Es toda ley que permite salvaguardar a la ley fundamental de los actos arbitrarios de algún órgano de gobierno, mediante un acto jurídico que restaura el estado de derecho de manera coercitiva.
Antheuss2015Ensayo15 de Marzo de 2017
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TEMA I INTRODUCCIÓN boy en la 34
1. Diga el concepto de defensa de la Constitución.
Es toda ley que permite salvaguardar a la ley fundamental de los actos arbitrarios de algún órgano de gobierno, mediante un acto jurídico que restaura el estado de derecho de manera coercitiva.
2. Establezca los principales sistemas de defensa de la Constitución.
- Según la naturaleza del órgano
- Según el alcance de las decisiones
3. Atendiendo a la naturaleza del órgano como se clasifican las protecciones no defensas de la Constitución.
* Actos carentes de Control Constitucional
- Declaración de que ha lugar o proceder o no ha lugar a proceder por responsabilidad penal de funcionarios con inmunidad. (Art. 111 Constitucional).
- Sentencias de la cámara de senadores por responsabilidad penal del presidente de la república. (Art. 111 Constitucional).
- Incompetencia de origen. (Art. 16 Constitucional)
- Resoluciones de la cámara de diputados y la cámara de senadores en juicios políticos. (Art. 100 Constitucional).
- Decisiones del consejo de la judicatura federal (Art. 100 Constitucional).
- Resoluciones dictadas en los juicios de amparo, controversias constitucionales, acción de inconstitucionalidad o en ejecución de las mismas. (Arts. 73 Fracc. II de la Ley de Amparo y 19 Fracc. II de la Ley Reglamentaria del Articulo 105 Constitucional).
- Actos de la suprema corte de justicia de la nación. (Arts. 73 Fracc. I de la Ley de Amparo y 19 Fracc. I de la Ley reglamentaria del Articulo 105 Constitucional).
- Actos del tribunal electoral (Art. 99 Constitucional).
4. En relación al alcance de sus decisiones como se clasifican la defensas Constitucionales.
- Vías jurisdiccionales
- Vías parajurisdiccionales
5. ¿Qué es una vía jurisdiccional?
Son los instrumentos jurídicos procesales destinados a restaurar el orden constitucional.
6. Mencione los 4 medios de protección o defensa de la Constitución contemplados en la Carta Magna.
- El juicio de amparo.
- Las controversias constitucionales.
- Acciones de inconstitucionalidad.
- Facultad de investigacion.
7. ¿Qué es una vía parajurisdiccional?
Son aquellos procedimientos o actuaciones de autoridad, no jurisdiccional, encaminados a velar por el orden constitucional.
8. Diga las principales vías parajurisdiccionales que marca la Constitución
- El autocontrol constitucional
- El control inductivo de la constitucionalidad
9. ¿En qué Título de la Constitución se encuentran las Garantías Individuales?
En el titulo primero.
10. De una definición de garantía individual
Es el derecho básico de todo individuo que esta protegido por la constitución.
11. Diga, ¿Cuáles son las Garantías de Igualdad?
Son las que establece la constitución en sus artículos del 1ro. Al 4to.
- Todos gozaran de garantías
- Esta prohibida la esclavitud
- Todos tiene derecho a la educación
- Igualdad de derechos sin distinción de sexos.
12. ¿Qué es una Garantía de libertad?
Es aquella que da facultad a la persona de elegir lo que considera mejor para si mismo.
13. ¿Qué son las Garantías de Seguridad?
Son las que establecen los derechos y principios de protección del gobernado; y están contempladas en los artículos 14 al 19 de la constitución.
14. ¿Cómo se clasifican según la doctrina las Garantías Individuales?
- Garantías de seguridad jurídica
- Garantías de igualdad
- Garantías de libertad
- Garantías de propiedad
TEMA II ANÁLISIS DEL ARTÍCULO 103 DE LA CONSTITUCIÓN
1. Mencione, ¿Qué es un Tribunal Federal?
El TFJFA es un tribunal administrativo e independiente dotado de plena autonomía para resolver en forma imparcial, completa y oportuna las controversias que se presenten entre los particulares y las autoridades administrativas. Para mantener un sano equilibrio entre gobernantes y gobernados, el tribunal cumple con los requisitos de legalidad, justicia administrativa, seguridad jurídica.
2. En materia de Amparo, ¿Qué Tribunales son competentes para resolver los conflictos sobre violaciones a la Constitución?
