ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Formalidades Del Despido.


Enviado por   •  18 de Junio de 2013  •  395 Palabras (2 Páginas)  •  471 Visitas

Página 1 de 2

formalidades del despido.

Comunicación escrita del despido, personalmente o por carta certificada al domicilio señalado en el contrato expresando la causal y los hechos en que se basa. Esta comunicación debe entregarse o enviarse dentro de los tres días hábiles siguientes al despido si fuera por caso fortuito o fuerza mayor el empleador tiene 6 días hábiles para la comunicación

La comunicación de despido deberá enviarse copia a la inspección del trabajo en el mismo plazo que al trabajador. Esta institución tendrá un registro de las comunicaciones y estará actualizado con los avisos recibidos en los últimos 30 días

Cuando la causal es necesidades de la empresa debe comunicarse con 30 días de anticipación. No se solicitara esta anticipación cuando el empleador pague al trabajador una indemnización en dinero equivalente a la última remuneración que sustituirá al aviso previo, en este caso la comunicación deberá incorporar el monto total a pagar

Para despedir a un trabajador el empleador deberá informar el estado de las cotizaciones previsionales hasta el último día del mes anterior al despido adjuntando los respectivos comprobantes. Si el empleador no ha pagado estas cotizaciones al momento del despido, este quedara sin efecto

El empleador podrá ratificar el despido pagando las imposiciones adeudadas del trabajador , lo que deberá comunicar a este por medio de carta certificada con los respectivos comprobantes del pago

El empleador deberá pagar las remuneraciones y prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el periodo entre la fecha de despido y la fecha de entrega de la documentación que acredita el pago de las imposiciones al trabajador

Los errores o olvidos que se produzcan que no tengan relación con el pago de las imposiciones no invalidan la terminación del contrato

La inspección del trabajo está facultada para exigir al empleador la acreditación del pago de imposiciones al momento del despido, así como también está facultada para exigir el pago de las cotizaciones impagas, las infracciones por esto son multas desde 2 a 20 UTM

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (2.2 Kb)  
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com