Fundamentacion De Las Relaciones Publicas
joseramonramirez15 de Noviembre de 2013
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Bolivariana de Venezuela. Misión Sucre.
Aldea Bolivariana la Victoria. Palmira. Municipio Guasimos. Estado Tachira.
FUNDAMENTOS DE LA REGULACION
PÚBLICA EN LA RELACION PRIVADA.
Ramírez José Ramón CI: 9.123.094
Materia:
Cuarto Semestre de estudios jurídicos.
Palmira, Septiembre del 2012.
Aplicación y Eficacia.
Eficacia deberá ajustarse al marco normativo aplicable y su validez será una garantía del orden público que busca satisfacer con la aplicación del mismo, el cual exige al orden Público que su acción sea efectiva, constituyendo un principio general que debe concretarse en toda la regulación jurídica de la organización y acción del Estado. Comprende pues, el funcionamiento de los órganos e Instituciones del estado, ajustados a políticas, estrategias, metas y objetivos que se establezcan en los respectivos planes y compromisos de gestión, así como a las actividades, evaluaciones y control del desempeño institucional y de los resultados alcanzados.
sin embargo,conviene recordar que la necesaria eficacia del estado no puede desligarse de los principios fundamentales del Estado de Derecho, no pudiéndose justificar actuaciones que prescindan de los límites formales, procesales y materiales señalados por el ordenamiento jurídico.
La eficacia
Se refiere al seguimiento o acatamiento de la norma. Una norma es eficaz si la población la cumple, con independencia de si la percibe como justa o válida, e ineficaz si es ampliamente desobedecida. Por ejemplo, la prohibición de aparcar en doble fila suele ser percibida por todo el mundo como algo justo, y es desde luego una prohibición válida.
Legitimidad en el campo del Derecho Civil de las Relaciones Privadas.
La legitimidad consiste en el consentimiento que recibe el poder del pueblo, tanto en el origen como en el transcurso del ejercicio de su mandato.
La Legitimidad es el concepto jurídico que, en contraposición a la autoridad, representa la capacidad de ser obedecido sin recurrir a la coacción.
La legitimidad, es un término utilizado en la Teoría del Derecho, en la Ciencia Política y en Filosofía que define la cualidad de ser conforme a un mandato legal, a la justicia, a la razón o a cualquier otro mandato cierto.[1] El proceso mediante el cual una persona obtiene legitimidad se denomina legitimación.
En Ciencia Política es el concepto con el que se enjuicia la capacidad de un poder para obtener obediencia sin necesidad de recurrir a la coacción que supone al amenaza de la fuerza, de tal forma que un Estado es legítimo si existe un consenso entre los miembros de la comunidad política para aceptar la autoridad vigente. En este sentido el término tiene sus orígenes en el derecho privado sucesorio y aparece vinculado a la política en relación con la restauración monárquica tras la Revolución Francesa.
Legitimidad en términos jurídicos
Cuando una norma jurídica es obedecida sin que medie el recurso al monopolio de la ley. Los requisitos que ha de cumplir una norma jurídica para ser legítima son tres: validez, justicia, y eficacia. Esta legitimidad se subdivide en dos legitimidad formal y material. La formal se entiende como el correcto proceder de los órganos estatales con respecto a todos los procedimientos establecidos en el Ordenamiento Jurídico. La legitimidad material es aquel consenso (reconocimiento) del pueblo creado en aprobación de la ley creada o de la actuación gubernamental.
• La coincidencia de justicia, validez y eficacia en una norma jurídica es la medida de su legitimidad. (Así pues ya que la legitimidad es graduable, cada norma jurídica será más o menos legítima).
• Cuando una norma es percibida por la sociedad como legítima es masivamente obedecida, no siendo necesaria la sanción salvo en casos puntuales. Dicho a la inversa: El cumplimiento de una norma jurídica de manera habitual y sin necesidad de recurso a la violencia suele ser prueba de que es percibida como legítima.
• Cuando una norma el percibida como ilegítima es masivamente desobedecida (a no ser que se recurra, directamente, a la sanción, y por tanto a la violencia). En general, el ejercicio habitual de la sanción y la violencia por parte del Estado para hacer efectivo el cumplimiento de una norma jurídica es síntoma inequívoco de que o bien es inválida, o bien es percibida como injusta, o bien es ineficaz (ó dos de las tres ó las tres cosas al mismo tiempo).
