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El presente trabajo tiene por objetivo dar a conocer el concepto y fundamento del Crédito Fiscal,


Enviado por   •  19 de Septiembre de 2016  •  Ensayos  •  4.544 Palabras (19 Páginas)  •  440 Visitas

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Introducción:

El presente trabajo tiene por objetivo  dar a conocer el concepto y fundamento del Crédito Fiscal, su aplicación, formas de extinción, así como los medios de pago y procedimientos legales necesarios para su aprovechamiento o liquidación del mismo. Es importante mencionar que   para estudiar el derecho fiscal del  Estado es indispensable hacer alusión al órgano en que se deposita el poder que hace posible la integración de la hacienda; ese órgano es el fisco, elemento de dicho Estado que, como tal, posee soberanía.

Se entiende por crédito fiscal al monto en dinero a favor de un contribuyente cada vez que se presta a declarar sus impuestos. Comprende ciertos documentos que esclarecen y comprueban sus gastos, tales como facturas de compras, las facturas emitidas por los proveedores que suele visitar y cualquier nota de débito o de crédito. Todas las personas que perciben un ingreso y pueden ser independientemente financieras, cuentan con la obligación de atender este aspecto.

Es importante mencionar que una parte que debe ser de estudio indispensable es el Crédito Fiscal como parte esencial y fundamental en la relación Jurídico-Tributaria para así comprender los actos que lo generan y su consecuente liquidación o pago del mismo, los medios de pago del crédito fiscal deben de ser aplicados de acuerdo a la ley, la incorrecta aplicación de la misma puede ocasionar serias sanciones por parte de la administración fiscal que con un correcto apego pueden evitarse; sus formas de extinción y garantías son importantes para dar al contribuyente las mejores opciones de cumplimiento. A continuación  veremos a detalle  los aspectos más importantes acerca de este tema.


EL CRÉDITO FISCAL Y LAS FORMAS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN FISCAL

El crédito fiscal. Es la obligación fiscal determinada en cantidad liquida y debe pagarse en la fecha o dentro del plazo señalado en las disposiciones respectivas. Es una operación que se realiza para deducir el pago de impuestos debido a algún tipo de transacciones, es decir, es un monto a favor del contribuyente.

Los gobiernos implementan en sus códigos fiscales diferentes reglamentaciones que permiten que los contribuyentes puedan hacer uso de un crédito fiscal al momento de realizar sus declaraciones de impuestos.

En general el crédito fiscal se da porque el contribuyente ha realizado ya un pago de impuestos a otra persona o país por una transacción, evitando de esta forma que se realice un doble pago de impuestos.

El artículo 4 del Código Fiscal de la Federación establece que son créditos fiscales  los que tengan derecho a percibir el Estado o sus organismos descentralizados que pro vengan de contribuciones incluyendo Los que deriven de responsabilidades económicas que el Estado tengan derecho de exigir de sus servidores públicos o de los particulares así como aquellos a los que las leyes les den ese carácter y el estado tenga derecho a percibir por cuenta ajena.

La obligación fiscal nace en el momento en que se realiza el hecho imponible, es decir, cuando se da el hecho generador, pues en ese momento se coincide con la situación abstracta prevista en la ley, consiste en la aparición o la creación de un vínculo entre el acreedor y el deudor.

Flores Zavala (escritor) afirma que la obligación fiscal nace automáticamente al realizarse la hipótesis legal y el artículo 6 de CFF dispone que las atribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas por la ley fiscal vigente durante el lapso en que ocurran. De la disposición legal antes citada debemos entender que, como con toda propiedad y claridad establecía el artículo 17 del CFF de 1966, la obligación fiscal nace cuando se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales. Tratándose de impuestos, la obligación fiscal nace en el momento en que se realiza el hecho jurídico previsto por la ley como su presupuesto, que siempre es un acto o hecho de un particular. En cuanto a los derechos, la obligación fiscal nace en el momento en que la autoridad efectivamente presta el servicio administrativo al particular. En la contribución especial, la obligación fiscal nace en el momento en que el Estado pone en servicio la obra pública de interés general, pero que beneficia particularmente a un determinado sector, o bien, en el momento en que presta el servicio público que reclama el interés general como consecuencia de la actividad que desarrolla algún particular.

El  nacimiento de la obligación fiscal es sumamente importante porque permite determinar lo siguiente:

1.- Distinguir el momento en que se origina la deuda impositiva de aquellos otros en que surgen deberes tributarios de tipo formal, como son la prestación de declaraciones.

2.- Determinar la ley aplicable, que puede no ser la misma en el momento de la realización del hecho imponible y en el de producirse el acto administrativo de liquidación o la liquidación por el particular.

3.- Practicar la evaluación de las rentas o de los bienes gravados, con referencia al momento en que el crédito fiscal surja.

4.-Conocer la capacidad de obrar de los sujetos de la imposición.

5.-Determinar el domicilio fiscal del contribuyente o de sus representantes.

6.-Determinar la época de pago y de exigibilidad de la obligación fiscal y por lo tanto, fijar el momento inicial para el cómputo del plazo de prescripción.

7.-Determinar las sanciones aplicables, en función de la ley vigente en el momento del nacimiento de la obligación.

 La determinación de la obligación fiscal consiste en la constatación de la realización del hecho imponible o existencia del hecho generador y la precisión de la deuda en cantidad líquida. Pugliese nos dice que a través de esta institución “El Estado tiene un fin único y predominante: hacer oferta y realizable su pretensión, transformar la obligación abstracta y genérica de los contribuyentes para el pago de los gastos públicos, en una obligación individual y concreta de una prestación determinada”.

Clases de determinación:

  1. La realiza el sujeto pasivo
  2. La realiza la autoridad con la colaboración del sujeto pasivo
  3. La determinación nace como un acuerdo entre la autoridad y el sujeto pasivo.

El criterio asumido por nuestra legislación (art. 6 CFF) dice que las contribuciones se causan conforme se realizan las situaciones jurídicas o de hecho, previstas en las leyes fiscales vigentes durante el lapso en que ocurran. Dichas contribuciones se determinaran conforme a las disposiciones vigentes en el momento de su causación, pero les serán aplicables las normas sobre procedimiento que se expidan con posterioridad.

Las contribuciones se pagan en la fecha o dentro del plazo señalado en las disposiciones respectivas. La Secretaria de Haciendo y Crédito Publico establecerá en los formatos de pago que entregara al  contribuyente en forma semestral, los montos a pagar mensualmente en unidades de inversión. Al momento del pago, los montos en unidades de inversión se re expresará en pesos conforme al índice que para estos efectos reporte el Banco de México a la fecha en que se efectué el pago.

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