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El Dictamen


Enviado por   •  15 de Junio de 2015  •  Tesis  •  1.094 Palabras (5 Páginas)  •  180 Visitas

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El Dictamen

1. Concepto

El dictamen es un documento técnico que contiene la opinión autorizada de un especialista, órgano de asesoría o comisión especial sobre un asunto concreto que requiere tratamiento especializado, como puede ser un problema legal, contable, médico, de ingeniería o técnico-logístico.

Los que emiten el dictamen reciben el nombre de “peritos” quienes vienen a ser personas versadas en una disciplina científica, especialidad, arte u oficio. Para ser perito se requiere poseer título profesional universitario. Pero si el examen o la pericia a realizar no necesitan de tales profesionales, la autoridad puede designar perito a la persona que considera más idónea.

El dictamen se emite a pedido de la autoridad competente; quien, al solicitarlo, precisa, con claridad, el tema o asunto específico sobre el cual requiere opinión.

El dictamen es un documento ilustrativo; no es resolutivo. Esclarece dudas; precisa conceptos; proporciona elementos de juicio para la solución de problemas y facilita la toma de decisiones de los órganos de gobierno. Es potestad de la autoridad competente tomarlo en cuenta o no, en todo o en parte, al momento de decidir sobre lo que se ha emitido opinión. Muchas veces los dictámenes así como los informes sirven de base para los acuerdos de los órganos de gobierno, que luego se hacen conocer como resoluciones.

Los servidores públicos están obligados a emitir dictamen cuando se lo soliciten con absoluta imparcialidad y objetividad, sin favoritismos ni presiones, en base a pruebas y con sujeción estricta a las normas legales establecidas.

Todos los miembros de un cuerpo colegiado o comisión dictaminadora tienen la obligación de emitir dictamen en forma conjunta o por separado. El dictamen se puede emitir por unanimidad, por mayoría o minoría. El dictamen es por unanimidad cuando todos están de acuerdo con el contenido del documento y lo firman; es por mayoría, cuando la mayor parte de los perito coincide con lo expresado en el dictamen y lo firman, y es por minoría, cuando los que discrepan de la opinión de la mayoría emiten su propio dictamen, juntos o cada uno. El dictamen en minoría se adjunta al por mayoría y se remiten a la autoridad para que los examine y se forme su propia opinión.

La autoridad puede rechazar u observar el dictamen que, a su juicio, no está bien. Al ser observado, es devuelto al que lo emitió para que se subsanen las observaciones o se haga un mejor estudio del asunto tratado. En caso de descubrirse la emisión de un dictamen deliberadamente defectuoso o parcializado, sus autores podrán ser objeto de sanción administrativa y penal.

El dictamen se usa en la administración pública y se redacta en papel A4. Es remitido a la autoridad que lo solicitó con todos los antecedentes y anexos que lo sustentan, formando un expediente.

2. Área de difusión

El dictamen es un documento de carácter interno; vincula al que lo emite con la autoridad que lo solicita.

3.- Facultad para elaborar y firmar dictámenes

El dictamen es elaborado en forma individual o colectiva. El dictamen emitido por un órgano de asesoramiento es firmado por su jefe; el emitido por un cuerpo colegiado o una comisión especial es firmado por sus miembros; y el emitido por una sola persona o por minoría, lo es por su autor o autores.

El servidor que ha delegado a otro u otros la facultad de dictaminar, está obligado a visar el dictamen firmado por el que lo hizo o por los que lo hicieron, asumiendo de esta manera responsabilidad

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