Legitimidad en Filosofía
La legitimidad en filosofía se considera respecto al conocimiento como saber; es decir, como conocimiento justificado.[3] No se trata del conocimiento como legítimo en sí, cuya competencia correspondería a cada sujeto de forma individual. Nos referimos al “reconocimiento social” del discurso del saber como portador de un contenido verdadero por la legitimidad o, reconocimiento de autoridad, de quien lo pronuncia. Legitimidad aceptada por la comunidad científica en su caso, filosófica en otro, cultural, deportiva, etc. respecto a quien construye o define el discurso como competente.
El problema de la legitimación del discurso o relato viene de la mano de la problemática generada en la segunda mitad del siglo XX cuando la ciencia reconoce la influencia de los paradigmas sociales y culturales en los cuales se reconoce la ciencia misma.[4]
La idea de la legitimidad de la ciencia en cuanto tal por su contenido[5] ha sido prácticamente abandonada por la mayoría de los filósofos actuales, una vez establecida la provisionalidad de las teorías científicas[6] así como la imposibilidad de un sistema completo de razones justificantes del conocimiento humano.[7] Es por ello que algunos llaman a la época actual una sociedad de expertos, en quienes se deposita la legitimación de discursos de “segundo nivel” o “metarrelatos”.
Legitimidad en sentido político
Si la legitimidad jurídica se refiere a la ley, la legitimidad política se refiere al ejercicio del poder. El poder político que es percibido como legítimo será mayoritariamente obedecido, mientras que el percibido como ilegítimo será desobedecido, salvo que se obtenga obediencia por medio de la violencia del Estado.
No debe confundirse legitimidad política con afinidad política. En democracia, los votantes del partido político perdedor pueden lamentarse por haber perdido las elecciones, pero no por ello desobedecen al nuevo gobierno. Tampoco debe confundirse legitimidad con democracia, puesto que durante la Monarquía Absoluta, por ejemplo, el pueblo consideraba masivamente legítimo al monarca, que no había sido elegido por mayoría.
La legitimidad política se podría entonces definir desde dos perspectivas: la de quien obedece y la de quien manda.
• Desde la perspectiva de quien obedece, será legítimo aquel gobierno que accede al poder (legitimidad de origen) y lo ejerce (legitimidad de ejercicio) cumpliendo los requisitos que los que obedecen creen que tiene que cumplir para mandar.
• Desde la perspectiva de quien manda, será legítimo aquel gobierno que accede al poder y lo ejerce haciendo ver a los que obedece que cumple los requisitos para mandar.
La legitimidad así entendida es un compromiso entre ambos extremos. Desde luego, la teoría de la legitimidad no prejuzga la bondad o maldad de tal o cual régimen político, sino que examina, simplemente, los mecanismos de mando y obediencia. Resta decir que, en términos generales, cuando el poder pierde su legitimidad deja de ser poder, salvo que ejercite la coacción.
Poder Ciudadano
El Poder Ciudadano es ejercido por el Consejo Moral Republicano integrado por el Defensor del Pueblo, el Fiscal General de la República y el Contralor General de la República; los cuales tienen a su cargo prevenir, investigar y sancionar los hechos que atentan contra la ética pública y moral administrativa; velar por la buena gestión y la legalidad en el uso del patrimonio público, el cumplimiento y la aplicación del principio de la legalidad en toda la actividad administrativa del Estado, e igualmente, promover la educación como proceso creador de la ciudadanía, así como la solidaridad, la libertad, la democracia, la responsabilidad social y el trabajo.
Este poder está constituido por los siguientes organismos:
o Defensoría del Pueblo
o Fiscalía General de la República (Ministerio Público)
o Contraloría General de la República
Poder Electoral
El Poder Electoral lo ejerce el Consejo Nacional Electoral como ente rector y como organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Participación Política y Financiamiento.
Este poder está constituido por los siguientes organismos:
o Consejo Nacional Electoral
o Junta Electoral Nacional
o Comisión de Registro Civil y Electoral
o Comisión de Participación Política y Financiamiento
En el campo del Derecho Civil de las relaciones privadas
Derecho Civil
Se define como el conjunto de principios y normas jurídicas
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