Fundamentos De Los Derechos Humanos
mikesaul6 de Agosto de 2013
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Para hablar de los Derechos Humanos de cuarta generación, resulta necesario reflexionar sobre la relación entre los desarrollos técnicos y el entorno humano como un fenómeno multidimensional que proyecta su influencia de una manera directa sobre las realidades morales, psicológicas y sociales. En esta nueva era, denominada de la información, no será necesario invadir un país, ni tampoco poner grilletes en muñecas y tobillos a las manos de los ciudadanos. La clave para lograr el dominio de las personas está en reeducar el deseo, en convertir a los individuos en consumidores y colonizar las conciencias a través de los valores implícitos en los productos audiovisuales.
En esencia, los mecanismos de dominación y de limitación de los derechos humanos en este nuevo espacio de información o ciberespacio tienen más que ver con la limitación del acceso a las condiciones necesarias (ya sean técnicas, económicas o culturales) que permitirían el desarrollo de formas más avanzadas de participación pública y de intercambio y libre expresión de ideas y creencias.
Derechos De Quinta Generación.- Emergen a contrapelo de la historia, una tenue tendencia hacia la constitución de una quinta generación de derechos humanos. Son, en general:
- los derechos humanos violados por la ciencia y tecnología.
Derechos universales para el ciberespacio (Gelman).
ü Artículo 1.- Las ideas y opiniones de todos los seres humanos merecen una oportunidad igual para poder expresarse, considerarse y compartirse con otras, según la voluntad del emisor y del receptor, directa o indirectamente.
ü Toda persona tiene todos los derechos y libertades expuestos en esta Declaración, sin distinciones de ningún tipo (...)
ü Artículo 2.- No se realizará ninguna distinción en base a jurisdicciones políticas o físicas, ni por el método de acceso a la red.
ü Artículo 3.- Toda persona tiene derecho a la privacidad, anonimato y seguridad en las transacciones en línea.
ü Artículo 4.- No se obligará a la revelación de información personal por parte de los proveedores de servicios ni de los sitios, y cuando sea requerida, deberá realizarse con el consentimiento informado de la persona afectada.
ü Artículo 5.- Nadie debe ser sometido, sin acuerdo previo, a envíos masivos de correo electrónico no solicitado (spam), de archivos vinculados u otros tipos de correspondencia invasiva.
ü Artículo 6.- Aunque todas las personas tienen un derecho igual a acceder a la información o a formar parte de comunidades en la Red, la participación continuada en esas comunidades debe estar supeditada a las normas de conducta desarrolladas y expresadas en el seno de dichas comunidades.
ü Artículo 7.- Las leyes existentes, (...) se aplican en el ciberespacio al igual que en el mundo físico, aunque la persecución de las violaciones a la ley pueden depender de acuerdos entre jurisdicciones geográficas. (...)
ü Artículo 8.- Toda persona tiene el derecho a una compensación legal efectiva por las violaciones cometidas contra sus derechos, libertades, o por la apropiación indebida de y fraudulenta de fondos o información.
ü Artículo 9.- Nadie debe ser sometido a vigilancia arbitraria de sus opiniones o actividades en línea.
ü Artículo 10.- Toda persona tiene el derecho a ser oída, de forma equitativa y abierta, por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones, y de cualquier acusación que se formule contra ella.
ü Artículo 11.- Toda persona tiene derecho a un nivel básico de acceso a la información a través de instituciones públicas y proveedores de
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