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Evolucion De Las Nomenclaturas


Enviado por   •  3 de Junio de 2013  •  3.090 Palabras (13 Páginas)  •  338 Visitas

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¿QUE ES LA NOMENCLATURA INTERNACIONAL?

Es un conjunto de reglas que se utilizan para nombrar todas aquellas combinaciones que se dan entre los elementos y los compuestos químicos. Actualmente la IUPAC (Unión Internacional de Química Pura y Aplicada, por sus siglas en inglés) es la máxima autoridad en nomenclatura, la cual se encarga de establecer las reglas correspondientes.

La Nomenclatura Internacional, tiene por finalidad la aplicación de gravámenes y otros fines básicamente de orden fiscal. Se orientan a poder localizar más fácilmente determinada posición, para establecer más rápido la relación entre gravámenes y los productos objetos del comercio internacional

EVOLUCIÓN DE LAS NOMENCLATURAS

Es tan remoto como el intercambio. Una de las mayores preocupaciones de los Estados es establecer una clasificación de mercancías que cumpla con las siguientes características:

• Abarque todas las mercancías.

• A cada mercadería le corresponda un solo "tipo" impositivo.

• De fácil utilización.

• Que permita efectuar fácilmente los estudios de tipo económico y estadístico que fueran necesarios.

La Sociedad de las Naciones, constituida al término de la Iª Guerra Mundial, formalizó el Convenio de Simplificación de Formalidades Aduaneras (SFA). Este comité de técnicos de aduana, operando desde 1927, establece la primera Nomenclatura Uniforme Aduanera. Todos los trabajos que fueron emprendiéndose dieron como resultado la Nomenclatura de Ginebra de 1931, la que, revisada y perfeccionada con notas y textos explicativos, constituyó la Nomenclatura de Ginebra de 1937.

Muchos países la adoptaron para la regulación de las operaciones comerciales y aduaneras, pero con una adaptación anárquica, introduciendo subdivisiones

e interpretaciones diversas. Por lo que perdió la uniformidad perseguida.

En 1948, una vez formado el GATT, se da impulso a una nueva nomenclatura, la Nomenclatura del Consejo de Cooperación Aduanera (NCCA, Bruselas, 1950). Esta Nomenclatura estaba estructurada piramidalmente, en base a:

1. Cuatro reglas de interpretación que fijan los principios fundamentales a seguir en materia de clasificación, logrando uniformidad y seguridad en la clasificación.

2. Veintiuna secciones (de I a XXI), con notas legales.

3. Noventa y nueve capítulos (del 01 al 99), también con notas legales y en algunos casos subdivididos en sub capítulos.

4. Mil ciento seis (1106) partidas obligatorias, que indican todas las materias o productos que integran el tráfico internacional. Estas partidas se consignan en números arábigos (del 01 al 99) por cada capítulo.

LA NOMENCLATURA TIENE DOS ZONAS:

1. Los primeros 83 capítulos, donde se clasifica teniendo en cuenta la materia constitutiva, que a su vez se puede subdividir en:

• Productos naturales, incluso después de haber sido sometidos a manipulaciones que no les haya desvirtuado el carácter de producto natural (secciones I a VII).

• Productos naturales después de haber sido sometidos a procesos que les hubieren desvirtuado el carácter de producto natural (secciones VIII a XV).

Se sigue la ordenación natural de los tres (3) reinos: animal, vegetal y mineral.

2. Capítulos 84 a 99, donde las mercancías están clasificadas según la función. Se ha seguido también un orden progresivo (comenzando por los de "utilización básica": las máquinas; y concluyendo con los de "uso general": bienes de consumo).

NOTAS LEGALES.

Forman parte de la nomenclatura, figurando a continuación del Título o Epígrafe de las secciones y capítulos. Se pueden clasificar en:

• Clasificatoria: por ejemplo, cuando una mercancía puede clasificarse en dos o más partidas, establece la forma de determinar la adecuada.

• Definitoria: establece el significado de un concepto.

• Ampliatoria: extiende el alcance del título a conceptos no mencionados en el mismo.

• Restrictiva: limita el alcance del capítulo o sección.

OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES

DEL CONSEJO DE COOPERACIÓN ADUANERA.

• Debe establecer su arancel de aduana conforme a la nomenclatura, sin perjuicio de las adaptaciones de forma indispensables para dar efectividad a la misma respecto de su legislación nacional.

• En lo que se refiere al arancel de aduana, se compromete a:

1. No omitir ninguna de las partidas de la nomenclatura, ni añadir otras nuevas, ni modificar los números de las partidas

2. No introducir en las notas de secciones o capítulos ningún cambio susceptible de modificar el alcance de las secciones, capítulos o partidas.

3. Insertar en la nomenclatura las Reglas Generales para la interpretación.

EVOLUCIÓN DE LAS NOMENCLATURAS

Inicialmente cada país para controlar el ingreso de los productos extranjeros así como de la salida de artículos nacionales, tuvo que realizar listados de mercancías, mostrando un ordenamiento conforme a sus necesidades.

Estas Nomenclaturas o listados de mercancías tenían propósitos Arancelarios así como algunos otros eran de tipo estadísticos, la diferencia era la utilización, aplicación y su estructura en la elaboración.

Una Nomenclatura Arancelaria o Aduanera está concebida para ser utilizada como un documento que acompaña los derechos de Aduanas formando el Arancel, generalmente es muy simple y práctico en su manejo, ya que el propósito es establecer rápidamente la relación entre la mercancía y los derechos a pagar o cobrar, estas se elaboran tomando como base elemental la naturaleza de las mercancías y el uso para lo cual han sido concebidas.

Una Nomenclatura Estadística es estructurada para facilitar el análisis económico, agrupando las mercancías, generalmente en tres (3) grandes categorías, materias primas,

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