¿En qué escritos deben ofrecerse las pruebas?
Gus TavoTarea6 de Noviembre de 2015
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1.- ¿En qué escritos deben ofrecerse las pruebas?
R= En los escritos de demanda, contestación de demanda o reconvención
2.- ¿Cómo deben ofrecerse las pruebas?
R= Relacionadas con cada uno de los puntos controvertidos declarando el nombre y domicilio de testigos y peritos
3.- ¿Cómo debe ofrecerse la prueba confesional?
R= Presentando el pliego que contenga las posiciones
4.- ¿Qué es el pliego de posiciones?
R= En la lista de posiciones entregándose en sobre
5.- ¿Hasta qué momento procesal puede ofrecerse el pliego de posiciones?
R= Un minuto antes de que se dé la confesional
6.- ¿Cuándo procede la prueba pericial?
R= Cuando sean necesarios conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o industria
7.- ¿Qué requerimiento debe ser expresado para que proceda la prueba pericial?
R= Los puntos sobre los que versara
8.- ¿Qué ocurre si se ofrece una prueba fuera de término?
R= Aseverándolo bajo protesta de decir verdad
9.- ¿Qué es una prueba superviniente?
R= Pruebas que no tienen en su poder o si se encuentran en poder de terceros
10.- ¿Qué requisitos debe revestir una prueba superviniente?
R= Únicamente se admitirán para su desahogo, fuera del término concedido para ello, las pruebas que habiendo sido ofrecidas en tiempo, se hubieren remitido al juzgado con posterioridad al periodo de desahogo de pruebas o que se refieran a hechos supervinientes, o los documentos que se refieran a hechos anteriores, cuando el que los ofrece ignore su existencia
11.- ¿Cómo se ofrece una prueba documental que no se tiene?
R= Aseverándolo bajo protesta de decir verdad
12.- ¿Cómo debe solicitarse la inspección judicial?
R= Por constancias de autos
13.- ¿Cuál es el término para desahogar pruebas?
R= 30 días improrrogables
14.- ¿Cómo puede reducirse el término para desahogar pruebas y en cuanto puede reducirse?
R= Por el Órgano Jurisdiccional, 10 días
15.- ¿Qué es el término extraordinario de pruebas y para qué sirve?
R= cuando las pruebas hubieren de practicarse fuera del estado,
16.- ¿Qué requisitos se necesitan para solicitar término extraordinario de pruebas?
R= 1.- que se solicite durante el ofrecimiento de pruebas. 2.- que se indiquen los nombres y residencias de los testigos que hayan de ser examinados, cuando la prueba sea testimonial y 3.- que se designen, en caso de ser prueba documental, los archivos públicos o particulares donde se hallen los documentos que han de testimoniarse, o presentarse originales.
17.- ¿En cuánto se amplía el término extraordinario de pruebas?
R= El juez, al calificar la admisibilidad de las pruebas, resolverá sobre el término extraordinario
18.- ¿Cuándo comienza a correr el término extraordinario de pruebas?
R= El termino extraordinario correrá desde el día siguiente al auto que califica las pruebas
19.- ¿Cómo puede suspenderse o ampliarse el término ordinario y extraordinario de pruebas?
R= Ni el termino ordinario ni el extraordinario podrán suspenderse ni ampliarse, ni aun por consentimiento común de los interesados. Sólo causas muy graves a juicio del juez, y bajo su responsabilidad, podrán producir la suspensión.
20.- ¿Qué ocurre si una diligencia de prueba se practica fuera del término probatorio?
R= En estos casos el juez, si lo cree conveniente, podrá mandar practicarlas, dando conocimiento de ellas a las partes y señalando al efecto un termino prudente por una sola vez.
21.- ¿Cómo debe citarse la persona que ha de absolver posiciones?
R= El que haya de absolver posiciones será citado personalmente
22.- ¿Hasta qué día puede ser citado el que haya de absolver posiciones?
R= A más tardar el día anterior al señalado para la diligencia
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