Fase Ejecutiva
SIMON63330 de Marzo de 2014
783 Palabras (4 Páginas)2.610 Visitas
FASE EJECUTIVA
Se entiende por sentencia ejecutoria, el hecho de que las resoluciones judiciales adquieran firmeza, es decir, no sean ya susceptibles de ningún recurso y produzcan todos sus efectos, entre los cuales, tratándose de sentencias definitivas, el más importante es que tengan tránsito a cosa juzgada. Fuera de constituir una necesidad social para que las providencias judiciales sean firmes, a fin de que se obtenga una situación de certeza, la ejecutoria es una de las aplicaciones del principio de eventualidad o preclusión, mediante el cual, el proceso se divide en secciones, se desarrolla por etapas y es menester, en vía de método, que el paso de un estadio a otro clausure el anterior, quedando los actos procesales ya cumplidos sin posibilidad de volver sobre ellos, pues de lo contrario podrían repetirse y el proceso no lograría progreso alguno.
¿Cuándo se produce la ejecución de una sentencia?
La ejecución de sentencia se produce cuando la resolución ha quedado firme ya sea consentida o ejecutoriada, es decir que existe cosa Juzgada o acto procesal que se homologue como tal, el cual puede hacerse cumplir indefectiblemente con el auxilio de la fuerza pública, su petición es al juez o a la sala Superior que conoció el proceso.
La resolución judicial a ejecutarse puede ser una Sentencia, auto de conciliación o transacción estos dos últimos debidamente aprobados por el Juez, demás debe haber quedado consentida o ejecutoriada.
¿Cómo se produce la ejecución de una sentencia?
Mediante la DEMANDA de Ejecución de Resolución Judicial
¿Qué es una sentencia consentida?
Es el acto procesal de abstención u omisión, de las partes justiciables, es el derecho de no impugnar o contradecir a la sentencia en el plazo que tenían para hacerlo, dejar pasar el plazo por estar conformes con la Resolución final.
El fundamento, lo encontramos en que la sentencia, esta prolada o arreglada conforme a ley, no está incursa en errores de hecho o de derecho, no existe agravio, desproporción para ninguna de las partes, mas al contrario ha sido dictada en forma equitativa y justa.
¿Qué es una sentencia ejecutoriada?
Es el estado de un proceso, que significa que las partes justiciables, han hecho valer o ejecutado su derecho de la doble instancia o impugnación, es decir han interpuesto Recurso de Apelación o Casación por Salto, Casación y ha sido materia de pronunciamiento o resuelto por el Órgano Superior en grado en sus diferentes alternativas...
El fundamento lo encontramos en que la sentencia dictada está incursa en errores de hecho o de derecho, existe agravio que perjudica a una o ambas partes.
¿La Ejecución de Sentencia es obligatoria o a petición de parte?
La Ejecución de Sentencia es a petición de parte mediante un nuevo proceso que el C.P.C. denominado EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES JUDICIALES, sea procesos de derechos de naturaleza patrimonial o extrapatrimonial.
Consideramos que puede ejecutarse una sentencia interponiendo nueva demanda siempre en cuando la petición o el derecho discutido sean de naturaleza patrimonial, apreciable en dinero o económicamente.
La Ejecución de una Sentencia, es de oficio u obligatoria, cuando el derecho materia de litis es de naturaleza EXTRAPATRIMONIAL.
IMPORTANTE: Existen sentencias que no es necesario ejecutar, p.e. Se demandó una demanda de Nulidad de Acto Jurídico (Nulidad de una escritura pública de compra-venta), ésta en la sentencia es declarada INFUNDADA y las partes dejan consentir dicha resolución, entonces la escritura pública de compra-venta queda con todos sus efectos tal como lo tenía al inicio de la demanda.
FUNDAMENTO DE LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIA
El fundamento radica en que las sentencias fundadas, positivas sean estas (declarativas o constitutivas, o de condena)
...