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Estudio Carrera

12 de Mayo de 2015

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LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE DURANGO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY GENERAL DEL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE, 84 DE LA LEY DE EDUCACIÓN DEL ESTADO Y 24 FRACCIÓN X, DEL REGLAMENTO DE LAS CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO DEL PERSONAL DE LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN PÚBLICA:

C O N V O C A

AL PERSONAL CON FUNCIONES DOCENTES, TÉCNICO DOCENTES, DE DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN, ASÍ COMO DE APOYO Y ASISTENCIA A LA EDUCACIÓN, QUE DESEE PARTICIPAR EN EL PROGRAMA DE CAMBIOS DE ADSCRIPCIÓN, CICLO ESCOLAR 2015-2016, DE CONFORMIDAD CON LAS SIGUIENTES:

B A S E S

1) PARTICIPANTES

A) Podrá participar el personal que ostente nombramiento definitivo y el de nuevo ingreso asignado con efectos del 16 de agosto de 2014.

2) REQUISITOS

A) Encontrarse en servicio activo al momento de solicitar el cambio de adscripción y hasta la conclusión del programa; por lo tanto, no deberá disfrutar de licencia de ningún tipo, excepto por enfermedad temporal o gravidez.

B) Contar con al menos un año de servicio ininterrumpido durante un ciclo escolar, desempeñando funciones Docentes, Técnico Docente, de Dirección o Supervisión.

C) No haber obtenido cambio de adscripción posterior al 16 de agosto de 2014 salvo los procesos de cambios tardíos no imputables al trabajador en el ciclo escolar 2014-2015.

D) Llenar e imprimir su solicitud de cambio de adscripción vía electrónica a través del Portal de la Secretaría de Educación www.educacion.durango.gob.mx u obtenerla en la oficina del Sistema Estatal de Información Educativa ubicada en calle Manuel Estebané número 209 “A” Planta Alta (frente a las oficinas Centrales de la Secretaría), en esta Ciudad, así como en las siguientes sedes: La Dirección de Servicios Educativos de la Subsecretaría de Educación en la Región Laguna, sito en Boulevard San Antonio esquina con calle San Marcos s/n, Fraccionamiento San Antonio en Gómez Palacio, Dgo.; en las Oficinas Regionales de Administración Educativa (ORAE’S), ubicadas en: el kilómetro 80 carretera Durango-Mezquital, frente a la Secundaria Técnica número 28 en el Mezquital, Dgo.; en el Domicilio Conocido del Ejido La Victoria, en el Salto Pueblo Nuevo Dgo.; en Calle General Ramiro Rodríguez Palafox de la Colonia Altamira, en Santiago Papasquiaro, Dgo.; en Avenida Juárez No. 5 Zona Centro, en Santa María del Oro, Dgo.; en Avenida Reforma Agraria s/n, de Rodeo, Dgo.; en calle 5 de febrero s/n de la Colonia J. Guadalupe Rodríguez, en Vicente Guerrero; en Calzada José Ramón Valdez s/n, en Guadalupe Victoria, Dgo.; en las Oficinas Municipales de Administración Educativa (OMAE’S), ubicada en: Avenida Centenario s/n Norte de Cuencamé, Dgo,; en Calle Melchor Ocampo s/n, Colonia Centro en Nazas, Dgo.; en Avenida Chiapas esquina con Calle Fresno s/n en Tlahualilo, Dgo.; en Boulevard Guadalupe Victoria s/n, Zona Centro en Tamazula, Dgo.; en Álvaro Obregón s/n, Zona Centro en Simón Bolívar, Dgo.; en Avenida 18 de marzo No. 103, Colonia Las Magdalenas en Otáez, Dgo.; en Calle Juárez No. 57 en Canelas, Dgo.; en Calle Aviación s/n en Topia, Dgo.; en Calle Predio Arroyo No. 406, Fraccionamiento Real Victoria 1 de Tayoltita, Municipio de San Dimas, Dgo; en Avenida Soledad Álvarez s/n en Canatlán, Dgo.; en Calzada Pino Suarez No. 215, en Francisco I. Madero, Dgo.; en Calzada Yerbaniz s/n, en Peñón Blanco, Dgo.; en Domicilio Conocido de Huazamota, Municipio de Mezquital, Dgo.; en Colonia Magisterial No. 406, de San Miguel de Cruces, Dgo.; en Avenida Carlos Real No. 5 en Coneto de Comonfort, Dgo.; en Calle Allende s/n, en San Juan del Rio, Dgo.; en Independencia s/n Villa Hidalgo, Dgo.; en Domicilio Conocido, de Indé, Dgo,; en Constitución s/n, de Villa Ocampo, Dgo.; en Domicilio Conocido de Guanaceví, Dgo.; en Isabela la Católica No. 703, en Nuevo Ideal, Dgo.; en Francisco Villa s/n, Colonia la Cruz, en Tepehuanes, Dgo.; en Independencia s/n, en Nombre de Dios, Dgo.; en Carretera Villa Unión–Cieneguilla, de Villa Unión, Dgo. y en Domicilio Conocido, en Súchil, Dgo.

