El Sector Minero En Peru
ODA_VA27 de Junio de 2014
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EL SECTOR MINERO EN EL PERU
La minería se desarrolla en el Perú desde épocas inmemoriales, muestra de ello son las piezas de orfebrería y ornamenta que utilizaban las autoridades de las distintasculturas preincaicas, las cuales eran trabajadas en oro y plata principalmente, y otros casos con piezas marinas como las conchas espondilus.
De acuerdo a los estudios antropológicos, arqueológicos, análisis físicos y químicos, en el Perú se utilizó el oro, debido a que el forjado de metales (hierro y bronce) apareció tardíamente en América, a diferencia de Europa y África.
Dada la presencia de la Cordillera de los Andes en el territorio peruano -principal fuente de depósitos mineros del mundo- el Perú es el tercer país con mayores reservas de oro, plata, cobre y zinc, según el U.S. Geological Survey (USGS).
• Sólo el 10% del territorio con potencial minero ha sido explorado y el 6% está actualmente siendo aprovechado.
• El Instituto Fraser califica al Perú como uno de los destinos más atractivos para la exploración minera en Latinoamérica. Durante 2009 se invirtieron US$350 millones en dicha actividad en el Perú.
• El Instituto Geológico y Metalúrgico – INGEMET, brinda información catastral completa de cualquier derecho minero local a través de Internet. Anualmente en el Perú se registran entre 5,000 y 8,000 petitorios nuevos.
• Además, hay diversas oportunidades de inversión en minería no metálica, particularmente, en boratos, diatomita, bentonita, roca fosfórica y travertino.
RANKING DE PRODUCCION AÑO 2009
MINERAL
MUNDO
LATINOAMERICA
% EN LA PRODUCCION
MUNDIAL
PLATA
1
1
18
ZINC
2
1
13
ESTAÑO
3
1
12
PLOMO
4
1
8
ORO
6
1
8
COBRE
2
2
8
NORMAS Y LEYES DE LA MINERIA PERUANA
Ley General de Minería Decreto Supremo N° 014-92 EM
Comprende todo lo relativo al aprovechamiento de las sustancias minerales del suelo y del subsuelo del territorio nacional, así como del dominio marítimo. Se exceptúan del ámbito de aplicación de esta Ley, el petróleo hidrocarburos análogos, los depósitos de guano, los recursos geotérmicos y las aguas minero-medicinales.
Ley 28322 (2004)
NORMAS LEGALES COMPLEMENTARIAS
NORMAS COMPLEMENTARIAS VIGENTES
La normativa
Las normas que rigen la actividad minera en el Perú garantizan la empresa privada estabilidad jurídica y libertad económica. El Estado, en su rol promotor y normativo, apoya a la iniciativa privada responsable a cumplir las condiciones que impone el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y la buena relación con la comunidad.
• Las empresas mineras tienen la posibilidad de firmar convenios de estabilidad jurídica con el Gobierno Peruano por periodos de 10 a 15 años.
• Se permite el arrastre de pérdidas netas por 4 años consecutivos a partir del año en que se registren unidades gravables.
• Las compañías exploradoras se benefician de la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) a los gastos realizados en actividades de exploración. Además, todas las exportaciones se encuentran exoneradas del IGV.
• Se han implementado mecanismos que facilitan la entrega de donaciones por parte de las empresas mineras a las comunidades, especialmente en casos de obras de infraestructura pública, como la Ley 29230 o de Obras por impuestos (permite recuperar el 100 % de la inversión realizada).
EL ROL ESTADO
Se muestra el rol del Estado como promotor del sector minero y la labor del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) como ente rector del sector.
5.1 El rol del Estado en la promoción de la actividad minera
El Estado, en el sector minero, es el órgano concedente, normativo y promotor. Bajo este rol y compromisos, el Estado reconoce la importancia que tienen las actividades mineras para la economía nacional, y tiene clara la necesidad de la sostenibilidad económica y social de ellas, además de una política activa de promoción del sector minero así como de un conjunto de políticas adecuadas que aseguren la mitigación de impactos ambientales y sociales generados por el desarrollo de la actividad.
