Eutanasia
Enviado por ldanip • 12 de Octubre de 2015 • Ensayo • 1.565 Palabras (7 Páginas) • 117 Visitas
Homicidio por piedad: Eutanasia
(Sentencia_c-239_de_1997)
Morir de manera adecuada. Todos alguna vez en nuestra vida seguramente nos detuvimos a pensar en nuestro futuro, en nuestro presente, en lo que somos o lo que buscamos. Alguna vez pensamos en nuestra muerte.
Si bien existe la idea generalizada de que es algo indeseable (como si nacer fuera una opción) siempre se comenta en los pasillos de los edificios la mejor manera de hacerlo; ¿ahogado, quemado o asfixiado? Es la típica pregunta de salón de clase, ó bien, de noviazgo que cursa la fantasía irónica de un infinite love. Alguna vez hablamos de ello, alguna vez lo tuvimos presente, tanto así que todo el tiempo está detrás de nuestras acciones, esperando que cometamos un error para darnos un abrazo ocurrente y llevarnos al vacío de lo desconocido, de lo indeseado, de lo que no encontramos información en el internet.
Aún así, la vida es el derecho fundamental que más se “protege” en nuestro planeta, en Colombia casi que estamos acostumbrados al miedo de morir que se respira en el aire. Si muere un individuo ó si ocurre una tragedia de cientos de ellos se diferencian únicamente a nivel de estadística en el periódico local ó en los noticieros que dominan el mercado televisivo; después de un par de semanas solo lo recuerdan las familias involucradas, a no ser de que los implicados pertenecieran a la petulante y roñosa clase política, o bien, a algún grupo guerrillero. De cualquier manera “El que matare a otro por piedad, para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave o incurable, incurrirá en prisión de seis meses a tres años[1]” de acuerdo al código penal de nuestro país. Hay quienes no están de acuerdo con estas circunstancias.
Como la eutanasia se compone de palabras griegas que traducen “buen morir”[2], se infiere directamente que la situación en la que se encuentra el afectado que va a ser expuesto al proceso de acelerar su muerte por medio de este veneno se entiende como diferente a la de bienestar, por lo que la constitución misma estaría eligiendo ciudadanos que tienen un valor de vida diferente. Aún así, si alguien la utiliza como recurso de sanación para personas en estado vegetativo bajo su consentimiento, es un criminal.
¿Cómo juzga la constitución política de Colombia a ciudadanos homicidas por piedad?
Asumiendo vagamente que los pensamientos de otras personas tienen que ser iguales a los de sus inexplicables prejuicios, el demandante José Eurípides Parra indica que “La norma olvida que no toda persona que tenga deficiencias en su salud tiene un deseo vehemente de acabar con su vida, al contrario, las personas quieren completar su obra por pequeña o grande que ella sea”[3] casi asegurando que el artículo 326 del decreto 100 de 1980[4] es una mentira social nunca antes controvertida. Si bien la vida de muchos individuos en nuestro país (cuando digo muchas me refiero tal vez al 99%) no es una obra de arte, aún siendo un derecho, no es una obligación. Si mi memoria no falla, en ningún momento apuntaron a mi cabeza con un fusil de asalto amenazando mi existencia con frases como “’¡nace, o de lo contrario toda tu familia corre peligro!”. Además, ¿Hay alguna forma física de penalizar a un muerto?
Aún cuando en el supuesto de hecho se alega que la ley es inexequible puesto que “deja al arbitrio del médico o del particular la decisión de terminar con la vida de aquéllos a quienes se considere un obstáculo” se compara la situación con los expuestos renglones más abajo, donde se llama al estado “fascista” y se compara la situación del código penal con la época hitleriana. Simplemente ridículo.
Presentado por la corte en el articulo, se sustenta de manera acertada que, por mucho poder que tengan los sistemas democráticos de los países, estos nunca tendrán la posibilidad de oponerse a la decisión de un ser humano que se encuentra en su territorio a disponer de su vida[5], que es única y exclusiva de su poseer; a no ser, claro está, que se practique el canibalismo ó la esclavitud que hasta donde sabemos, ninguna isla muestra señas de tribus que aún practiquen estas costumbres de las cavernas.
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