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6602566 de Abril de 2015

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Manual de Procedimientos en Emergencias

PUBLICACIÓN DEL CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE BOMBEROS PROFESIONALES

NORMA FIT-300 PERÚ

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Estimados amigos:

El Centro de Entrenamiento de Bomberos Profesionales, FIT - Firefighters International Training, organización internacional de asesoría, asistencia y entrenamiento para bomberos rentados y brigadistas que desean lograr calificación internacional. Desarrolla simuladores de incendio por computadora bajo el sistema virtual reality en 3-D, con la finalidad de evaluar la pericia en el desarrollo de estrategias y tácticas.

Como Centro de Entrenamiento, asistimos a los bomberos profesionales y brigadas en su trabajo y ofrecemos programas de asistencia y de ayuda para los bomberos voluntarios. Ahora los profesionales de la seguridad pueden seguir programas de nivel internacional y asistir a nuestros seminarios, cursos y vídeo conferencias, donde podrán dialogar con los mejores bomberos del mundo y conocer sus experiencias.

Hemos preparado este Manual de Procedimientos en Emergencias dentro de los estándares y normas de la propia FIT-Firefighters International Training, en este caso FIT-300, y lo hemos adaptado a las necesidades de Perú, considerando que no puede existir competencia en la respuesta a incidentes si no hay procedimientos normalizados. Creemos que es totalmente perfectible y están abiertas las puertas para todos los interesados en su mejoría, puesta en marcha e implementación. En todo momento se ha buscado el lenguaje claro y sencillo. Con esta publicación esperamos ayudar a los bomberos voluntarios a optimizar su trabajo.

Este Manual puede ser usado por todo bombero, y describe las responsabilidades y obligaciones esenciales en un incidente. Es deber del Comandante de Incidencias adaptarlo a la situación particular del siniestro. Teniendo un parámetro y exigencia escrita, considerado como procedimiento normalizado podrá acondicionar su entrenamiento futuro al cumplimiento del mismo. Luego de cada emergencia, los bomberos podrán determinar la mejora en las operaciones. Por ende, es propicia para el siguiente paso, la norma NFPA 1410 - Ataque Inicial de Incendios.

Accidentes, lesiones y pérdidas materiales pueden evitarse o minimizarse si se realizan trabajos debidamente supervisados, respaldados con una formación profesional. Recordemos que el fuego no hace distinción de sexo, religión, edad, condición social y si esto es considerado una verdad absoluta, también debe ser el hecho de que no hará diferencias entre bomberos voluntarios y profesionales. La exigente Norma NFPA-1001, Calificación Profesional para Bomberos, no es más que la regulación de los elementales conocimientos con que debe contar toda persona que responda al rescate de vidas y salvamento de propiedades.

El Manual de Procedimientos en Emergencias, es hoy en día una realidad. Se inicia con él una nueva etapa en la historia del combate de incendios en el país, que puede conducirnos en una serie de Manuales nuevos y consecutivos, cada uno mejorando al anterior. El debate puede empezar, cumplimos con iniciarlo, es parte de nuestro liderazgo continental y de la alineación con nuestra misión y visión compartida del futuro nacional. A nosotros no nos queda más que desearles buena suerte en su aplicación.

Atentamente,

José L. Musse

Director

Para consultas sobre el Manual de Procedimiento en Emergencias, escribir a: centro_de_entren@hotmail.com

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LA PRESENTE PUBLICACIÓN ES UN APORTE DEL CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE BOMBEROS PROFESIONALES Y CONSTITUYE UNA RECOMENDACIÓN. NO ES EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS OFICIAL DE ALGUNA ENTIDAD PÚBLICA PERUANA.

Para mayor información sobre cursos y seminarios comuníquese directamente con nosotros a la siguiente dirección:

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ÍNDICE:

Introducción: Alcances y Responsabilidades

Capítulo I: De la Línea de Mando, Ordenes y Comunicaciones en Emergencias

Capítulo II: De la Protección del Personal de Bomberos

Capítulo III: Equipo Básico de Unidades de Emergencia

Capítulo IV: Evaluación de la Emergencia

Capítulo V: Desplazamiento y Ubicación de Unidades del Cuerpo

Capítulo VI: Búsqueda y Rescate

Capítulo VII: Escaleras y Operaciones Aéreas

Capítulo VIII: Chorros, Selección y Ubicación

Capítulo IX: Reacondicionamiento y Salvamento

Capítulo X: Iluminación

Capítulo XI: Ventilación

Capítulo XII: Emergencias en vehículos

Capítulo XIII: Materiales Peligrosos

Capítulo XIV: De la Atención Médica y Pre-hospitalaria

Capítulo XV: Recojo del Material

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Introducción

Alcances y Responsabilidades

La norma FIT-300 PERÚ es de fácil aplicación y su estudio toma solo ocho horas. Es finalmente una guía de ejecución en la escena misma, y esencial pauta de orden para todo aquel que desee tener éxito en la administración de emergencias.

