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JUICIO DE AMPARO


Enviado por   •  5 de Agosto de 2011  •  1.536 Palabras (7 Páginas)  •  1.349 Visitas

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JUICIO DE AMPARO

Es bien sabido que el hombre es un ser social por naturaleza y que desde sus orígenes ha tenido derechos y obligaciones los cuales son integradores dentro de la comunidad a la que pertenece, en México el juicio de amparo surge porque es necesario que en las manos de todos los mexicanos se encuentre un medio por el cual uno pueda defenderse de cualquier acto de la autoridad que violente nuestras garantías individuales, representa una medida de bastante importancia y trascendencia en la vida jurídica de nuestro país, siendo de gran ayuda en la construcción de una mejor impartición de justicia, luchando por la defensa de aquellos derechos a los cuales todos somos acreedores.

¿Qué es un Juicio de Amparo?

El juicio de amparo es un medio procesal constitucional del ordenamiento jurídico mexicano que tiene por objeto específico hacer reales, eficaces y prácticas, las garantías individuales establecidas en la Constitución, buscando proteger de los actos de todas las autoridades sin distinción de rango, inclusive las más elevadas, cuando violen dichas garantías. Sé podría decir que es una última instancia de impugnación de la mayor parte de los procedimientos judiciales, administrativos y aun de carácter legislativo, por lo tanto este mantiene el orden jurídico nacional en contra de las violaciones de cualquier autoridad en beneficio de una persona jurídica, también puede intentarse contra leyes o actos de las autoridades federales que vulneren o restrinjan la soberanía de los Estados o bien, contra leyes o actos de estos últimos que invadan la esfera de la autoridad federal. En los dos últimos casos, la invasión de competencias debe tener por consecuencia violaciones a las garantías de uno o varios individuos. Está regulado por la Carta Fundamental y la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Federal .

Articulo 103. Los tribunales de la federación resolverán toda controversia que se suscite:

I. por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales; (modificado por la reimpresión de la constitución, publicada en el diario oficial de la federación el 6 de octubre de 1986)

II. por leyes o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberanía de los estados o la esfera de competencia del distrito federal, y (reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 31 de diciembre de 1994)

III. por leyes o actos de las autoridades de los estados o del distrito federal que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal, (reformado mediante decreto publicado en el diario oficial de la federación el 31 de diciembre de 1994)

¿Cuándo procede un amparo y contra quién?

El artículo 4 de la Ley de Amparo manifiesta: “el juicio de amparo únicamente puede promoverse por la parte a quien perjudique la ley, el tratado internacional, el reglamento o cualquier otro acto que se reclame, pudiendo hacerlo por si, por su representante, por su defensor si se trata de un acto que corresponda a una causa criminal, por medio de algún pariente o persona extraña en los casos en que esta ley lo permita expresamente; y solo podrá seguirse por el agraviado, por su representante legal o por su defensor” .

El juicio de amparo es promovido por cualquier particular que considere que sus garantías individuales han sido violadas por alguna autoridad, dicho juicio se tramita ante los órganos del Poder Judicial de la Federación y procede contra los actos de las autoridades que violen las garantías individuales. Esta autoridad, es la parte demandada en el juicio de amparo, por lo que es importante señalarla para deducir sus derechos y defender el acto que se ataca de inconstitucional, en la demanda el quejoso deberá designar todas y cada una de las autoridades que tengan relación con el acto impugnado en el proceso de protección, sin que sea necesario entablar tantas demandas como autoridades responsables existan, distinguiéndose entre autoridades ordenadoras y ejecutoras.

¿Qué requisitos te solicitan para promover un amparo en la defensoría?

Para promover un amparo primeramente se realiza el llamado juicio principal que tiene por objetivo estudiar si el reclamado viola o no las garantías individuales del quejoso, es decir, la constitucionalidad o inconstitucionalidad del acto que es reclamado, para que se pueda conceder o negar. Las causales de la improcedencia están contenidas en el artículo 73 de la Ley de Amparo y su existencia como motivo de sobreseimiento del Juicio, en el art. 74 de la Ley de Amparo . Al presentarse la demanda, si no se encuentran motivos de improcedencia, si llena los requisitos del artículo 116 de la Ley de Amparo, está se admitirá.

Artículo 116.- la demanda de amparo deberá

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