Fundamentos De Seguridad Y Salud Ocupacional
FerMa198727 de Noviembre de 2014
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Fundamentos en Seguridad y Salud Ocupacional
2. Introducción a la seguridad y salud en el trabajo.
La seguridad y salud laboral (denominada anteriormente como "seguridad e higiene en el trabajo") tiene por objeto la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo. De esta materia se ocupa el convenio 155 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente del trabajo. Se construye en un medio ambiente de trabajo adecuado, con condiciones de trabajo justas, donde los trabajadores y trabajadoras puedan desarrollar una actividad con dignidad y donde sea posible su participación para la mejora de las condiciones de salud y seguridad.
Para prevenir los daños a la salud ocasionados por el trabajo está constituida la Organización Internacional del Trabajo (OIT); es el principal organismo internacional encargado de la mejora permanente de las condiciones de trabajo mediante convenios que se toman en sus conferencias anuales y las directivas que emanan de ellas. La (OIT) es un organismo especializado de las Naciones Unidas de composición tripartita que reúne a gobiernos, empleadores y trabajadores de sus estados miembros con el fin de emprender acciones conjuntas destinadas a promover el trabajo decente en el mundo.
La implementación de programas permanentes de seguridad y salud en los centros de trabajo es de vital importancia para prevenir los riesgos laborales que pudieran afectar y causar daños a los trabajadores. Por consiguiente la inclusión de estos programas propender un ambiente seguro en el área de trabajo trayendo beneficios tanto para el empleador como para el empleado.
Evolución de histórica de la Seguridad Industrial o SST
NOTAS:
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3. Conceptualización clave en seguridad y salud ocupacional.
Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).- Es la ciencia, técnica y arte multidisciplinaria, que se ocupa de la valoración de las condiciones de trabajo y la prevención de riesgos ocupacionales, a favor del bienestar físico, mental y social de los trabajadores (as), potenciando el crecimiento económico y la productividad de la organización.
Prevención de Riesgos Laborales (PRL).- Conjunto de técnicas aplicadas en las áreas laborales que hacen posible la prevención de accidentes e incidentes y averías en los equipos e instalaciones.
Seguridad Ocupacional
Rama de la Salud Pública que tiene como finalidad promover y mantener el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones; prevenir todo daño a la salud causado por las condiciones de trabajo y por los factores de riesgo; y adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades.
Salud
Es un derecho fundamental que significa no solamente la ausencia de afecciones o de enfermedad, sino también de los elementos y factores que afectan negativamente el estado físico o mental del trabajador y están directamente relacionados con los componentes del ambiente del trabajo.
La Organización Mundial de la Salud (O.M.S.) define:
“La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no sólo la ausencia de enfermedad o dolencia”.
Higiene laboral
Sistema de principios y reglas orientadas al control de contaminantes: físicos, químicos y biológicos del área laboral con la finalidad de evitar la generación de enfermedades profesionales y relacionadas con el trabajo.
Objetivos de la SST
1. Prevenir y/o mitigar la ocurrencia de accidente de trabajo y/o enfermedades ocupacionales.
2. Promover el desarrollo y bienestar del trabajador.
Trabajador
Toda persona que desempeña una actividad laboral por cuenta ajena remunerada, incluidos los trabajadores independientes o por cuenta propia y los trabajadores de las instituciones públicas.
Puesto o Lugar de Trabajo
Todo sitio o área donde los trabajadores permanecen y desarrollan su trabajo o a donde tienen que acudir por razón del mismo.
NOTAS:
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4. Marco legal en seguridad y salud en el trabajo.
Jerarquización del cuerpo normativo
Durante este curso revisaremos detenidamente las diferentes normas vigentes relacionadas a la seguridad y salud en el trabajo. Para poder entender la normativa, analizaremos el marco legal utilizando como modelo el sistema de jerarquización piramidal de Hans Kelsen, teoría que establece que la Constitución de un país es la norma jurídica de mayor jerarquía y de la cual se deriva el fundamento de validez del resto de normas que se encuentran por debajo de ella.
Constitución del Ecuador
Convenios Internacionales
Leyes y Códigos
Decretos
Acuerdos Ministeriales
Resoluciones
En el artículo 424 de la Constitución se establece lo siguiente: La Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico. Las normas y los actos del poder público deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales; en caso contrario carecerán de eficacia jurídica. Y de acuerdo al artículo 425: El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos.
Marco legal ecuatoriano
Dentro del marco jurídico que analizaremos constan las siguientes:
1. Constitución de la República del Ecuador.
2. Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN). Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo: Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo. Resolución 957 de la CAN.
3. Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relacionados a la Seguridad y Salud en el Trabajo ratificados por la República del Ecuador.
4. Código del Trabajo.
5. Ley de Seguridad social.
6. Decreto Ejecutivo 2393 del 17 de noviembre de 1986
Reglamento de Seguridad y Salud de los Trabajadores y Mejoramiento del Medio Ambiente de Trabajo.
7. Acuerdo ministerial No. 220, RO. 083 del 17 de agosto de 2005.
Guía para Elaboración de Reglamentos Internos de Seguridad y Salud de las Empresas.
8. Acuerdo ministerial No. 1404
Reglamento para el funcionamiento de los servicios médicos de empresas
9. Acuerdo Ministerial 398-VIH-SIDA
10. Resolución CD 333 emitida por el IESS.
Reglamento para el Sistema de Auditoria de Riesgos del Trabajo (SART).
11. Resolución CD 390 emitida por el IESS
Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo (RSGRT).
12. Convenio entre el Ministerio de Relaciones Laborales y del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
El cumplimiento de este cuerpo normativo estará en relación de la actividad, número de trabajadores y categoría de riesgos de las empresas. La especificación de cada una de ellas será abarcada más delante y se las denominará: Requisitos Técnico Legales (RTL).
Descripción de los RTL (requisitos técnicos legales)
1.1. Constitución de la República del Ecuador.
Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:
Numeral 1.- Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.
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