La Formulación De Una Acusación Exactamente Determinada Y 2. Las Formas De Interrogación Y Demás Actos De Instrucción.
elchino2829 de Noviembre de 2012
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACÓN UNIVERSITARIA
ALDEA EZEQUIEL ZAMORA
MATERIA: DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS PROCESALES
VIII SEMESTRE FINES SEMANA
1. La Formulación de una Acusación exactamente determinada y 2. Las Formas de Interrogación y demás actos de Instrucción.
Profesora: Autores:
Nelly Echezuría Jackeline Hernandez
V-9761223
José García
V- 12.252.861
Néstor Ramos
V- 13609230
Eli Lerma
V- 15560361
Juana Aguilar
V- 11.836.502
Ángel Balagay
V- 5.526974
Mérida Moreno
V- 3804298
Cúa, 05 de Noviembre de 2011.
ÍNDICE
Introducción
Índice
Las Formas de Interrogación
Actos de Instrucción.
Definición.- Interrogatorio
De la declaración del imputado
Del Interrogatorio
La Formulación de una Acusación exactamente determinada
Definición.- Acusación
La acusación hasta la finalización de la fase preliminar
Conclusión
Bibliografía
INTRODUCCIÓN
El interrogatorio en el Derecho procesal, es la serie o catalogo de preguntas que se hacen a las partes y los testigos para probar o averiguar la verdad de los hechos. Los Códigos Procesales regulan las formulas de proceder a los interrogatorios que varían mucho en las diversas legislaciones
En la Fase Preparatoria las formas de interrogación serán dadas por el Fiscal del Ministerio Público y los especialistas.
Declaración del imputado, el imputado declarará durante la investigación ante el funcionario del Ministerio Público encargado de ella.
Se abre el interrogatorio inicial, el fiscal cita a la parte victimaria, siempre y cuando la víctima quiera seguir con el proceso (víctima y victimario).
Actos de instrucción: Estos actos se denominan actos procesales y están causados casi exclusivamente por las partes y el órgano jurisdiccional.
Clases de actos procesales:
Criterio subjetivo y funcional.
Actos de parte
Actos de petición
Actos de alegaciones
Actos de prueba
Actos de conclusión
Actos procesales del juez:
Resolución gubernamental
Resolución jurisdiccional
Providencias
Autos y Sentencias
Por su finalidad:
Actos del secretario judicial.
La formulación de una acusación exactamente determinada:
Definición.- acusación Según, Manuel Osorio (2000). Define, En general se entiende por acusación, la que se ejercita ante el juez o tribunal de sentencia, contra la persona que en el sumario aparece como presunta culpable.
Acusación: “Art. 326.C.O.P.P. Cuando el Ministerio Público estime que la investigación proporciona fundamento serio para el enjuiciamiento público del imputado o imputada, presentará la acusación ante el tribunal de control.”
LAS FORMAS DE INTERROGACIÓN.
DEFINICIÓN.- INTERROGATORIO
Según, Manuel Osorio (2000). En Derecho procesal, la serie o catalogo de preguntas que se hacen a las partes y los testigos para probar o averiguar la verdad de los hechos. Los Códigos Procesales regulan las formulas de proceder a los interrogatorios que varían mucho en las diversas legislaciones.
Según el Autor (2011). En la Fase Preparatoria las formas de interrogación serán dadas por el Fiscal del Ministerio Público y los especialistas, veamos el C.O.P.P donde establece la declaración del imputado, concatenado con el Art. 49 Num. 5 de la Carta Magna (en adelante CRBV), posteriormente el Art. 125 Num. 6 C.O.P.P. de los derechos del imputado. Y por ultimo el Art. 356 C.O.P.P del Interrogatorio y sus formas.
Análisis: Según el Autor (2011). Dice, Indudablemente que si es flagrancia no se presentara por su propia voluntad, pero si lo hará cuando la parte interesada quiere aclarar la situación anormal en la que se encuentra como imputado, en este caso el que denuncia o la victima comparece ante la fiscalía que corresponda y darán cita para que se presente el imputado (véase el Art. 130 C.O.P.P), Aunque halla sido denunciado y este en un proceso como imputado, es obligatorio que se tomen en cuenta, los derechos constitucionales para el imputado y así se hace, cita: Art. 49 CRBV Num. 2 y 5 “Ninguna persona podrá ser obligada a confesarse culpable o declarar contra sí misma, su conyugue, concubino, concubina, o pariente dentro de cuatro grado de consanguinidad y segundo de afinidad”. Se garantiza el derecho de inocencia Art 8 C.O.P.P. y el Art. 125 del derecho del Imputado Num. 6 cita “presentarse directamente ante el Juez o jueza, con el fin de prestar declaración.” 2 “es inocente hasta que no se pruebe lo contrario”.
