Fundamentos Socio_Antropologicos Del Derecho Penal
LeandroMora19 de Marzo de 2012
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Fundamentos Socio-Antropológicos del Derecho Penal
Aproximación al Derecho Penal como mecanismo de control social y crítica a la función represiva.
El Derecho ha sido utilizado históricamente para imponer normas jurídicas según los valores e intereses de los grupos sociales dominantes. Actualmente, dicha imposición se articula a una visión neoliberal e imperialista que niega y reprime cualquier forma alternativa de organización y que se presenta no sólo como la única posible sino como la única deseable.
Derecho penal no escapa a esta realidad y se ha construido con la falsa concepción de que la sociedad es una totalidad consensual en la que el acto desviado o divergente es sólo una excepción, que transforma las relaciones sociales en actos individuales y reproduce las relaciones de desigualdad a través de la aplicación selectiva de sanciones.
El enfoque tradicional del estudio del derecho penal, tiende a configurase como un elemento para el mantenimiento y legitimación de ese sistema. A través de un estudio exclusivamente positivista, parcelado y desarticulado de otras ciencias que abordan el tema, pretendiéndose dar respuestas a la sociedad desde la ciencia del derecho aislada de las demás ciencias sociales y por tanto, de las condiciones políticas, históricas, sociales, culturales y étnicas de los pueblos, con lo cual se desconoce el contexto que le da origen a la norma y en el cual se aplica.
Hay que generar cambios progresivos en nuestro Derecho Penal, desde su rol dentro del sistema de justicia y/o la actividad investigativa, para transformar definitivamente los esquemas implantados por los grupos poderosos quienes amoldan las normas a sus intereses particulares, muchas de las cuales se encuentran divorciadas del bien común, la igualdad y la justicia social.
La antropología jurídica es una disciplina de la antropología cultural o social, afianzada durante el siglo XIX y XX gracias a las investigaciones de importantes juristas y antropólogos como Henry Summer o John MacLennan, que aplicaron los conceptos de la antropología cultural al estudio del derecho.
A pesar de que los conceptos de antropología y derecho pertenecen a dos disciplinas totalmente diferentes, con métodos de investigación y terminologías muy diferenciadas, tienen un fuerte vínculo de interrelación porque son campos de estudio que investigan la convivencia humana y sus correspondientes problemas.
La antropología jurídica, los orígenes de esta disciplina se encuentran en la etnografía y el derecho comparado. A medida que estas investigaciones fueron haciéndose más complejas, y a raíz de la necesidad de determinar la naturaleza de las leyes, las normas y los sistemas, las descripciones etnográficas y el resultado de la comparación de los sistemas jurídicos tuvieron que cumplir con determinadas exigencias para ajustarse a las condiciones de universalidad que exigen las explicaciones antropológicas.
Es a mediados del siglo XIX cuando las investigaciones antropológicas ya gozan de una gran madurez y permiten contar con información fiable sistematizada sobre diversas sociedades aisladas y técnicamente subdesarrolladas, la antropología jurídica estudia los sistemas normativos de control social que conforman cualquier sociedad, especialmente el sistema jurídico, así como los objetivos y funciones que tiene el derecho en la satisfacción de las necesidades humanas y sus aspiraciones sociales. Por otro lado uno de sus principales campos de estudio es la investigación del comportamiento humano regulado en una sociedad determinada. Establece principios que expliquen las similitudes y diferencias entre los sistemas normativos de las distintas sociedades humanas, con el objetivo de formular propósitos generales sobre el fenómeno jurídico.
La antropología jurídica tiene la necesidad de comprender tanto la naturaleza del derecho como la naturaleza humana. Teniendo en cuenta que todo derecho se fundamenta en norma, y ésta es formulada y proviene de la naturaleza del hombre, no podemos entender la ciencia jurídica sin la intervención del estudio de la antropología. Es decir, el derecho como ciencia que estudia las normas tiene el objetivo de servir al hombre con el fin de lograr su felicidad, pero para ello requiere la colaboración de otras ciencias como la antropología, sociología, psicología… Dentro del desarrollo del derecho, la antropología jurídica busca la manera de crear normas jurídicas que sean lo más justas y equilibradas posibles.
El objetivo de la antropología jurídica es encontrar el sistema o los sistemas de orden que puedan haber en las relaciones sociales humanas, hallar las conexiones entre actitudes aparentemente inconexas, formular proposiciones simples que las describan e idear pruebas que verifiquen la validez de tales proposiciones. La primera y fundamental preocupación de la antropología jurídica es alcanzar la objetividad, convirtiéndose en un instrumento jurídico normativo para mejorar la convivencia humana.
