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Ensayo sobre la jurisdicción campesina


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2022  •  Ensayos  •  952 Palabras (4 Páginas)  •  51 Visitas

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FACULTAD DE DERECHO

“Evaluacióc Teórico práctica (Producto Académico 2) - Grupo D”

INTEGRANTES:

  • DIEGO CIRO ARAUCO BEJARANO

  • ANA PAOLA BELU BRANDO PEREZ
  • ROSA ELVIRA ESPINOZA PATRICIO

  • ESTEFANY YOLLY PORRAS ARRIETA
  • LUCIANA NOEMÍ PRIVAT RONDÁN

ASIGNATURA:

ANTROPOLOGÍA Y SOCIOLOGÍA JURÍDICA (NRC -11631)

DIRIGIDO POR

Vannesa Herrera Noriega

Huancayo - Perú - 07-10-2022

CASO :

La comunidad campesina de Quispis dispuso en su estatuto la sanción de destitución de tierras para aquellos integrantes que cometan abigeo. No obstante, resulta que, durante el mes de marzo del 2014, doña Jaulia Taipe Poma, don Alberto Taipe Paucar, doña Juana Paucar Palomino, doña Isabel Taipe Paucar y a don Emilio Mendoza Salazar realizaron abigeo en agravio de 3 miembros de la comunidad de forma reiterativa. Por ello, el 5 de abril del 2014 la Asamblea de la comunidad de Quispis, por unanimidad, decidió "destituir" (expulsar) de la comunidad a las cuatro personas antes señaladas, y revertir sus terrenos a la comunidad para que sean administrados directamente por ella. Asimismo, ordenó el retiro de sus animales, quitándoles definitivamente sus derechos de comuneros. Además, dejó constancia que dichas personas salieron en buen estado de salud.

Ante tal hecho, los expulsados recurrieron al Poder Judicial a interponer una demanda de amparo, señalando que la sanción impuesta no está contenida en ninguna norma estatal, y que, por tanto, es una medida arbitraria y abusiva.

PREGUNTAS:

1.-El presente caso cuenta con los requisitos que debe presentar toda jurisdicción comunal en Perú? Explique

En grupo llegamos a la conclusión que la comunidad campesina de Quispis, al estar reconocida cuenta con los requisitos de jurisdicción comunal. En primer lugar, el cumplir con poseer autoridades comunales para ejercer la jurisdicción y tomar decisiones administrativas se evidencia en “La asamblea de la comunidad de Quispis” la cual se encarga de la toma de decisiones en estos ámbitos, y en este caso, la sanción a los involucrados doña Jaulia Taipe Pomadoña Jaulia, Taipe Poma, don Alberto Taipe Paucar, doña Juana Paucar Palomino, doña Isabel Taipe Paucar y a don Emilio Mendoza Salazar. Por otro lado, la facultad de competencia para resolver el conflicto jurídico que ocurra en su territorio, de conformidad con su desarrollo histórico-cultural, su derecho consuetudinario y, en general, su particular sistema normativo es válido ya que, como se muestra el conflicto está localizado en el territorio de la comunidad y las sanciones son dadas base a normas consuetudinarias, es decir, su costumbre rige las penas para cada delito, y en este contexto, el abigeato. También se cuenta con un procedimiento que permite una mínima garantía de los derechos fundamentales de los procesados y los agraviados, debido a que al destituir a estas personas, se cumple con las normas propias de comunidad sin vulnerar su persona.

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