. Por el cometido del presente trabajo solo no enfocaremos a la Función Administrativa.

FUNCIÓN ADMINISTRATIVA.

Esta función se manifiesta en el cumplimiento del mandato legal, con el fin de que Estado realice sus fines, ya sea en materia policía, fomento o servicio, lo cual produce situaciones jurídicas individuales.

La idea de administrar, en lo que se traduce la función administrativa, puede definirse como el manejo de elementos en la ejecución de propósitos determinados, utilizados para la consecución de fines.

Gabino Fraga, en su obra de Derecho Administrativo define la función administrativa, de la siguiente forma:

… es la que el Estado realiza bajo el orden jurídico y que consiste en la ejecución de actos materiales o de actos que determinan situaciones jurídicas para casos individuales.

Podemos resumir este concepto de la siguiente forma:

“La función administrativa será toda la actuación que realice el Poder Ejecutivo”.

EL ACTO ADMINISTRATIVO.

La administración pública realiza sus funciones a través de los llamados actos administrativos, de los que podemos citar algunos conceptos:

Miguel Acosta Romero, los define como:

…La manifestación unilateral y externa de la voluntad que expresa una resolución o decisión de una autoridad administrativa competente en ejercicio de la potestad pública. Esta decisión crea, reconoce, modifica, transmite y declara o extingue derechos y obligaciones, es generalmente ejecutivo y se propone satisfacer el interés general.

Al respecto, Rafael I. Martínez Morales propone que son características del acto administrativo, las siguientes:

a) Es un acto jurídico;

b) Es de derecho público.

c) Lo emite la administración pública, o algún otro órgano estatal en el ejercicio de la función administrativa, y

d) Persigue, de manera directa o indirecta, mediata o inmediata, el interés público.

Es conveniente señalar que no toda la actuación de la administración se expresa a través de actos administrativos, ya que en ocasiones realiza actos que no reúnen las características de éstos, por lo que se puede hace una diferenciación de actos administrativos y actos de administración.

Es importante señalar que la Ley Federal de Procedimiento administrativo, no define lo que debe entenderse por acto administrativo, sin embargo, de los previsto por el artículo 49 de dicho ordenamiento se desprende que el acto administrativo no solo es aquella declaración de la voluntad concreta del órgano administrativo, sino que también incluye a los actos con efecto generales, tales como decretos, acuerdos, circulares y cualesquiera otros de la misma naturaleza, que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación para que produzcan sus efectos jurídicos, y los de carácter individual deberán publicarse en dicho órgano informativo cuando así lo establezcan las leyes.

Concluimos este tema con la siguiente definición al respecto:

Es un acto unilateral de voluntad, conocimiento o juicio, de un órgano administrativo, realizada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos, concretos en forma directa

NORMATIVIDAD QUE BRINDA EL MARCO LEGAL A LA EJECUCIÓN DEL ACTO.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Capítulo III

Del Poder Ejecutivo

Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes:

I. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

TITULO PRIMERO

DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN Y PRINCIPIOS GENERALES

CAPITULO ÚNICO

Artículo 1.- Las disposiciones de esta ley son de orden e interés públicos, y se aplicarán a los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal centralizada, sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte.

El presente ordenamiento también se aplicará a los organismos descentralizados de la administración pública federal paraestatal respecto a sus actos de autoridad, a los servicios que el estado preste de manera exclusiva, y a los contratos que los particulares sólo puedan celebrar con el mismo.

Artículo 49.- Los actos necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los hechos en virtud de los cuales deba pronunciarse resolución, se realizarán de oficio por el órgano que tramite el procedimiento.

CONCEPTOS SOBRE LA EJECUCIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO.

Consideró importante antes de iniciar del desarrollo de la ejecución del acto administrativo, conocer los diferentes conceptos que sobre el tema se han emitido:

Luis H. Delgadillo Gutiérrez, lo define como:

… consiste en que el acto administrativo perfecto produce todos sus efectos jurídicos y, por lo tanto, debe ser cumplido aún en contra de la voluntad del destinatario; es decir, es decir es la cualidad de producir sus efectos sin necesidad de una autorización posterior.

Gabino Fraga:

Los actos de ejecución están constituidos por todos aquellos, unos de órden material y otros de orden jurídico, que tienden a hacer cumplir forzadamente resoluciones y decisiones administrativas, cuando el obligado no se allana voluntariamente a ello.

José Ma. Boquera Oliver en su obra Estudios sobre el Acto Administrativo, menciona que Ranelletti, en su Noción tradicional diciendo que:

…cuando se habla de la ejecutoriedad como característica especial de los actos administrativos, no se emplea esta palabra en el sentido de eficacia; La autoridad administrativa tiene el poder de exigir coactivamente el cumplimiento de sus resoluciones, si no las obedecen los obligados, sin intervención de los tribunales, en acción coercitiva directa sobre las personas o sobre los bienes; de allanar, pues, directamente, con el uso de la fuerza física, el obstáculo que se opone a la actuación de la propia voluntad. Esta posibilidad que tiene el acto administrativo de ser exigido coactivamente por la administración, con sus propios medios, sin necesidad de acudir a la autoridad judicial, constituye la ejecutoriedad.

El mismo autor en una concepción mas moderna, menciona a Vedel, con la siguiente definición:

…entre las prerrogativas de poder público de que dispone la Administración las mas característica es sin duda la facultad de tomar decisiones ejecutorias, es decir, hacer nacer unilateralmente obligaciones y eventualmente derechos, en provecho o en perjuicio de terceros sin el consentimiento de éstos.

Es

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (28 Kb)
Leer 16 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com