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Formato contestacion de demanda incidental


Enviado por   •  2 de Enero de 2018  •  Apuntes  •  1.646 Palabras (7 Páginas)  •  1.238 Visitas

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C.JUEZ SEGUNDO

DE PRIMERA INSTANCIA.

PRESENTE

c.xxxxxxxxxxxxxxxx, mexicana, mayor de edad por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de citas y notificaciones el Despacho Jurídico Ubicado en la calle xxxxxxxxxxxxxxxxxxx, Veracruz; y autorizando para que las reciban a mi nombre y representación a los CC. Licenciados xxxxxxxxxxxxxxxxxxx; Ante Usted, con el debido respeto comparezco y expongo:

Que por medio del presente escrito y en tiempo y forma vengo AD CAUTELAM a dar contestación a la calumniosa, temeraria e infundada demanda Incidental, promovida en mi contra, por mi señor padre xxxxxxxxxxxxxxxxxx, lo cual efectuó en los siguientes términos:

En primer término, se advierte a este H. Juzgado, que se interpone INCIDENTE DE INCOMPETENCIA POR RAZON DE MATERIA, con fundamento en la CIRCULAR NO. 31 LA CUAL YA FUE GIRADA A ESTE H. JUZGADO., DE FECHA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS SIGNADO POR EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE VERACRUZ, DETERMINO QUE A PARTIR DEL VEINTIDOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIES CAMBIAR LA DENOMINACION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS PRIMERO, SEGUNDO Y MIXTO MENORES DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, PARA CONSTITUIRSE EN LOS JUZGADOS OCTAVO, DECIMO Y DECIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADO EN MATERIA FAMILIAR Y QUE LOS ASUNTOS QUE ACTUALMENTE CONOCEN LOS JUZGADOS SEGUNDO, CUARTO Y SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, QUE SE REFIERE A LA MATERIA FAMILIAR. SERAN REMITIDOS LOS DE ESTE JUZGADO AL OCTAVO. LOS DEL CUARTO AL DECIMO SEGUNDO Y LOS DEL SEXTO AL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA ESPECIALIZADO EN DICHA MATERIA.

PRUEBA DOCUMENTAL PUBLICA: Consistente en impresión digital deducida de la gaceta oficial del órgano de gobierno del estado de Veracruz de Ignacio de la llave, bajo el Tomo CXCIV, con fecha del jueves 22 de diciembre del 2016 en Xalapa-Enriquez, ver., Gaceta Núm. 509, folio 1511, así mismo se ofrece el perfeccionamiento de la prueba para que se haga su cotejo o compulsa con la original y/o que pueda ser visualizada por el medio electrónico correspondiente, de la cual pertenece a la página oficial http://www.editoraveracruz.gob.mx/gacetaOficial.php, http://187.157.136.23/siga/doc_gaceta.php?id=435 .

Una vez manifestado lo anterior se da contestación como sigue:

PRESTACIONES

A la prestación marcada bajo el inciso A y B se responde en sentido negativo por ser falsos y tendenciosos los hechos en que se funda por lo que niego la procedencia de las prestaciones que me reclama y opongo desde ahora LAS EXCEPCIONES DE FALTA DE ACCIÓN Y DE DERECHO y demás defensas que se deriven de la contestación que doy a cada uno de los hechos que la integran siguiendo el orden propuesto por la actora y en los siguientes términos:

HECHOS

1.- Es cierto que el actor es mi padre.

2.-Es parcialmente falso, lo único cierto es lo referente a el juicio de alimentos radico bajo el expediente xxxxxxx., en cuanto a la situación si está activo o jubilado el actor que desempeña en la empresa xxxxxxxxxxxxxxxxxx de esta ciudad de xxxxxxxx no me consta por no ser un hecho propio de mi persona, DEBIENDO PROBAR EL ACTOR INCIDENTISTA SU DICHO.

3.-Es falso que la hoy demanda trabaje como lo menciona el actor al cual le corresponde la carga de la prueba, al mismo tiempo manifiesto que no he terminado mis estudios, por lo cual la suscrita manifiesto que necesito los alimentos como lo menciona el artículo 239 de código civil del estado de Veracruz, los alimentos comprenden la comida, el vestido, la habitación y la asistencia en casos de ENFERMEDAD, siendo esta última en la cual me encuentre ya que me he venido realizando estudios médicos y me detectaron POLIQUISTOSIS OVARICA BILATERAL, mismo que compruebo con los estudios que se anexan, a lo cual necesito estar en tratamiento para mi pronta recuperación.

La demanda incidentista en diversas ocasiones ha metido solicitudes a trabajos, pero no ha logrado nada hasta el momento, toda vez que la suscrita padece de POLIQUISTOSIS OVARICA BILATERAL e impide a la suscrita laborar en su totalidad, por lo que no me he podido emplear, es por tal motivo me veo imposibilitada para sufragar mis gastos personales incluyendo los de mi titulación ya que representan un gasto mayor y por más que le pido el apoyo a mi padre se niega a dármelo, la búsqueda de empleo le consta a los CC.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. Por lo cual manifiesto, no han cambiado mis circunstancias de la necesidad de alimentos, permitiéndome transcribir la siguiente jurisprudencia:

160846. I.3o.C.986 C (9a.). Tribunales Colegiados de Circuito. Décima Época. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Libro I, octubre de 2011, Pág. 1645.

INCIDENTE DE REDUCCIÓN O CANCELACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA.

REGLAS PARA SU PROCEDENCIA CUANDO SE ALEGA CAMBIO DE

CIRCUNSTANCIAS. De conformidad con el artículo 320 del Código Civil para el Distrito Federal, la

Obligación de dar alimentos se suspenderá o cesará, entre otros, cuando el acreedor alimentista deje de necesitarlos. Entonces, uno de los elementos de la acción ejercida, lo constituye el que el pago de los alimentos no sea necesario para el acreedor alimentista, por cualquier circunstancia. En ese orden, cuando el actor funde su acción en la afirmación consistente en que la demandada ya no necesita

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