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Ejercicios De Apa Del 1 Al 16

kelincecilia18 de Mayo de 2012

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Ejercicios De Apa Del 1 Al 16AMBITOS DE ACCION CIUDADANA

JURIDICO MARCO LEGAL

El marco legal nos proporciona las bases sobre las cuales las instituciones construyen y determinan el alcance y naturaleza de la participación política. El marco legal de una elección, y especialmente los temas relacionados con la integridad de la misma, regularmente se encuentran en un buen número de provisiones regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí.

Su fundamento en muchos países es la constitución en tanto suprema legislación, que se complementa con la legislación promulgada por un parlamento o legislatura donde se incluye una ley electoral (leyes, que incluyen provisiones para el proceso electoral, el financiamiento de campañas electorales y derecho de los ciudadanos al voto), leyes, códigos penales, y Regulaciones, que incluyen Códigos de Conducta/Ética, dados a conocer por distintas instancias reguladoras que guardan estrechos vínculos con la materia electoral.

Dentro de las provisiones legales se encuentran los lineamientos para determinar la estructura de la administración electoral, las instrucciones destinadas a los administradores de la elección sobre la forma en que deberán llevar a cabo su labor, y los derechos y responsabilidades de los partidos políticos, los medios de comunicación, los electores y demás participantes en una elección.

El marco legal faculta a la autoridad electoral para que lleve a cabo las labores de administración de la elección de conformidad a la estructura detallada dentro de sus mismas provisiones. Asimismo faculta a los partidos políticos para allegarse recursos financieros y participar en las elecciones de acuerdo a las provisiones legales establecidas. Y por último, asegura que los electores conserven sus derechos políticos para la emisión del voto y la elección de sus representantes de gobierno.

Las revisiones pueden hacerse a través de poderes delegados a una agencia u oficina de supervisión, como en el caso de un Inspector General, para monitorear la administración de la elección, identificación de problemas y para hacer recomendaciones sobre acciones correctivas. El cumplimiento de la ley regularmente queda a cargo de un sistema judicial, la policía, los tribunales y las prisiones.

NORMAS MORALES, SOCIALES Y JURIDICOS

En Guatemala, amplios sectores de la población han sido históricamente excluidos en los procesos políticos de toma de decisiones, particularmente las mujeres, los indígenas y la población que viven en áreas rurales. En otras palabras, aunque la legislación promulga la igualdad de todos ante la ley, no todos disfrutan en términos reales del ejercicio pleno de la ciudadanía.

Ejercer de manera constante un monitoreo de lo que se produce en el Congreso y compartir esta preocupación con otros sectores de la sociedad, en particular, los pueblos indígenas, es parte de la construcción de ciudadanía.

En países como Guatemala, el marco legal es sumamente importante, ya que de éste depende el nivel de solidez de la política de Estado.

Es decir, el marco jurídico institucional incluye normas nacionales e internacionales que dan legalidad a las acciones de política, su contenido y espíritu, sus avances y limitaciones y la identificación del conjunto de instituciones públicas vinculadas a la ejecución de la política respectiva.

A NIVEL NACIONAL:

LOS ACUERDOS DE PAZ

Es importante hacer referencia a los Acuerdos de Paz, que si bien, no constituyen una ley, representan compromisos de Estado, que subrayan la importancia de la participación política del conjunto de los ciudadanos para los procesos de reconstrucción, reconciliación y democratización.

Como parte del capítulo de los Derechos Políticos, Sociales y Económicos, el Acuerdo sobre Identidad y derechos de los Pueblos Indígenas, establece varios compromisos sobre la participación de los pueblos indígenas:

1. Su definición y reconocimiento en la Constitución Política así como de la nación guatemalteca como de unidad nacional, multiétnica, pluricultural y multilingüe;

2. El reconocimiento de las comunidades y autoridades indígenas a nivel local; y

3. La necesidad de la participación indígena en todos los niveles de la vida política nacional.

En éste último aspecto, se contempla la creación de mecanismos obligatorios de consulta con los pueblos indígenas, formas institucionales de participación individual y colectiva en los procesos de toma de decisiones, y garantías para el libre acceso de los indígenas a las distintas ramas de la función pública, promoviendo su nombramiento en puestos dentro de las administraciones locales, regionales y nacionales.

