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ESCRITO ANTE COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR PARA MEJOR RESOLVER


Enviado por   •  7 de Febrero de 2017  •  Tareas  •  1.063 Palabras (5 Páginas)  •  326 Visitas

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EXP. : Nº 875-2016/CC1 ESPECIALISTA:

SUM: PRESENTA ARGUMENTOS PARA MEJOR RESOLVER

SEÑORES DE LA COMISION DE PROTECCION AL CONSUMIDOR Nº 1 DEL INDECOPI.

ELIO NEX BULEJE AYERVE, identificado con DNI Nº 25860073, en los seguidos contra la CAJA MUNICIPAL DE CREDITO POPULAR LIMA S.A. (LA CAJA), a usted respetuosamente digo:

Que, para mejor resolver observo los descargos presentados por la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima S.A. (LA CAJA), por considerar que la mayoría son falsas o acomodadas a su interés, falseando la verdad, de acuerdo a los fundamentos que a continuación expongo:

I Con respecto a la infracción al literal b) del numeral 1.1 del Art. 1º y a los numerales 2.1 y 2.2 del art. De la ley 29571, sobre los repuestos no disponibles en el país. Si bien es cierto que la Caja Metropolitana es una entidad financiera, que su labor es el otorgamiento de créditos; se presenta a sus clientes como una sola entidad que provee los vehículos, a través de otras empresas, y se hace responsable de todo el servicio posterior, en cuanto al mantenimiento de vehículos a través de estas empresas.

Si la Caja Metropolitana realiza el préstamo, para un vehículo, y se hace responsable de toda la documentación pertinente a fin que el vehículo quede listo para trabajar, y tiene convenio con empresas en cuanto a la entrega y mantenimiento de vehículos, es lógico que también sea co-responsable de que estas empresas tengan todos los requisitos, implementos, repuestos a fin que mencionados vehículos estén operativos, como mínimo durante la vigencia del préstamo, a fin de asegurar el pago de sus cuotas mensuales.

Respecto a la carta de autorización de fecha 17 octubre 2012, es un formato, preparado por la caja, y que en el momento de firmar la documentación, la hacen firmar a cada cliente según la empresa proveedora, con lo cual sorprenden a los clientes, ya que manipulan sus expectativas, sorprendiéndolos, diciendo, solamente firme acá, para continuar con los trámites y listo, ni siquiera dejan firmar el contenido de los documentos firmados, ni explican la real magnitud y alcance de los mismos.

Con respecto a la cuenta bancaria abierta sin mi autorización, reitero, que la misma se realiza, sorprendiendo a los clientes, porque el contrato ya está preparado y cuando uno se acerca a la oficina solamente le dicen que firme el contrato y todo estará listo, no explican los alcances ni los procedimientos del mismo.

Con respecto a la firma del contrato en que no aparece ni la fecha ni la firma de algún representante de la misma, qué fácil y cómodo resulta para su representante y su defensor alegar la prescripción, con lo que no hacen sino reconocer su falta y por el simple transcurso del tiempo se escudan en ello para pedir prescripción. Resulta fácil alegar que el contrato sí contiene todas las firmas de los representantes de la Caja, cuando ellos, en su original posteriormente lo han firmado, enmendando la omisión, mucho después de realizada, pero en sus documentos, no en los del cliente, a quien deberían haber entregado el contrato con todas las firmas, con lo cual se comprueba la denuncia realizada.

Con respecto al punto IV, se dice que la caja no es responsable por un servicio que no

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