El Aborto En Venezuela
Sarilyta2 de Junio de 2013
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El delito de aborto y su definición.
13 de abril 2005: verdadera reforma del Código Penal
El sujeto pasi en principio es la mujer
En materia civil opera el sistema de la vitalidad
En materia penal opera el sistema de la viabilidad (posibilidad de vida)
Qué es el aborto ? (430)
Si opera la intencionalidad, estamos frente a un delito
Es la destrucción del feto dentro del útero
Es un acto intencional que busca la destrucción del hecho de estar embarazada
Formas de destrucción del feto
Destrucción interna
Expulsión. La condición sin ecuanon es que nazca muerto. Si nace vivo, es automáticamente un delito de homicidio.
Observaciones
Hay una sóla posibilidad en nuestra legislación para que el aborto no sea punible y este es el aborto terapéutico, que opera bajo el riesgo de la vida de mujer. Por encima de la vida del fecho, está la vida de la madre.
Para que el aborto terapéutico no se requiere autorización. Es potestativo del facultativo. No se reuiere el consentimiento de nadie, ni siquiera el de la madre.
Facultativo: es un especialista en la materia.
En zonas rurales no es admisible el aborto practicado por un médico no facultativo ya que no se admite el error de hecho como una causa de inculpabilidad.
Para la cesarea, el médico debe pedir que la misma sea autorizada y debe autenticarse. Ver la "Ley Orgánica sobre los Derechos de las mujeres a una vida libre de violencia".
Art. 43 de esa ley: define lo que es violencia sexual
La ley es racista y discriminatoria ya que se inclina muy favorablemente a la mujer.
Comparar con el art. 379 del Código Penal.
Consejo: buscar la ininputabilidad. Desvirtuar la declaración del oponente.
Tipos penales de aborto.
Comentarios
Apología del delito: es hacer publicidad de una conducta delictual
Instigación a delinquier: Delitos contra la administración de justicia y contra el orden público
A partir del 283. Tipos de instigación al delito
"uno es culpable de lo que dice y morirá con ello"
Casos del acontecer público.
Tipos delictivos en materia de aborto
1. Con consentimiento (MEDIOS)
Procurado
Provocado
2. Sin consentimiento
Sufrido
Agravado
Terapéutico
Aborto procurado
Es el que se practica la mujer ella misma o con medios ayudados por un tercero
Aborto provocado o consentido
Es el aborto que practica un tercero con el consentimiento de ella
El consentimiento
No es formal. Son las circunstancias que rodean a la víctima y el victimario
Es tácito
Involucra la voluntad, permisividad
Observaciones
Ver art. 430 y 431. No establecen responsabilidad al tercero
Opera en que situaciones queda el tercero en el procurado y el provocado
En el 430 no se hace referencia al tercero
En el 431 no se establece responsabilidad a ella
Como entonces se le hace participar en el delito al tercero ?
Donde se ubica al tercero en el aborto procurado ?
Ella: autora
Tercero: cooperador
Donde se ubica a la mujer en el provocado ?
Ella: coautora
Tercero: autor
Es la misma pena para todos !
Aborto sufrido y agravado (432 y 433)
Aborto sufrido
Tiene dos circunstancias agravantes que dependen de los resultados
No hay tentativa de aborto ya que hay una pena propia o responsabilidad penal establecida por el legislador. Desaparece la figura de tentativa
Ver la diferencia entre la tentativa y la frustración. Art. 80 CP. Puedes encontrar el Código Penal Venezolano en los links de esta página a la derecha.
Aborto
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