Suprema Corte de Justicia de la Nación Art. 105 de la Constitución
3. A qué Tribunales se refiere el Artículo 103 de la Carta Magna
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
TITULO TERCERO
CAPITULO IV DEL PODER JUDICIAL
ARTICULO 103. LOS TRIBUNALES DE LA FEDERACION RESOLVERAN TODA CONTROVERSIA QUE SE SUSCITE
I. POR NORMAS GENERALES, ACTOS U OMISIONES DE LA AUTORIDAD QUE VIOLEN LOS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS Y LAS GARANTIAS OTORGADAS PARA SU PROTECCION POR ESTA CONSTITUCION, ASI COMO POR LOS TRATADOS INTERNACIONALES DE LOS QUE EL ESTADO MEXICANO SEA PARTE;
II. POR NORMAS GENERALES O ACTOS DE LA AUTORIDAD FEDERAL QUE VULNEREN O RESTRINJAN LA SOBERANIA DE LOS ESTADOS O LA ESFERA DE COMPETENCIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y
III. POR NORMAS GENERALES O ACTOS DE LAS AUTORIDADES DE LOS ESTADOS O DEL DISTRITO FEDERAL QUE INVADAN LA ESFERA DE COMPETENCIA DE LA AUTORIDAD FEDERAL.
(REFORMADO EL ARTÍCULO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 6 DE JUNIO DE 2011)
4. ¿Qué es un Tribunal Colegiado de Circuito?
Son los tribunales federales integrados por 3 Magistrados. En su trabajo son apoyados por un secretario de acuerdos, secretario proyectista, actuarios, y otros empleados. Uno de los Magistrados funge como presidente y es elegido por los Magistrados del propio tribunal. Dura un año en su cargo, sin que pueda reelegirse para el siguiente. El presidente del Tribunal Colegiado de Circuito representa al tribunal, distribuye los asuntos entre los Magistrados y dirige los debates que se presentan a la hora de resolver los juicios, además de que firma las resoluciones del tribunal, con el Magistrado ponente y el secretario de acuerdos.
5. ¿Qué es un Tribunal Unitario de Circuito?
Los Tribunales Colegiados de Circuito se componen de 3 magistrados, uno de los cuales es su presidente. Además cuentan con un secretario de acuerdos y del número de secretarios, actuarios y empleados que determina el presupuesto. Pueden estar especializados en una materia (penal, administrativa, civil o mercantil, y laboral) o conocer de todas ellas.
6. ¿Qué es la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es el máximo tribunal de México y cabeza del Poder Judicial de la Federación. Le corresponde defender el orden establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mantener el equilibrio entre los diversos poderes y órganos de gobierno, y solucionar, de modo definitivo, asuntos judiciales de gran relevancia social, a través de las resoluciones jurisdiccionales que dicta. Por lo anterior, y al tratarse del principal y más alto tribunal de naturaleza constitucional, no existe órgano ni autoridad que se encuentre por sobre ella o recurso judicial que pueda interponerse en contra de sus decisiones.
La Suprema Corte está conformada por once ministros, uno de ellos designado "Ministro Presidente". El actual Ministro Presidente de la Suprema Corte es Juan N. Silva Meza electo el 3 de enero de 2011 para un periodo que abarcará hasta el 31 de diciembre de 2014.
7. ¿Qué es un Juez de Distrito?
Un juez de Distrito: que es la autoridad pública que sirve en un tribunal de justicia y que se encuentra investido de la potestad jurisdiccional. También se caracteriza como la persona que resuelve una controversia o que decide el destino de un imputado, tomando en cuenta las evidencias o pruebas presentadas en un juicio, administrando justicia.
8. ¿Qué se entiende por Acto de Autoridad?
Es un hecho intencional, voluntario, positivo o negativo, emitido por un órgano del Estado, de hecho (facto) o de derecho (iure), con facultades de decisión o de ejecución, o de ambas, que produzca afectación en situaciones generales y abstractas (se denomina ley) o en situaciones particulares y concretas (se denomina acto de autoridad en sentido estricto), caracterizado por ser imperativo, unilateral y coercitivo.
9. Diga, ¿Qué es un Acto Positivo?
Esto se traduce en la decisión o ejecución de un hacer, es decir de un actuar por parte de las autoridades, voluntario y efectivo, que impone a los particulares ciertas obligaciones.
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