El Juicio De Amparo
missblue6 de Agosto de 2011
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EL JUICIO DE AMPARO.
Este juicio, es el mecanismo jurisdiccional fundamental de protección y tutela de los Derechos Humanos, en nuestro país a nivel federal, tiene sus antecedentes el proyecto de constitución del estado de Yucatán, dado a finales del año de 1840 y expuesto principalmente por Manuel Crescencio García Rejón, en el cual se consideró incluir garantías individuales, como la libertad religiosa, que se establecía por primera vez en México .
Dentro de esa Constitución, se creó un medio de control para tutelar dichas garantías, al que García Rejón denominó amparo, para hacer coercitiva esa nueva figura jurídica, se creó un sistema de defensa de la constitucionalidad de las leyes y de las propias garantías individuales por vía jurisdiccional, del que conocía la Suprema Corte de Justicia de Yucatán, dicho amparo, podía promoverse actos del legislativo o el ejecutivo, cuando éstos quebrantaran la Constitución, haciéndose extensiva a protección a cualquier acto en contra de los preceptos establecidos en la misma.
Posteriormente, en la Constitución Mexicana de 1857, se consideraron a los derechos del hombre como la base y el objeto de las instituciones sociales , para el cumplimiento de esos propósitos, se estableció el juicio de amparo en sus artículos 101 y 102, confiriendo la facultad a los Tribunales Federales, para proteger a cualquier habitante del ataque de los poderes Legislativo y Ejecutivo .
En la Constitución de 1917 continuó la existencia del juicio de amparo para la protección de las garantías individuales.
Esta institución jurídica mexicana constituye en la actualidad la última instancia de impugnación de la mayor parte de los procedimientos judiciales, administrativos y aun de carácter legislativo, por lo que tutela todo el orden jurídico nacional contra las violaciones realizadas por cualquier autoridad, siempre que esas infracciones se traduzcan en una afectación actual, personal y directa a los derechos de una persona jurídica, sea individual o colectiva.
Su fundamento radica en los artículos 103 y 107 de la Constitución Federal, la Ley de Amparo de 30 de diciembre de 1935 (publicada en el Diario Oficial de la Federación, el viernes 10 de enero de 1936, siendo Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos Lázaro Cárdenas); la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación de la misma fecha, y el Código Federal de Procedimientos Civiles de 31 de diciembre de 1942, que es de aplicación supletoria respecto del segundo ordenamiento citado.
La finalidad esencial del juicio de amparo es la protección de las garantías del gobernado consagradas en los artículos 1 al 29 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el régimen competencial existente entre las autoridades federales y las de los Estados , y que extiende su tutela a toda la Constitución a través de la garantía de legalidad consagrada en el artículo 16 .
Las resoluciones emitidas por los Tribunales Federales, son vinculantes y coercitivas.
En su evolución interna de más de un siglo esta institución representó el único instrumento de control constitucional y el mecanismo jurisdiccional de protección de los derechos humanos por antonomasia, por lo que su estructura y ámbito protector, con el transcurrir de los años, han empezado a resultar insuficientes frente a las nuevas exigencias planteadas por los modernos modelos democráticos de derecho.
En la actualidad, el concepto del juicio de Amparo, no se agota en la idea de un instrumento unitario, sino que se ha convertido en una institución que puede adoptar diversas formas, llegando a configurar varios mecanismos procesales, cada uno con características y funciones propias, y que en otros países constituyen instrumentos procesales
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