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Fuentes Del Derecho


Enviado por   •  16 de Julio de 2014  •  2.169 Palabras (9 Páginas)  •  170 Visitas

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Republica Bolivariana De Venezuela.

Universidad Bicentenaria de Aragua.

Facultad de Ciencias Políticas y Jurídicas.

Escuela de Derecho.

Fuentes del Derecho y

Normas Jurídicas

Integrantes:

Darwin Perdomo 26.133.037

Jesús Rojas 23.920.283

Wilmar González 26.095.558

Génesis Quintero 25.349.739

Sección: J

Junio de 2014

Fuentes Del Derecho

El término “fuente” surge de una metáfora, pues en sentido amplio sirvió para designar al “lugar donde brota el agua de la tierra” y aplicando este vocablo al estudio jurídico de la norma se puede preguntar: ¿De donde surge el derecho?, es decir, de donde surge los actos, normas, procesos jurídicos, las que conjunto conforman el derecho. Cuando se habla de fuentes del derecho, se hace referencia a todas aquellas reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los habitantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o nace.

Se considera como fuentes del derecho: La Constitución Política, la ley, el tratado internacional, el decreto con fuerza de ley, el decreto ley, el reglamento, la ordenanza, la instrucción, la jurisprudencia, la costumbre y la doctrina jurídica.

Las fuentes del Derecho generalmente se clasifican en: fuentes Reales, fuentes formales y fuentes históricas…

Fuentes Reales:

Se denominan fuentes reales o materiales a todos los fenómenos naturaleza y sociales que dan origen a la norma jurídica, y que determinan el contenido de la misma; tales fenómenos son: el medio geográfico, el clima, las riquezas naturales, las ideas políticas, morales, religiosas y jurídicas del pueblo, etc. También puede decirse que las fuentes materiales son los factores históricos, políticos, sociales, económicos, culturales, éticos, religiosos que influyen en la creación de la norma jurídica.

Fuentes Formales:

Son todos los procesos de creación de las normas jurídicas, que dan origen al derecho y a la configuración del mismo. Estas son las más importantes ya que son las normas positivas de cualquier tipo que pueda ser invocada por un organismo, con fundamento de validez de la norma que crea así, es legislador invoca con fundamento de la Ley a la constitución, el juez a la Ley como fundamento de su sentencia, entonces la fuente formal seria una norma superior donde se fundamenta, la validez de la norma que se crea.

Las fuentes formales pueden clasificarse en “Directas e Indirectas”

Fuentes Directas:

a) El estado o la forma de estado.

b) La constitución.

c) leyes.

d) la costumbre.

Fuentes Indirectas:

a) Los principios generales del derecho.

b) La Jurisprudencia.

c) La Doctrina.

El Estado:

Es una organización social constituida por un grupo de individuos establecidos sobre un territorio determinado y sujetos a la autoridad de un mismo gobierno. Este esta conformado por una población, territorio y gobierno.

La Constitución:

Esta conformada por un conjunto de normas que establece la estructura política, territorial y organización del estado, acordada por la sociedad de una nación con la finalidad de garantizar la convivencia social.

Las Leyes:

Se puede definir “leyes” como las normas dictadas por la autoridad competente, con las debidas formalidades, de carácter común, justa, estable y suficientemente promulgada.

Las Costumbre:

Desde el punto de vista jurídico llamamos costumbre a la norma de conducta nacida de la reiterada y constante práctica social, y considerada como obligatoria por la comunidad.

La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral, al orden público y que resulte probada.

La costumbre ha de ser alegada y aprobada por parte de quien la invoque ante los tribunales, puesto que éstos no están obligados a conocerla.

Los Principios generales del Derecho

Son aquellas ideas y fundamentos que, sin estar escritos, constituyen la base del ordenamiento jurídico e inspiran la elaboración de las leyes.

En el Código Civil se dice: “Los principios generales del Derecho se aplicarán en defecto de ley o de costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.

Los principios generales del Derecho actúan en una doble vertiente; por un lado, actúan cuando no existe ley o costumbre aplicables, por otro, permiten un recto entendimiento de las normas mediante elementos de ética, equidad, lógica y sentido de la realidad y de la justicia.

La Jurisprudencia:

Se denomina Jurisprudencia a los criterios que de modo reiterado manifiesta el Tribunal Supremo en sus sentencias. El Código Civil establece que “complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que de modo reiterado establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del Derecho”.

Para que exista Jurisprudencia no basta con una única sentencia sino que son necesarias reiteradas resoluciones de idéntica índole dictadas por el Tribunal Supremo.

La Jurisprudencia del Tribunal Supremo sirve como pauta de interpretación en las actuaciones de los jueces y tribunales inferiores que, en sus sentencias, se cuidarán de no contradecir las sentencias del más alto tribunal, ya que, de no hacerlo así, el particular insatisfecho podría interponer

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