Es responsabilidad del Oficial de Bomberos, entrenarse, ejercitarse y dominar las prácticas seguras que difunde la National Fire Protection Association, NFPA y que son publicadas y desarrolladas por la International Fire Service Training Association, IFSTA de la Universidad de Oklahoma.

La primera reunión preparatoria para modificar la norma FIT-300 PERÚ será en octubre de 1999 y está abierta a todo bombero, oficial, profesional independiente e investigador que desee aportar sugerencias. En general, la construcción de la norma FIT-300 PERÚ, no es ajena al desarrollo civil, voluntario de una sociedad democrática. Así se estima que en Octubre del año 2000 estaría vigente la nueva edición, la que deberá recopilar cambios y mejoras a nivel nacional. Se podrá adelantar la fecha, si el avance de tecnologías y paradigmas cambiaran.

Siendo, la norma una recomendación de la sociedad civil organizada, el Centro no puede asumir, ninguna responsabilidad por daños o perjuicios causados en la interpretación y aplicación libre de sus normas.

CENTRO DE ENTRENAMIENTO DE BOMBEROS PROFESIONALES FIT-PERU

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Capítulo I

De la Línea de Mando, Órdenes y Comunicaciones en Emergencias

Art. 1 Solamente se podrá dar órdenes, estando en el lugar de la emergencia.

Art. 2 Es deber de todo Oficial velar por el estricto cumplimiento del Manual de Procedimiento de Emergencias.

Art. 3 El Comandante de Incidencias, es el bombero de mayor calificación profesional en el lugar de la emergencia y que decide asumir la dirección de las operaciones de emergencias.

Art. 4 El Comandante de incidencias es el responsable del Cuerpo y frente al Cuerpo de todas las maniobras y sus consecuencias.

Art. 5 Es obligación del Oficial al mando constituir, integrar y dirigir el Comando de Incidencias.

Art. 6 Toda emergencia tendrá que contar con un Puesto Comando.

Art. 7 Integran y asesoran el Staff del Comando, los siguientes:

a. Oficial de Seguridad

b. Oficial de Información

c. Oficial de Enlace

Art. 8 El Comandante de Incidencias, podrá delegar funciones y autoridad a sus respectivos Jefes de Sección que integran el Staff General.

Art. 9 El Oficial de línea es el bombero al cual el Comandante de incidencias u otro Oficial del Staff General da la responsabilidad de dirigir o supervisar directamente determinada misión o labor.

Art. 10 El Comandante de Incidencias, podrá nombrar un número indeterminado de Oficiales de línea, según sean sus necesidades. Preferiblemente los Oficiales de Línea serán Oficiales de bomberos o bomberos experimentados.

Art. 11 Es responsabilidad del Comandante de Incidencias y de los de línea, escuchar y seguir todas las recomendaciones que haga la Jefatura de Técnica de su respectiva Jefatura Departamental o Regional y en su ausencia la Dirección General de Operaciones.

Art. 12 En emergencias de Medio y Alto Riesgo, el Comandante de incidencias o el Jefe de la Sección Operaciones designará necesariamente Oficiales de líneas para las siguientes labores:

a. Búsqueda y Rescate

b. Por cada Chorro Contra Incendio o de Protección de Exposiciones

c. Abastecimiento de agua

d. Ventilación

e. Salvamento y Reacondicionamiento

f. Urgencias Médicas

Art. 13 Los bomberos que integren equipos para desarrollar alguna misión o determinada labor reportarán sus inquietudes a su respectivo Oficial de Línea, los mismos que reportaran si lo creen necesario al Comandante de Incidencias o al Jefe de la Sección Operaciones.

Art. 14 Solamente usarán las Comunicaciones, la Central de comunicaciones, el Comandante de Incidencias, los Oficiales del Staff de Comando y del Staff General, y los que éstos asignen.

Art. 15 Es responsabilidad de todo bombero, velar por la inmovilización de cuerpos y/o materiales que pudieran ser evidencia de algún delito.

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Capítulo II

De la Protección Personal del Bombero

Art. 16 El bombero deberá utilizar toda prenda de protección personal que se le haya asignado. Esta debe ser vestida mientras se encuentre en el lugar de la emergencia.

Art. 17 Se entenderá como prenda de protección personal, lo siguiente: Casco, capote/cotona, botas, pantalón,

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