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Estructura constitucional.

Minelly MartinezTrabajo12 de Marzo de 2016

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ESTRUCTURA INSTITUCIONAL

Teniendo en cuenta que la evolución socio cultural ha institucionalizado democracias parlamentarias en los países donde ha enraizado la sociedad civilizada (entendida como aquella en donde se respetan los derechos individuales a la vida, a la libertad, a la propiedad y a la igualdad ante la ley), conviene plantearse qué factores determinan el desarrollo económico y las libertades políticas.

Observando el marco socio cultural de una nación, el economista Douglass North distingue 3 factores que determinan el grado de evolución institucional y el camino de crecimiento o estancamiento que toma una nación:

1. Teoría de la propiedad y la libertad de empresa

En los años 60, el economista Ronald Coase incorporó el análisis de las instituciones al estudio de la economía. Se analizaron las organizaciones humanas, constatando la importancia del respeto institucional por la propiedad privada y la libertad de empresa, ambos vitales para el surgimiento de la estructura de derechos y de la seguridad jurídica necesarias para configurar un sistema de incentivos que impulse el progreso de su población.

2. Teoría del Estado

Al igual que se realizó con la empresa, desde la Nueva Economía Institucional (NEI), también se analizó el Estado como organización, explicando su existencia como institución con capacidad para reducir los costes de defensa de las propiedades de los ciudadanos dentro de un territorio, evitando tanto la anarquía bajo la violencia de mafias, organizaciones terroristas o señores de la guerra como la opresión liberticida por un país con ansias expansionistas.

2.1. Costes de Transacción

A lo largo de la historia, se puede constatar que el Estado ha garantizado la defensa exterior, la seguridad interior y la justicia, con menor o mayor fortuna, pero con evidentes costes internos adicionales a los propios derivados de su papel institucional, que la NEI denomina costes de transacción del Estado para referirse a los derivados de los problemas en la administración pública de recursos.

Entre esos costes de transacción se incluyen, por ejemplo, la falta de transparencia y de control derivadas de la separación entre los administradores (que, en esta institución son los gobernantes) y los accionistas (que, en este caso, son los ciudadanos), la mala asignación de recursos si existe corrupción de altos cargos políticos, la baja productividad debido a la burocracia, o la disminución en la eficiencia económica en función del tamaño de la organización (Administraciones Públicas) y del aumento de su masa laboral (funcionarios) y, en general, el comportamiento público estudiado en términos de intereses individuales por la escuela de la elección pública (Public Choice).

2.2. Estructura institucional y reformas escalonadas

Sin embargo, esos costes de transacción del Estado pueden ser reducidos con mejoras institucionales como un sistema judicial independiente que garantice el Estado de Derecho, la minimización del tamaño del Estado, la vertebración territorial, la elección directa de autoridades, la declaración patrimonial y auditorias de cargos públicos, o las barreras de control ciudadano sobre las decisiones políticas trascendentales para el futuro de un país.

Ahora bien, aunque el crecimiento económico se produzca con un marco jurídico que respete los derechos de propiedad y el cumplimiento de los contratos, desgraciadamente, no siempre viene acompañado de un desarrollo de las libertades políticas o de una democracia en donde exista separación “real” de poderes y los ciudadanos elijan “directamente” sus autoridades políticas y judiciales.

3. Teoría de la ideología

Si analizamos el marco socio cultural de los diferentes países, podemos observar una cierta “inercia ideológica” que es determinante en el camino de crecimiento o estancamiento que toma una nación y que es extremadamente difícil de cambiar.

De ahí que los regímenes liberticidas (dirigidos por dictadores, partidos únicos de una clase dirigente de partidos alternándose en el poder sin que nada varíe sustancialmente) y, en menor medida, las democracias deficientemente evolucionadas presten una especial atención a la ideología, a la propaganda y a la memoria colectiva de la población.

