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El divorcio de la presentación en Аrgentina


Enviado por   •  21 de Mayo de 2014  •  Trabajos  •  513 Palabras (3 Páginas)  •  252 Visitas

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ACTIVIDAD 1

El matrimonio no puede iniciar divorcio por presentación conjunta en argentina ya que el ultimo domicilio conyugal fue en paraguay , por lo cual debería iniciarlo en asunción.-

El juez argentino tiene jurisdicción internacional para entender en la demanda que hace el vendedor del vehiculo al comprador siempre y cuando este haya inscripto el vehiculo en argentina ya que al ser un bien mueble tiene competencia el juez del país donde esta registrado el auto, pero al ver que tiene domicilio en Montevideo el auto si o si debe inscribirse alla asi que en este caso no tendría competencia. Todo depende donde se incriba este bien mueble.-

Puedo promover su demanda de daños y perjuicios ante los jueces de Bolivia que es el lugar de ubicacion del bien mueble (art 32 del tratado de montevideo de 1940).-

corresponde hacer lugar a la excepcion de incompetencia porque la demanda debio realizarse en los tribunales de Paraguay por ser este pais el lugar de domicilio ultimo del demandado.-

Actividad 2

1

A- Es una norma directa.-

B-Tipo legal: La presencia de un menor en e territorio del otro Estado parte.-

consecuencias juridicas: sera considerada indebida cuando se produzca en violacion de la tenencia, guarda o derecho que, sobre el o a su respecto, ejerzan los padres, tutores o guardadores.-

2-

A_ Es una norma indirecta

B- Tipo legal: la ley del domicilio matrimonial rige.-

Consecuencia Juridica: La separacion conyugal y la disolucion del matrimonio, siempre que la causal alegada sea admitida por la ley del lugar en el cual se celebro.-

3-

A- Es una norma de Policia, porque ordena aplicar un solo derecho el cual es local.-

B- No contiene un tipo legal y no se puede distinguir las consecuencias juriidcas.-

4-

A- Es una norma Directa.-

B-Tipo Legal: los contratos celebrados en pasi extranjeros para transferiri derechos reales sobre bienes inmuebles situados en la Republica.-

Consecuencia Juridica: tendran la misma fuerza que los hechos en el territorio del estado, siempre que constaren en instrumentos publicos y se presentaren legalizados.-

5

A-Es una norma indirecta.-

B Tipo legal: la capacidad para suceder.-

Consecuencia Juridica: es regida por la ley del domicilio de la persona al tiempo de la muerte del autor de la sucecion.-

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