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Ejercicio 6.2 derecho


Enviado por   •  5 de Marzo de 2017  •  Informes  •  522 Palabras (3 Páginas)  •  106 Visitas

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Ejercicio 6.2

Las personas preferentemente guatemaltecas sin ningún parentesco con algún trabajador de gran entidad, carecer de antecedentes penales, estar en el régimen que dicta el artículo 5 de la constitución política de Guatemala pueden, teniendo un nivel preferentemente universitario con conocimientos en la administración pública, puede optar por puestos de servicios públicos en la república, tiene que ser una persona muy responsable y con un perfil de experiencia la cantidad de años me parece muy  bien aunque preferentemente con 35 años de edad lo pondría, los artículos dicen que la mínima edad es de 30 mi punto de vista es de 35, las jornadas laborales son similares a las demás un horario que no sobrepasa las 44 horas trabajadas a la semana ni un mínimo de 40 horas gozan con un día de descanso como después de 6 días de trabajo. Los servidores públicos solo pueden ser sustituidos de los labores por causas que regulan en el artículo 76 que se refiere a un despido justificado.  

Contrato individual

Contrato de servicios profesionales

El sueldo lo designa a raíz de la ley el patrono

El individuo profesional acredita sus propios honorarios

Cuando se termina la relación o culmina el contrato laboral, el patrono cancela una indemnización de acuerdo a lo acordado por el trabajo realizado durante el periodo de tiempo.

Si termina la relación de servicios por parte de la persona que necesita los servicios, debe cancelar el total acordado aun no terminado el periodo establecido.

Si no establece lo que tiene que hacer el empleado, únicamente podrá realizar actividades que su fuerza, capacidad y habilidad le permita hacer.

El profesional debe cumplir con las obligaciones designadas estrictamente en su campo de conocimiento.

Puede tenerlo cualquier trabajador

El trabajador posee grandes conocimientos en un tema específico.

Funciones del ministerio de trabajo y previsión Social de Guatemala

Formular la política laboral, salarial y de salud e higiene ocupacional del país. Es el encargado de definir el salario mínimo vigente en el país

Promover y armonizar las relaciones laborales entre los empleados y los trabajadores, prevenir los conflictos laborales e intervenir, de conformidad con la ley, en la solución extrajudicial de estos, y propiciar el arbitraje como mecanismo de solución de conflictos laborales, todo ello, de conformidad con la ley.

Estudiar, discutir, y si fuere de beneficio para el país, recomendar la ratificación y velar por el conocimiento y la aplicación de los convenios internacionales de trabajo.

Aprobar los estatutos, reconocer la personalidad jurídica e inscribir a las organizaciones sindicales y asociaciones solidarias de los trabajadores no estatales y administrar lo relativo al ejercicio de sus derechos laborales

En coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, representar al Estado en los organismos internacionales relacionados con asuntos de su competencia y en los procesos de negociación de convenios internacionales sobre el trabajo, así como velar por la aplicación de los que estuvieren vigentes

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