Acerca del Acuerdo sobre aspectos Socioeconómicos y Situación Agraria, es importante destacar entre otros aspectos importantes, que el gobierno a través de este Acuerdo se comprometió a tomar un conjunto de medidas encaminadas a incrementar la participación de la población en los distintos aspectos de la gestión pública, incluyendo las políticas de desarrollo social y rural. Este conjunto de reformas permitiría, sustituir estructuras que generaban conflictividad social por nuevas relaciones que aseguren la consolidación de la paz, como expresión de la armonía en la convivencia y el fortalecimiento de la democracia, como proceso dinámico y perfectible, en el que se pueda constatar un avance en la participación de distintos grupos sociales, en la definición de la opciones políticas, sociales y económicas del país.

LEY DE DESARROLLO SOCIAL

Esta ley tuvo por objeto la creación del Jurídico marco Legal que permite implementar los procedimientos legales y de políticas públicas para llevar a cabo la promoción, planificación, coordinación, ejecución, seguimiento y evaluación de las acciones gubernativas y del Estado, encaminadas al desarrollo de la persona humana en los aspectos social, familiar, humano y su entorno.

Se hace énfasis dentro los grupos de especial atención, incluyendo medidas y acciones que promuevan la plena participación de la población indígena en el desarrollo nacional y social, con pleno respeto y apoyo a su identidad y cultura.

Es importante resaltar que en ésta ley se establece que la Secretaria de Planificación y programación de la Presidencia, reconocerá y aceptará sugerencias y observaciones emanadas de la sociedad civil organizada, para elaborar la política y el Programa Nacional de Desarrollo Social y Población, de forma incluyente y participativa.

LEY GENERAL DE DESCENTRALIZACIÓN Y SU REGLAMENTO

Tiene por objeto desarrollar el deber constitucional del Estado, de promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa, para lograr un adecuado desarrollo del país en forma progresiva y regulada para trasladar las competencias administrativas, económicas, políticas y sociales del Organismo Ejecutivo, al municipio y demás instituciones del Estado. Art. 1

Son principios orientadores del proceso y de la política de descentralización del Organismo Ejecutivo, los siguientes (Art. 4.):

1. La autonomía de los municipios,

2. La eficiencia y eficacia en la prestación de los servicios públicos,

3. La solidaridad social,

4. El respeto a la realidad multiétnica, pluricultural y multilingüe de Guatemala,

El diálogo, la negociación y la con-certación de los aspectos sustantivos del proceso, (Esto es un cuadro))La Constitución Política de un Estado es la fuente formal por excelencia del Derecho.

6. La equidad económica, social y el desarrollo humano integral,

7. El combate y la erradicación de la exclusión social, la discriminación y la pobreza,

8. El restablecimiento y conservación del equilibrio ambiental y el desarrollo humano, y

9. La participación ciudadana.

Art. 19. Fiscalización social.

Las comunidades organizadas conforme a la ley, tendrán facultad para realizar la auditoría social de los programas de descentralización que se ejecuten en sus respectivas localidades y en los que tengan participación directa, ya sea en el ámbito municipal, departamental, regional o nacional.

Arts. 19-21 Reg.

Participación ciudadana en la descentralización. La participación ciudadana que impulsará la descentralización se orientará esencialmente a la provisión de bienes y servicios públicos en ámbitos locales por parte de organizaciones ciudadanas constituidas y registradas conforme a la ley, que actúen en el ámbito local. Las organizaciones ciudadanas también podrán ejercer auditoría social, la revisión de las actuaciones de los entes a cargo de competencias descentralizadas.

Participación ciudadana, desarrollo local y auditoría social. Sin perjuicio de los mecanismos establecidos legalmente para solicitar el rendimiento de cuentas a sus autoridades, las asociaciones y los comités podrán dirigirse a los entes destinatarios de competencias descentralizadas solicitando información sobre la ejecución de planes y programas a fin de evaluar su cumplimiento de conformidad con la ley y hacer las denuncias cuando corresponda ante los órganos competentes.

Control. Los programas de trabajo y los presupuestos de la competencias descentralizadas, deben expresar los objetivos y resultados concretos que se pretenden con los mismos, así como los medios e indicadores que permitan verificar su logro, en función de la transparencia de administración pública, a manera de facilitar

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