¿Es el Derecho Penal una ciencia?
Ciencia es el enunciado de una explicación objetiva y racional de cualquier objeto de conocimiento, que incluye además, la garantía de su propia validez, por otra parte el Derecho Penal es un sistema normativo con las características que han sido anotadas al desarrollar lo relativo al Ius Poenale. De la confrontación de estos conceptos fácilmente se deduce (aunque algunos autores piensen lo contrario) que el Derecho Penal (como el Derecho en general), no guarda ninguna relación conceptual con lo que es la ciencia, a no ser por resultar el objeto de estudio de un sector de la ciencia antiguamente llamada jurisprudencia y que conocemos ahora como ciencia jurídica, y dentro de ella, la Ciencia del Derecho Penal.
Por ello debemos distinguir entre el Derecho Penal y la Ciencia que lo estudia, para ello nos pueden servir los siguientes elementos distintivos:
Derecho Penal, Ciencia del Derecho Penal, Sujeto que la realiza, Legislador, Jurista.
Objetivo Prescribir consecuencias jurídicas (penas y medidas de seguridad) a determinadas acciones mediante la creación de los tipos penales Explicar la naturaleza de las normas penales creando categorías jurídicas universales.
Contenido Normas jurídicas Conceptos jurídicos
a) El Derecho Penal como objeto de estudio Así las cosas, sin ser el Derecho Penal una ciencia, se crea una ciencia a partir de su análisis, y se convierte en objeto de estudio de la ciencia jurídico penal, que al estudiar al sistema normativo penal, construye un sistema de categorías relativos fundamentalmente al delito y a la pena, que se integra con varios apartados:
Introducción
- Teoría del delito
-Teoría de la ley penal
-Teoría del delincuente
-Teoría de las penas
-Teoría de las medidas de seguridad
Por lo que si el Derecho Penal establece cuáles son las acciones delictivas, las penas o medidas de seguridad mediante las cuales readaptar al delincuente, la ciencia jurídico penal estudia de manera sistemática estos conceptos y construye abstracciones de validez universal.
De tal forma que a partir del estudio de las normas prescritas, se crean conceptos explicativos de las normas y sobre estos conceptos, se buscan los fundamentos de los propios conceptos y de las normas, papel éste de la Filosofía del Derecho Penal:
Ciencia del Derecho Penal, Derecho Penal, Filosofía del Derecho Penal.
b) Las ciencias penales
Al estudiar la ciencia del Derecho Penal un fenómeno que establece consecuencias jurídicas a manifestaciones humanas, necesita auxiliarse de ciencias que le permitan penetrar en la complejidad del ente cuyos actos regula su objeto principal de estudio para no quedarse en la superficie de las leyes. Así se han desarrollado ciencias propiamente penales y ciencias auxiliares de las penales:
Ciencia Penal, Representantes, Postulado.
Derecho penal y criminología
El derecho penal y la criminología están, sin embargo, íntimamente ligados. Por una parte, el objeto de ésta, el delito, viene en gran parte acotado por la ley penal, que es la que decide en cada momento qué debe ser reputado delito. Por otra parte, el derecho debe tener en cuenta los resultados de la criminología para la elección de las formas específicas de incriminación y penalización de las conductas humanas.
Antropología criminal: En la fase netamente biológica relaciona las anormalidades somáticas y psíquicas de los delincuentes y concluye que el delito tiene un origen atávico y patológico. En la segunda fase, llamada biosociológica se atiende además a causas mesociológicas creando clasificaciones de los delincuentes y reconociendo que hay factores diversos a los biológicos que pueden determinar el delito, como el ambiente.
Endocrinología: La vida física y moral del individuo están determinadas por los efectos el funcionamiento de las glándulas de secreción interna que, cuando es defectuoso constituye el origen de los delitos.
Psicología criminal: La actividad criminal tiene sus causas en los caracteres psicológicos del delincuente.
Sociología criminal: Comprende las causas individuales y ambientales del delito con la antropología criminal y la estadística criminal, respectivamente, indica los remedios preventivos y represivos de la defensa social contra los delincuentes, y estudia el ordenamiento jurídico represivo.
Estadística criminal: Determina las causas generales de la delincuencia presentando una representación numérica de los hechos y asienta generalizaciones aproximadas.
Penología: Estudia el objeto,
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