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Formulacion de acusacion


Enviado por   •  1 de Mayo de 2020  •  Prácticas o problemas  •  1.171 Palabras (5 Páginas)  •  145 Visitas

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Carpeta de investigación: CI-FCI/ACI/UI-2/D/00066/02-2020

Delito: delitos contra la salud ,lesiones, portación de arma de fuego

Asunto: Formulación de acusación.

C. Juez de control primero del tribunal superior de justicia de la ciudad de México.

Licenciado Raúl Sereno Herrera, agente del ministerio público adscrito a la fiscalía central, con número de gafete, 20 50 12,con domicilio para oír y recibir notificaciones brevemente desahogado ante presente tribunal, para exponer:

Por haber terminado la fase de investigación complementaria, con fundamento en el artículo 335 del código nacional de procedimientos penales, acusó a: Giovanni José Cruz, Edwin Moreno Guzmán, Óscar Gil Hernández, Diana Isabel Torres Hernández, por los hechos señalados en el auto de vinculación a proceso quienes se encuentran bajo la medida cautelar pri mente solicitada, por lo que de la manera clara preciso:

1.- Acusados:

Giovanni José Cruz 30 años de edad

Edwin Moreno Guzmán 35 años de edad

Óscar Gil Hernández 39 años de edad

Diana Isabel Torres Hernández 29 años de edad

2.- Defensa

Defensor; licenciado Raúl sereno Herrera, con número de cédula 08 9087,con domicilio para oír y recibir notificaciones del ya citado en la audiencia inicial y debidamente registrado en este honorable centro de justicia.

3.- hechos

Siendo las 15:52 horas del día 20 de febrero del año 2020, los hoy acusados se encontraban sobre la calle Emiliano Zapata sobre la acera poniente son identificados por los agentes de policía el hoy imputado Edwin Moreno Guzmán quién es su mano derecha portaba una bolsa de plástico transparente cuyo interior se observan bolsas de plástico con una sustancia blanca que de acuerdo a los peritajes coincide con la sustancia química clorhidrato de cocaína, la cual la pasa a las manos del hoy imputado Giovanni José Cruz que me recibe con su mano derecha y se las entrega al hoy imputado Óscar Gil Hernández quien la recibe con su mano derecha y éste le entrega varios billetes con su mano izquierda. a un costado se encontraba la hoy imputada Diana Isabel Torres Hernández quien en su mano traía una bolsa de plástico transparente en cuyo interior contiene vegetal verde seco con las características de marihuana la cual ha sido confirmada mediante los peritajes realizados a dicha sustancia quién volteaba a todos lados con una actitud sospechosa, los hoy imputados al percatarse de la presencia de los oficiales emprendieron la huida siendo capturados simultáneamente por dichos oficiales, quedando en custodia los hoy acusados asi como los vehiculos que de los cuales ejercian la posesion, tambien las sustancias narcoticas las cuales se encontraban comercializando.

4.- Modalidades del delito.

Delitos: delitos contra la salud, portación de arma de fuego.

5.- Clasificación jurídica de los hechos deliciosos

Artículo 193 código penal federal que a la letra dice en su primer párrafo.

"Se considera narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determine la ley general de salud,los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalan los demás disposiciones legales aplicables en la materia".

Artículo 194 del código penal federal que a la letra dice en sus siguientes fracciones:

"I.- produzca transporte trafique comercio suministre aún gratuitamente o prescriba algunos de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a qué se refiere la ley general de salud.

para efectos de esta fracción por producir se entiende manufacturar fabricar elaborar preparar acondicionar algún narcótico y comerciar vender adquirir o enajenar algún narcótico."

"III.- aporte recursos económicos o de cualquier especie o colaborar de cualquier manera al financiamiento supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de alguno de los delitos que se refiere este capítulo"

Artículo 160.- A quien porte, fabrique, importe o acopie sin un fin lícito instrumentos que sólo puedan

ser utilizados para agredir y que no tengan aplicación en actividades laborales o recreativas, se le

impondrá prisión de tres meses a tres años o de 180 a 360 días multa y decomiso

Artículo 162.- Se aplicará de seis meses a tres años de prisión o de 180 a 360 días multa y decomiso:

I.- Al que importe, fabrique o venda las armas enumeradas en el artículo 160; o las regale o trafique

con ellas;

II.- Al que ponga a la venta pistolas o revólveres, careciendo del permiso necesario;

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