Ensayo de aprension flagancia FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
valery montenegro sanchezEnsayo20 de Abril de 2018
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FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
DERECHO PROCESAL PENAL I
ENSAYO
APRENSION EN FLAGANCIA
INTEGRANTE
PROFESOR
JOY TORRES
CURSO
SABATINO
FECHA
22/7/2017
Caso de tentativa de homicidio con premeditación
Todo comienza en un salón de belleza en el área de Betania aloe 2ª local 315; ocurre el viernes 14 de julio de 2017 a las 2:00pm, cuando la joven Erika llega al salón de belleza para realizarse un corte y tinte e cabello, al pasar las horas el dueño del local Henry Carl; le invita un café y se van juntos sin saber lo que ocurriría a joven se marcha con él.
En el camino se desvían hacia la casa de él y la joven al ver que cambian de dirección empieza a discutir con él y resulta que este saca un arma y le apunta impactándola en el hombro derecho esta logra huir; se presenta ante el ministerio público y emite una denuncia por intento de homicidio en contra del señor Henry Clark; viendo las evidencias de los hechos ocurrido en contra de la joven Erika, el ministerio publico emite orden de captura para formular cargos por imputación, los cuales se enmarcan en el artículo 280 del código procesal penales cual Formulación de la imputación. Cuando el Ministerio Público considere que tiene suficientes evidencias para formular imputación contra uno o más individuos, solicitará audiencia ante el Juez de Garantías para tales efectos.
En esta audiencia el Fiscal comunicará oralmente a los investigados que se desarrolla actualmente una investigación en su contra respecto de uno o más delitos determinados. La imputación individualizará al imputado, indicará los hechos relevantes que fundamentan la imputación y enunciará los elementos de conocimiento que la sustentan. A partir de la formulación de imputación hay vinculación formal al proceso. Mientras que el Artículo 281. Efectos. La formulación de imputación producirá los siguientes efectos:
1. La interrupción de la prescripción de la acción penal.
2. Desde esta audiencia comienzan a contarse los plazos previstos en los artículos 291 y 292, que tiene el Ministerio Público para declarar cerrada su investigación y comunicarlo así a las partes. Vencidos estos tendrá un plazo de hasta diez días para acusar o solicitar sobreseimiento.
3. Se abre la posibilidad de aplicar el criterio de oportunidad, de celebrar acuerdos entre el Ministerio Público y la defensa, de suspender condicionalmente el proceso y las formas alternas de resolución del conflicto dispuestas en este Código.
Todas las investigaciones, para llevar un proceso de mayor amplitud y aclarar todo el hecho ocurrido, aquí también se le permite acuerdos entre ministerio público y defensa pero todo en marco legal procesal y sin permitir que la victima de todo esto salga perjudicada o más afectada.
Ahora bien en conclusión personal y por lo que he leído en el código procesal penal en el artículo 280 me deja cada vez más claro que a todo proceso de formulación de la imputación que si el ministerio público tiene todo completo de la investigación que lleve a acabo podrá formular cargos a uno o más imputados y estos a su vez podrán hacer efectos de solicitud con su defensa de petición de acuerdos y estos a su vez solita suspensión condicional de conflicto en base a este código procesal penal, esto quiere decir claramente que si se puede llegar a acuerdos entre las partes implicadas y afectadas en los hechos de investigación, que a las finales esclarecerán más las investigaciones; las formulaciones de imputaciones son parte fundamental de todo tipo de hechos que ocurran a diario en nuestro entorno deben llevar un proceso de investigación bien exhaustivo y claro para que las víctimas de los hechos no se sienta engañados por la justicia.
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