La ideología no tiene por qué basarse en verdades, simplemente, se repiten conceptos (verdaderos o no) cientos de veces, una y otra vez, desde la mayoría de los medios de masas, hasta que la población queda sumergida en un torrente de ideas colectivistas; que permiten votar los programas liberticidas de los dirigentes y apoyar decisiones políticas intervencionistas, sin un mínimo de crítica imparcial por parte de la mayoría de los ciudadanos.

Son síntomas claros de una mala estructura institucional:

  • La escasa o nula independencia judicial,
  • La invasión "política" de las instituciones,
  • La perpetuación de los cargos públicos y altos cargos,
  • El aumento del tamaño del Estado,
  • El aumento del nº de funcionarios,
  • El aumento de los casos de prevaricación o de corrupción tramitados por los tribunales,
  • La carencia de barreras de control que permitan a los ciudadanos impedir el crecimiento del tamaño del Estado, del número de funcionarios, de los impuestos o del endeudamiento,
  • La falta de herramientas democráticas que eviten la desprotección de los derechos individuales (vida, libertad, propiedad, igualdad ante la ley), las múltiples barreras comerciales en contra de la libre competencia y, en general, el intervencionismo generalizado del Estado.

Organismo Judicial de Guatemala

El Organismo Judicial (OJ) es uno de los organismos del Estado, el cual ejerce el poder judicial en la República de Guatemala y en ejercicio de la soberanía delegada por el pueblo, imparte justicia conforme la Constitución Política de la República de Guatemala y los valores y normas del ordenamiento jurídico del país.

El Organismo Judicial está organizado de acuerdo a la Ley del Organismo Judicial, en la cual establece su división en dos grandes áreas que son: Área Jurisdiccional y Área Administrativa. El órgano supremo es la Corte Suprema de Justicia. Su sede se encuentra en el Palacio de Justicia y Torre de Tribunales en la Zona 1 de la Ciudad de Guatemala. El actual Presidente del Organismo Judicial es el Dr. Josué Felipe Baquiax Baquiax, Magistrado Vocal VI.

El Organismo Judicial actualmente está conformado por alrededor 619 tribunales, distribuyéndose de la siguiente manera: La Corte Suprema de Justicia, 30 salas de la Corte de Apelaciones, 218 juzgados de Primera Instancia y 370 juzgados de Paz.

La justicia se imparte de conformidad con la Constitución de la República y las leyes nacionales. Por ello, corresponde a los tribunales de justicia la potestad de juzgar y promover la ejecución de los juzgados. Los otros organismos del Estado deben prestar a los tribunales el auxilio que requieran para el cumplimiento de sus resoluciones.

Los magistrados y jueces son independientes en el ejercicio de sus funciones y únicamente están sujetos a la Constitución de la República y a las leyes. A quienes atenten contra la independencia del Organismo Judicial, además de imponérseles las penas fijadas por el Código Penal, se les inhabilitará para ejercer cualquier cargo público.

La función jurisdiccional es ejercida, con exclusividad absoluta, por la Corte Suprema de Justicia, Corte de Apelaciones y otros tribunales colegiados, Juzgados de Primera Instancia y Juzgados de Paz.

Ninguna otra autoridad puede intervenir en la administración de justicia.

Funciones

Para cumplir sus objetivos, el Organismo Judicial no está sujeto a subordinación alguna, de ningún organismo o autoridad, sólo a la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes. Tiene funciones jurisdiccionales y administrativas, las que deben desempeñarse con total independencia de cualquier otra autoridad:

Las funciones jurisdiccionales del Organismo Judicial corresponden fundamentalmente a la Corte Suprema de Justicia y a los demás tribunales que a ella están subordinados en virtud de las reglas de competencia por razón del grado.

Las funciones administrativas del Organismo Judicial corresponden a la presidencia de dicho Organismo y a las direcciones y dependencias administrativas subordinadas a dicha presidencia.

Las funciones de los órganos que integran el Organismo Judicial les son conferidas por la Constitución Política de la República de Guatemala, las leyes y los reglamentos.

Garantías

Se instituyen como garantías del Organismo Judicial, según el artículo 208 de la Constitución, las siguientes:

La independencia funcional;

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