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Funciones Consulares


Enviado por   •  29 de Enero de 2015  •  1.265 Palabras (6 Páginas)  •  617 Visitas

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Funciones consulares: Características y clasificación.

A diferencia de lo que ocurre con las funciones diplomáticas es complicado determinar cuáles son, en concreto, las funciones consulares pues ningún texto internacional las define como precisión. Las razones que explican esta dificultad para delimitar las funciones consulares son:

• Carácter históricamente cambiante de las funciones consulares.

• Las funciones consulares tienen una naturaleza distinta en unos y otros países.

En función de las necesidades de cada momento histórico, las funciones consulares han ido modificando la índole y alcance de sus funciones, adquiriendo unas y perdiendo otras. Junto a esta dificultad está el hecho de que la naturaleza de la función esencial, entendida ésta como el intento de continuar la administración de un estado más allá de sus fronteras como consecuencia de la necesidad que tiene esté de ejercitar determinados derechos y de cumplir ciertas obligaciones, en relación con sus súbditos extranjeros extranjero, determinan que en cada caso sea el estado quien, según sus criterios, decida la forma en que se concretan las funciones consulares. En este sentido el convenio de Viena de 1963 recoge la idea básica de que el cónsul puede desarrollar todas las funciones que le asigna estado que lo nombra, siempre y cuando el país en el que actúe no se oponga expresamente al ejercicio de dichas funciones.

Estos son los inconvenientes que impiden definir las funciones consulares; pese a esto, existe un amplio acuerdo en cuanto a que la función consular tiene como objetivo esencial proteger los intereses de los súbditos del estado en el extranjero prestándoles la asistencia que puedan necesitar. Junto a ello hay que decir que la función consular asegura a la continuación de la acción de la administración del país mediante el ejercicio de funciones tales como notariales, de registro civil, administrativas, etcétera. A su vez la función consular incluye el ejercicio a nivel local de funciones comerciales y culturales.

Características generales de la función consular:

• Son múltiples y extremadamente variadas. El titular de las relaciones consulares (cónsul) es el equivalente al jefe de policía, notario, encargado de registro civil, capitán de puerto, etcétera, todo al mismo tiempo.

• La función consular se ejerce ante las autoridades locales de un estado, a diferencia de la función diplomática que se ejerce ante las autoridades centrales del estado.

• A través de las funciones consulares dos ordenamientos jurídicos (Estados enviante y receptor) vienen a encontrarse y coordinarse entre si y en su aplicación concreta respecto a individuos que pertenecen por su nacionalidad a estado enviante pero que, al tiempo, se han convertido en "súbditos temporales" de estado receptor.

• Tienden a renovarse y extenderse continuamente, debido principalmente al creciente desarrollo del comercio jurídico internacional y a la intensificación de la la cooperación entre Estados en sus relaciones sociales y administrativas.

• Estas funciones no podrían desarrollarse si las autoridades del estado receptor no ofrecieran a los órganos consulares del estado enviante su debida cooperación (artículo 28 convenio de Viena).

Clasificación de las funciones consulares: el artículo 5 del convenio de Viena asigna gran número de funciones pero sin clasificarlas. Nosotros seguiremos la clasificación del profesor Maresca. Para este la gran variedad de funciones hace necesario que deban ser clasificadas tomando en cuenta su naturaleza intrínseca. Así se habla de:

1.- Funciones políticas:

• Funciones para el desarrollo de la amistad entre el estado enviante y el estado receptor. El cónsul es un instrumento de promoción de la amistad entre ambos Estados (artículo 5. B).

• Promover el desarrollo de todo tipo de relaciones entre estado enviante y el estado receptor (económicas, culturales, científicas, etcétera).

• Defensa de los intereses del estado enviante. Esta noción de tutela de los intereses generales del estado es inherente a la noción misma de consumo, en tanto que se trata de un

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