E) Es importante requisitar la solicitud en todos los campos que se detallan y anotar como máximo dos lugares a los que desee obtener su cambio, mismos que serán considerados en el orden que los registre; con respecto a los niveles de preescolar y primaria federalizados, especificará la zona a la que pretenda obtener su cambio y si solicita al interior de la zona, no se señalará lugar alguno, pues esto se hará por separado, en la forma y fecha establecida en el punto 6 de la presente convocatoria.

F) La solicitud acompañada de los documentos correspondientes, deberá presentarse en el Sistema Estatal de Información Educativa o en las sedes señaladas en el inciso D, del numeral 2 según corresponda, quien las revisará, y de reunir los requisitos establecidos en la presente convocatoria, otorgará el registro correspondiente.

3) REGLAS

A) Los cambios de adscripción que se autoricen, se realizarán en el mismo nivel educativo, tipo de servicio, modalidad, subsistema o especialidad en el cual preste sus servicios el trabajador; para los Docentes y Técnicos Docentes que se desempeñen por hora-semana-mes, se aprobarán en la asignatura, tecnología o taller de que se trate, con el mismo número de horas.

B) Los cambios de adscripción que se autoricen para el personal de Apoyo y Asistencia a la Educación se realizarán con el mismo puesto, categoría o función que ostenta el trabajador, debiéndose considerar la función en la estructura ocupacional y de las necesidades del servicio.

C) Al personal que realiza funciones de Docente, Técnico Docente, de Dirección y Supervisión, así como de Apoyo y Asistencia a la Educación, que se les autorice un cambio de adscripción y cuenten con el nivel de Carrera Magisterial o Administrativa, Compensación de Fortalecimiento Curricular o de otro Sistema de Promoción, el movimiento se realizará en las mismas condiciones.

D) Al personal que realiza funciones de Docente, Técnico Docente y de Dirección, que ostente doble plaza de jornada, se autorizará su movimiento al lugar que solicitó, sólo en el caso de existir compatibilidad de empleo y las condiciones de disponibilidad de espacio para ello.

E) Todos los cambios de adscripción que se autoricen, se sujetarán a lo establecido en la presente convocatoria y a los Lineamientos para el Proceso ordenado de Cambios de Adscripción, acordados y expedidos por la Secretaría de Educación del Estado, mismos que se ponen a disposición de los interesados, desde el 27 de marzo de 2015 en el Sistema Estatal de Información Educativa y en el Portal de la Secretaria de Educación www.educacion.durango.gob.mx.

F) La documentación que avala el registro, deberá ser entregada personalmente por el interesado únicamente en las fechas que se señalan en el numeral 6 de esta Convocatoria.

4) DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

A) Solicitud en original y copia

B) Documentación debidamente validada por la autoridad educativa (original y dos copias) que acredite: 1) Para participantes Docentes, Técnico Docente, de Dirección y Supervisión: Estudios de Educación Básica o Licenciatura, Estudios Terminados de Maestría o Doctorado, Titulo de Maestría o Doctorado; 2) Para personal de Apoyo y Asistencia a la Educación: Estudios de Primaria, Secundaria o Comercio, Preparatoria, pasante de Licenciatura y Licenciatura; 3) Para todos los interesados: hasta diez estudios de Diplomado, autorizados por la Unidad de Formación Continua y hasta 8 cursos impartidos por la Secretaría de Educación, incluyendo los del Centro de Capacitación y Desarrollo (CECADE) y en el Centro de Capacitación y Trabajo Industrial (CECATI) en el caso del Personal de Apoyo y Asistencia, obtenidos y cursados durante los últimos diez años anteriores a la presente convocatoria; la Especialidad o Certificación, debidamente validada por la autoridad educativa.

C) Constancia de antigüedad en la categoría que ostenta, expedida por la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría de Educación en la ciudad de Durango, la Subsecretaría de Educación en la Región Laguna o las Oficinas Regionales Administrativas de Educación (ORAE’S) en el Estado.

D) Copia del último oficio de adscripción al Centro de Trabajo donde presta sus servicios, emitido por el nivel educativo o en su caso constancia expedida por el personal con funciones de Dirección o Supervisión según corresponda, que incluya: la Categoría, Función y Antigüedad en el Centro de Trabajo.

5) GENERALES

A) Los cambios de adscripción se llevarán a cabo solo una vez al año, al término de cada ciclo escolar, en estricto apego a lo establecido en el artículo 61 de la Ley General del Servicio Profesional Docente, salvo aquellos casos que lo ameriten

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