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ESTABILIDAD LABORAL


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  2.037 Palabras (9 Páginas)  •  221 Visitas

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INTRODUCCIÓN

La estabilidad consiste en el derecho que un trabajador tiene a conservar su puesto indefinidamente, de no incurrir en faltas previamente determinadas o de no acaecer en especialísimas circunstancias. También se define como Estabilidad Laboral el derecho del trabajador a conservar su puesto durante toda la vida laboral, no pudiendo ser declarado cesante antes que adquiera el derecho de su jubilación, a no ser por causa taxativamente determinada.

En nuestra disciplina, desde el punto de vista adjetivo, nos encontramos con distintos procedimientos; uno ordinario y varios especiales. Quizá el más importante de los especiales, no sólo por la materia que protege y por el número de trabajadores que se sienten amparados con él, sino por el fin que persigue, es la estabilidad, la estabilidad relativa, porque ésta se opone al abuso del patrono en el ejercicio arbitrario del derecho a despedir, a poner término a la relación de empleo.

Estas notas pretenden explicar el procedimiento de estabilidad consagrado en la Ley Orgánica del Trabajo, en el Capítulo VII del Título II, artículos del 112 al 126, de una manera tal que permita a todos seguir la sustanciación de un proceso de esta naturaleza.

Por lo que el sentido de la estabilidad es proteger al trabajador de los despidos arbitrarios. Es por ello que a través del régimen de estabilidad se pretende limitar la libertad incondicional del empleador evitando despidos arbitrarios que sumen en caos e inseguridad al trabajador, cuya única fuente de ingreso es su trabajo, conllevando la insatisfacción de necesidades y un estado de angustia de su familia. De allí que, dentro del contexto jurídico es importante recalcar el presente trabajo sobre "La Estabilidad Laboral", ya que para Venezuela es un medio eficaz, capaz de garantizar al trabajador, al empleador y a la sociedad.

Sin embargo, siempre habrá oportunidad para repasarlas, volver sobre ellas para afianzar los criterios, confirmándolos o modificándolos, porque el derecho tiene la evidente y positiva característica que se nutre, se mantiene, se sustenta, para al final fortalecerse, con las diversas opiniones que se expongan; el derecho laboral es dinámico, cambiante y progresista como ninguno, habida cuenta que su ámbito de aplicación y de efectividad es el trabajo mismo, que abarca, por así decirlo, a toda la colectividad, que regularmente es la trabajadora.

Es el fundamento esencial de la relación jurídica laboral que se deriva de un contrato de trabajo a plazo indeterminado. Para obtener este logro, exige al trabajador el cumplimiento de los requisitos que fija la ley y para garantizar al trabajador y al empleador en sus mutuas obligaciones y derechos, es indispensable se plasme en la realidad la responsabilidad y esfuerzo del Estado y de la sociedad económicamente activa, conservando y creando fuentes de trabajo.

ESTABILIDAD LABORAL

La Estabilidad Laboral en el Sector Público y en el Sector Privado

Podemos entender como estabilidad laboral al derecho que tienen los trabajadores que le garantiza cierta seguridad laboral a los empleados. Seguridad que consiste en conservar el puesto de trabajo, mientras dicho trabajador no haya incurrido en faltas previamente. De esta forma se protege a los empleados de despidos arbitrarios injustificados y sin indemnización. La estabilidad laboral varía según el sector de trabajadores al que se le aplique y puede diferenciarse en varios tipos de acuerdo a ciertos factores.

Los trabajadores que pertenecen al sector público, empleados de entidades públicas, se dividen en obreros, funcionarios de carrera y los de libre nombramiento. Los de tipo obrero están regidos por una ley diferente a la de los obreros del sector privado. Mientras que, los funcionarios públicos de carrera, solo pueden ser retirados del servicio por causas especificadas en cierta ley, sin embargo, las controversias son liberadas en tribunales.

Mientras que, los trabajadores pertenecientes al sector privado, están todos regidos por la Ley Orgánica del Trabajo (LOT) que delimita lo que rodea la relación de trabajo, las faltas, la estabilidad laboral, entre otros.

Tipos de Estabilidad Laboral

Los tipos de estabilidad, se diferencian dependiendo si el origen es de tipo legal o por acuerdos entre trabajadores y empleadores. Los tipos de estabilidad laboral son:

Estabilidad Relativa

Se define como "Durabilidad". La estabilidad relativa permite al patrono o empresario poner término al vínculo contractual abonando una indemnización. En el caso de la estabilidad relativa propia procede la reposición del trabajador a su puesto de trabajo, siempre que el empleador se encuentre de acuerdo, en caso contrario procede la indemnización.

Actualmente, dentro del marco de la legislación venezolana la estabilidad relativa constituye el régimen general aplicable al trabajo subordinado o dependiente. En este concepto amplio la estabilidad absoluta se muestra como una ilimitada especie de excepción. La estabilidad relativa se diferencia de la estabilidad absoluta, en que la obligación del patrono de reenganchar al trabajador, técnicamente, de carácter facultativo, pues el patrono puede librarse de ella, pagando la indemnización en dinero prevista en el artículo 125de LOT.

Trabajadores que Gozan de Estabilidad Relativa

a) Los empleados de dirección (art.42); los trabajadores de confianza (art.45).

b) Los trabajadores temporeros, eventuales u ocasionales y domésticos definidos en los artículos 114, 115 y 274 de LOT.

c) Los trabajadores permanentes con menos de tres meses de servicios; trabajadores contratados por tiempo determinado o para una obra determinada.

Estabilidad Absoluta

Se origina a favor del sujeto que la goza, el derecho de ser reincorporado en el cargo del cual fue privado por su patrono sin autorización del Inspector de Trabajo de la jurisdicción

Definida también como perdurabilidad. Esta estabilidad absoluta será de carácter permanente, irrenunciable, de orden público y por lo tanto, no admite convenio tácito o expreso en contrario entre las partes para su incumplimiento o simulación. Esto Implica:

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