Considero que la minería será una actividad económica importante para el país en los próximos cincuenta años y debemos aprovecharla como generadora de divisas y como sector que paga impuestos.
Nos disparamos a los pies cuando atacamos abiertamente a la minería porque es una actividad que nos debe ayudar a financiar el desarrollo rural que necesitamos, apoyemos la buena minería y con justo derecho sentémonos a pedir mayor rol subsidiario del estado para el sector rural.
Sin embargo, lo anterior no se contradice con que seamos vigilantes de que se respete el cuidado del medio ambiente, que las empresas mineras tengan apropiadas prácticas laborales y que operen con una efectiva responsabilidad social.
Conviene decir entonces que un rol del Estado debe velar por el bienestar de la población y el cuidado del medio ambiente no es antagónico a un Estado promotor de inversiones.
LOS BENEFICIOS DE LA MINERIA PARA EL DESARROLLO DEL PAIS
CANON MINERO
Es la participación efectiva de la que gozan los Gobiernos Regionales y Locales del total de los ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la actividad minera, por el aprovechamiento de los recursos minerales, metálicos y no metálicos. Está constituido por el 50 por ciento del pago del Impuesto a la Renta de tercera categoría de las empresas mineras.
REGALIA MINERA
La Regalía Minera es una contraprestación económica que los titulares de concesiones mineras de la Gran y Mediana Minería deben pagar mensualmente al Estado. Los Pequeños Productores Mineros (PPM) y los Productores Mineros Artesanales (PMA), no están afectos al pago de Regalía Minera, que fue establecida por la Ley Nº 28258, emitida el 24 de junio de 2004.
Constitución de la Regalía Minera
La Regalía Minera será pagada sobre el valor del concentrado o su equivalente, conforme a la cotización de los precios del mercado internacional. El pago correspondiente es un porcentaje del valor de la producción y se determina según el importe de la misma.
Utilización y distribución de la Regalía Minera
La Ley de Regalía Minera (Nº 28258) establece que los recursos recibidos serán utilizados exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión productiva destinados al desarrollo económico de cada región para asegurar el desarrollo sostenible de las áreas urbanas y rurales. La distribución de la regalía minera se distribuye de la siguiente manera:
Gob. Locales distritales (20%)
Gob. Locales provinciales (20%) Financiamiento o cofinanciamiento
de proyectos de inversión productiva
REGALIA MINERA Gob. Locales departamentales (40%)
Gob. Regional (15%)
Universidades Estales y Reg. (5%) Inversión de investigación científica
y tecnológica
OTROS BENEFICIOS:
Mediante la Ley N° 29169, se incluye a los Gobiernos Regionales en la distribución del Derecho de Vigencia y Penalidad, que norma el artículo 57° del TUO de la Ley General de Minería. En tal sentido los Gobiernos Regionales reciben los porcentajes señalados para el INGEMMET (20%) y el MINEM (5%) correspondiente al pago efectuado por los Pequeños Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales para el ejercicio de las funciones que, en materia minera, han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización; en especial, aquellas relacionadas con la protección del medio ambiente.
Mediante Ley N ° 28327, se modifico el artículo 57° de la Ley general de Minería, en lo referente a la distribución de los montos del Derecho de Vigencia y Penalidad, de manera que, el 75 % de lo recaudado se destine a la Municipalidad Distrital o Municipios Distritales donde se encuentre localizada la concesión.
Se afirma entonces que la actividad minera junto al pago de impuestos y contraprestaciones a favor del fisco, establecidos como obligaciones impositivas, también realiza importantes aportes voluntarios para realizar actividades de desarrollo sostenible normadas por un compromiso de las empresas en beneficio de las poblaciones de su entorno, Esto se reglamenta con el DS N°042-2003-EM.
Que dentro de sus compromisos desarrollan actividades de acción social como:
Educación.
• Salud.
• Nutrición.
• gestión Ambiental.
• Empleo Local.
• Economía Local.
• Infraestructura.
• Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades de Instituciones Locales, Sociedad
Civil y no Organizada.
• Promoción de la cultura y costumbres locales. que conllevan a un desarrollo sostenible.
En conjunto la presencia de la minería en el Perú y su aporte a la economía nacional,
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