Sección Segunda
De la declaración del imputado
Art. 130 C.O.P.P. Oportunidades. El imputado declarará durante la investigación ante el funcionario del Ministerio Público encargado de ella, cuando comparezca espontáneamente y así lo pida, o cuando sea citado por el Ministerio Público.
Si el imputado ha sido aprehendido, se notificará inmediatamente al juez de control para que declare ante él, a más tardar en el plazo de doce horas a contar desde su aprehensión; este plazo se prorrogará por otro tanto, cuando el imputado lo solicite para nombrar defensor.
Análisis: Según el Autor (2011). Durante la etapa intermedia, el imputado declarará si lo solicita y la declaración será recibida en la audiencia preliminar por el juez.
En el juicio oral, declarará en la oportunidad y formas previstas por este Código.
El imputado tendrá derecho de abstenerse de declarar como también a declarar cuantas veces quiera, siempre que su declaración sea pertinente y no aparezca sólo como una medida dilatoria en el proceso.
En todo caso, la declaración del imputado será nula si no la hace en presencia de su defensor.
Del Interrogatorio;
Según, El Autor (2011). Se abre el interrogatorio inicial, el fiscal cita a la parte victimaria, siempre y cuando la victima quiera seguir con el proceso (victima y victimario) posteriormente, al denotarse la posibilidad de un hecho punible, se abre la investigación y pasa a los especialistas, estos buscaran la verdad, las pruebas, e interrogaran a los testigos, y a las partes, (los especialistas son criminólogos, criminalísticos, psicólogos, psiquiatras, medico forense, y demás especialidades en los departamentos de inteligencia, según sea el caso etc.). Una vez que el trabajo de los especialistas en la investigación como antes hemos dicho, que son interrogatorios, y otros elementos que sirven de pruebas halla terminado, pasan a manos del Fiscal, el fiscal dependiendo de esas pruebas pasa el caso a la fase siguiente “Fase Intermedia” es decir; a la audiencia premilitar (véase Art. 327 C.O.P.P.). El Juez cita a las partes, testigos, especialistas, y hace el interrogatorio que esta establecido en el Art. 356.
“Artículo 356 C.O.P.P. Interrogatorio. Después de juramentar e interrogar al experto o testigo sobre su identidad personal y las circunstancias generales para apreciar su informe o declaración, el juez presidente le concederá la palabra para que indique lo que sabe acerca del hecho propuesto como objeto de prueba.
Al finalizar el relato, permitirá el interrogatorio directo. Iniciará quien lo propuso, continuarán las otras partes, en el orden que el juez presidente considere conveniente, y se procurará que la defensa interrogue de último.
Luego, el tribunal podrá interrogar al experto o al testigo.
El juez presidente moderará el interrogatorio y evitará que el declarante conteste preguntas capciosas, sugestivas o impertinentes, procurará que el interrogatorio se conduzca sin presiones indebidas y sin ofender la dignidad de las personas. Las partes podrán solicitar la revocación de las decisiones al juez presidente cuando limiten el interrogatorio, u objetar las preguntas que se formulen.
Los expertos y testigos expresarán la razón de sus informaciones y el origen de su conocimiento.”
ACTOS DE INSTRUCCIÓN
Estos actos se denominan actos procesales y están causados casi exclusivamente por las partes y el órgano jurisdiccional.
a) Clases de actos procesales.-
Existen dos criterios diferentes de clasificación:
1º) Criterio subjetivo: atiende a la persona que produce el acto.
2º) Criterio funcional: atiende fundamentalmente a la finalidad del acto.
1º) Según el criterio subjetivo se pueden diferenciar tres grandes grupos de actos procesales:
I) Actos de parte
1º) Actos de petición: la acción de las partes procesales es una petición que se desarrolla en el proceso a través de peticiones. En este sentido la petición más
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