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Estatutos de la Sociedad


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2012  •  1.031 Palabras (5 Páginas)  •  479 Visitas

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C A P I T U L O IX - - - - - - - - - - - - - - -

- - - - - - -- - - - - - - DISPOSICIONES GENERALES - - - - - - - -

CUADRAGÉSIMA.- Las cláusulas de esta escritura constituyen los Estatutos de la Sociedad de acuerdo con la parte final del Artículo 6o. Sexto de la Ley General de Sociedades Mercantiles.

CUADRAGÉSIMA PRIMERA.- Para todo lo no previsto en esta escritura se estará a lo que prescribe la Ley General de Sociedades Mercantiles y demás aplicables a la materia. - - - - - -

- - - - - - - - - - - - - - - - T R A N S I T O R I O S - - - - - -- - - - - - - -

ÚNICO.- Los socios fundadores constituidos en este acto en primera Asamblea General Ordinaria de accionistas tomaron por unanimidad de votos los siguientes acuerdos:- - - - - - - - - - - - -

1.- Deciden que la sociedad sea administrada por un Administrador Único designándose para tal cargo al señor

David Almeida Zavala a quien se le confieren las facultades establecidas en la cláusula 16a. Décima Sexta de estos estatutos. - - - - - - - - - -- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

2. Se designa Comisario a Luisa Paulina Canales Jurado

3. Asimismo se le otorgan al señor Marcela Ramos Almeida la facultad de Subgerente, así como Jorge Aragón Cano es el gerente Brenda Rebeca Palma Jurado es la directora. A diferencia del administrador único, el presidente de la empresa es José Miguel Pérez Carrillo. - - - - - - - - - - - - - -

4. Las personas anteriormente mencionadas otorgan a satisfacción de la sociedad la garantía a que se refiere la cláusula Décima-cuarta de esta escritura. - - - - - - - - - - - - - - - - -

5. Las facultades, poderes o mandatos conferidos en la presente escritura se encuentran otorgados en los términos del Artículo 2554 dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Distrito Federal y en su correlativo el Artículo 2453 dos mil cuatrocientos cincuenta y tres del Código Civil del Estado de Chihuahua supletorios en materia mercantil, que a la letra dicen: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -

"ARTICULO 2554.- En todos los poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que se otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley para que se entiendan conferidos sin limitación alguna. En los poderes generales para administrar bienes bastará expresar que se dan con ese carácter para que el apoderado tenga todas las facultades administrativas. En los poderes generales para ejercer actos de dominio bastará que se den con ese carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos, cuando se quieran limitar, en los tres casos antes mencionados, las facultades de los apoderados, se consignaran las limitaciones o los poderes serán especiales. Los Notarios

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