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El Divorcio


Enviado por   •  17 de Julio de 2013  •  6.583 Palabras (27 Páginas)  •  225 Visitas

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EL DIVORCIO.

El divorcio matrimonial, es la figura jurídica que anula la existencia del matrimonio, celebrado entre dos personas. Es la causa legal de disolución del matrimonio. Es la ruptura o extinción de un matrimonio valido, en vida de ambos cónyuges, en virtud de un procedimiento judicial.

En efecto, el artículo 151 del Código Civil de 1904, estableció:

El matrimonio valido se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges o por el divorcio declarado por sentencia firme.

El Código Civil reformado 1982, elimina la consideración diferente del adulterio del marido y de la mujer, como causal de divorcio, introduce “la intención por causa de perturbaciones psiquiátricas graves que imposibiliten la vida en común”, como causal de divorcio y reduce a un año el lapso exigido para la posibilidad de conversión de la separación de cuerpos en divorcio. Además, en el artículo 185 A, se establece la posibilidad de solicitar el divorcio, alegando la Ruptura prolongada de la vida en común, cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco años. Causales de Divorcio en Venezuela.

*ADULTERIO

Para que haya adulterio es menester que ocurra el elemento material, representado por el acto carnal o cópula realizado por una persona casada con persona diferente a su cónyuge, y el elemento intencional, que consiste en que el acto se ejecute voluntaria y conscientemente. Los supuestos para que se conceptúe que existe adulterio son:

* El adulterio tiene como participantes a un hombre y una mujer.

* Uno de los participantes en el adulterio, el hombre o la mujer debe estar válidamente casado con otra persona para el momento de consumarse el acto sexual que es susceptible de ser considerado como adulterio

* No hay adulterio cuando el acto sexual es producto de una coacción tan fuerte, que puede cambiar la voluntad del sujeto, en cuanto a consentir la relación sexual.

* Para que realmente se conceptúe como realizado el adulterio es necesario que se consume el acto sexual entre la pareja participante.

La prueba del adulterio requiere la demostración de que el marido o la mujer, según el caso, ha tenido relaciones sexuales con persona diferente a su cónyuge. No es menester probar el elemento intencional, pues el acto humano debe considerarse voluntario hasta que se demuestre lo contrario.

La demostración del adulterio es difícil; su prueba directa, casi imposible. Puede resultar, sin embargo, de la cosa juzgada penal o civil o, también, del reconocimiento, por una persona casada, de su hijo adulterino, lo que es posible, conforme al código reformado, y debe admitirse, al menos como indicio, en la prueba del adulterio.

*EL ABANDONO VOLUNTARIO

Aclaremos en primer lugar que el abandono al cual se está refiriendo el código es, desde todo punto voluntario. No cabe la posibilidad de que se identifique como abandono ninguna situación que sea producto de la violencia, o donde no se prive el libre ejercicio de la voluntad. Para que se configure la causal de abandono voluntario es menester que la transgresión de las obligaciones conyugales se grave, voluntaria e injustificada.

Es grave, cuando el incumplimiento de los deberes conyugales responde una actitud sostenida, definitiva, del marido o de la mujer. No constituye abandono voluntario, en consecuencia, los simples hechos casuales, discontinuos o pasajeros.

Es voluntaria cuando resulta de acto intencional del cónyuge. Si uno de los esposos ha dejado de cumplir sus obligaciones conyugales por causas ajenas a su voluntad (por estar prisionero, por enfermedad, entre otros.) no incurre en la causal comentada. Los actos que configuran el abandono voluntario de un cónyuge deben haber sido realizados con el propósito preciso y determinado de infringir los deberes derivados del matrimonio.

El abandono voluntario es causal de divorcio facultativa. Comprobados los hechos alegados por el demandante, corresponden al Juez competente apreciar si en el caso concreto que se somete hubo o no infracción grave de los deberes que resultan del matrimonio.

CLASIFICACIÓN DEL ABANDONO VOLUNTARIO

Abandono voluntario del Domicilio Conyugal. El abandono voluntario del domicilio conyugal tiene que ser configurado por dos factores fundamentales:

* El primer lugar el animus. El cónyuge que abandona el domicilio conyugal debe tener la intención de hacerlo independientemente que surja en él la voluntad de reintegrarse al domicilio conyugal posteriormente.

* Que el abandono configure una decisión definitiva con miras a algo duradero. Es importante tener en cuenta el artículo 11 de la LDIP. dice: ̏el domicilio de una persona física se encuentra en el lugar donde tiene su resistencia habitual”, y el artículo 12 de la misma ley que sostiene: ̏la mujer casada tiene su domicilio propio y distinto del marido, si lo ha adquirido de conformidad con lo dispuesto en el artículo anterior.

Ellos significan que si la mujer casada por cualquier circunstancia establece su domicilio en otro estado por razones de haber fijado la residencia en otra parte, su domicilio puede ser diferente al del marido. Pero siempre persiste la figura del domicilio conyugal estando en vigencia el articulo 140 C.C ̏El domicilio conyugal será el lugar donde el marido y la mujer tengan establecida de mutuo acuerdo, su residencia. En caso de que los cónyuge tuvieren residencia separadas, de hecho en virtud de la autorización judicial prevista en el artículo 138, el domicilio conyugal será el lugar de la última residencia común…”

El Abandono Voluntario de los Deberes del Matrimonio.

El abandono voluntario de los deberes del matrimonio. Implica el no cumplimiento de los deberes del matrimonio y comprende desde el deber de cumplir el débito sexual, tanto del marido como de la mujer, hasta el socorro mutuo que se deben los esposos. Sin embargo, es necesario puntualizar que para que se configure el abandono voluntario deben confluir algunas características:

Algunas Consideraciones Importantes en Torno al Abandono Voluntario

Abundando sobre lo que decíamos del abandono justificado, hay que tomar en cuenta que aunque el abandono sea importante, e incluso sea intencional, puede ser justificado en algunos casos, veamos algunos ejemplos:

a. Cuando el cónyuge ha sido autorizado por orden

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