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EL SITEMA TRIBUTARIO Y LOS ENTES PUBLICOS


Enviado por   •  18 de Junio de 2014  •  877 Palabras (4 Páginas)  •  272 Visitas

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DEFINICIÓN DE ENTES PÚBLICOS

Los entes públicos, son entidades que se derivan del Poder Público, y existen en virtud de la organización de la Administración Pública en: centralizada, descentralizada o desconcentrada. Esto quiere decir, que la Administración Pública se organiza en diversos entes públicos, a los fines de llevar a cabo y lograr los objetivos y la consecución de los fines del Estado. El rol que éstos cumplen va destinado específicamente a delimitar y distribuir las tareas por Estados y Municipios; y hacer posible la fluidez, eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios a la comunidad venezolana. De allí, pues que en Venezuela existan cierta cantidad de entes públicos, los cuales son creados en cada región, con atribuciones independientes y de acuerdo a la necesidad y problemática que presente ese territorio. Además, es de acotar, que en virtud de que gozan de personalidad jurídica, existe una persona natural que es quien actúa en su carácter de representante y se encarga de actuar y gerenciar en pro del bienestar colectivo. En consecuencia, los entes públicos vienen a ser parte de la organización administrativa del Estado Venezolano.

De la administración pública:

Cuando decimos que la Administración Publica esta al servicio de los ciudadanos, hacemos énfasis en el hecho de que si actuación dará preferencia a los requerimientos de la población y la satisfacción de sus necesidades. El Artículo 141 dice que La Administración Pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas y se fundamenta en los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho.

Al respecto, la Administración Publica se desarrollara y organizara de manera que garantice que los particulares: a) Puedan resolver sus asuntos, ser auxiliados en la redacción formal de documentos administrativos, y recibir información de interés general por medios telefónicos, informáticos y telemáticos; b) Puedan presentar reclamaciones sin el carácter de recursos administrativos, sobre el funcionamiento de la Administración Publica.

Los institutos autónomos son personas jurídicas de Derecho Publico, creadas por la ley nacional o estadal dotadas de patrimonio propio e independiente de la Republica, de los Estados, de los Distritos Metropolitanos y de los Municipios; según sea el caso, con las competencias o actividades determinadas en la ley que los cree, el Artículo 142. Los institutos autónomos sólo podrán crearse por ley. Tales instituciones, así como los intereses públicos en corporaciones o entidades de cualquier naturaleza, estarán sujetos al control del Estado, en la forma que la ley establezca. La cual deberá contener:

1. El señalamiento preciso de su finalidad; competencias y actividades a su cargo

2. La descripción de la integración de su patrimonio y de sus fuentes ordinarias de ingresos

3. Su

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