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GESTION MEDIO AMBIENTAL


Enviado por   •  30 de Julio de 2013  •  1.684 Palabras (7 Páginas)  •  399 Visitas

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Índice

Introducción 3.

Resumen Ejecutivo 4.

Nuevo Escenario en Legislación Ambiental 5.

Conclusiones 8.

Bibliografía 10.

Introducción

El Ministerio del Medio Ambiente es una Secretaría de Estado de Chile encargada de colaborar con el Presidente de la República en el diseño y aplicación de políticas, planes y programas en materia ambiental, así como en la protección y conservación de la diversidad biológica y de los recursos naturales renovables e hídricos, promoviendo el desarrollo sustentable, la integridad de la política ambiental y su regulación normativa. Este ministerio fue creado en enero de 2010 para reemplazar a la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA). El nuevo ministerio entró en operación el 1 de octubre del 2010.

Resumen Ejecutivo

El 2 de julio de 2010, la Contraloría General de la República tomó razón de los decretos con fuerza de ley que dan vida a la nueva institucionalidad en el país. Esta acción se traduce en la creación del Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente. Así, dejó de existir la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), primera institucionalidad ambiental creada en el país el año 1994 al alero de la Ley de Bases del Medio Ambiente (19.300), y cuya labor fue ser coordinar la gestión ambiental del país.

Se acabó CONAMA, partió el Ministerio del Medio Ambiente: ¿Cambiará en algo?

El 1 de octubre de 2010, se puso en funcionamiento la cartera ambiental, y por consiguiente sus Secretarías Regionales. ¿Será beneficioso, perjudicial o simplemente más de lo mismo?

No sólo hay fallas en el Ministerio del Medio Ambiente, Chile está viviendo una preocupante crisis de credibilidad en sus instituciones, las cuales son las encargadas de velar por el bien común y qué mejor ejemplo de ellos es el Ministerio de Medio ambiente, quien debe salvaguardar nuestros recursos comunes. No obstante, este la ha ido perdiendo por los continuos embates que desde otros sectores del propio gobierno, del Estado, privados y por qué no decirlo los propios civiles han hecho que se debilite antes de su entrada en operación en un 100% con tribunales, superintendencia, etc.

Los acontecimientos y diferencias debido al accionar y a declaraciones entre la Corte Suprema y Ministerio de Medio ambiente, o la declaraciones del Ministro de Energía el cual ha atribuido la debilidad del sistema eléctrico a “las demoras en tramitaciones ambientales” y no a calidad de los proyectos presentados al sistema de evaluación ambiental, no han hecho más que ir debilitando aún más a esta institución naciente y de la cual no debiera ponerse en duda sus competencias para salvaguardar tanto la salud pública como de los ecosistemas.

Nuevo escenario en legislación ambiental

Desde diciembre de 1990 hasta marzo de 1994, la máxima autoridad ambiental era la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Medio Ambiente del Ministerio de Bienes Nacionales, que posteriormente se transformaría en la Comisión Nacional del Medio Ambiente. El máximo cargo de dicha Secretaría fue ocupado en todo el periodo por Rafael Asenjo.

En marzo de 1994 se crea la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), mediante la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Ley Nº 19.300), siendo José Goñi su primer Director Ejecutivo.

En 2007 se crea el cargo de Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, otorgándole el rango de Ministro de Estado. Ana Lya Uriarte fue la primera Ministra Presidente de dicha Comisión.

El 12 de enero de 2010 fue promulgada por la presidenta Michelle Bachelet la Ley Nº20.417 que crea el Ministerio del Medio Ambiente basado en la anterior CONAMA, y que además crea el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente.

El Ministerio del Medioambiente, la norma aprobada por el Congreso instala en el aparato público dos nuevas entidades. En primer lugar, el ya nombrado Servicio de Evaluación Ambiental, será un ente separado del ministerio y que continuará realizando la labor que actualmente realiza la Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), pero ahora enfocado a simplificar los permisos ambientales y proporcionar información adecuada para los proponentes y la comunidad, todo bajo el sistema de selección de alta dirección pública.

De la misma forma se elegirán los cargos directivos de la Superintendencia del Medio Ambiente, la que funcionará como un organismo descentralizado y con un superintendente nombrado por el Presidente de la República. Las funciones de esta entidad se remitirán a la fiscalización de los instrumentos de gestión ambiental, tales como resoluciones de calificación ambiental, medidas de planes de prevención y descontaminación, normas de calidad y de emisión, y planes de manejo contemplados en la Ley del Medio Ambiente.

Para realizar su trabajo, tendrá las más amplias atribuciones, incluidos el requerimiento permanente de información y la citación de cualquier persona de las fuentes emisoras de contaminantes.

Funciones

La Ley de Bases Generales del Medio Ambiente establece como responsabilidades de CONAMA.

 actuar como un servicio de consulta, análisis, comunicación y coordinación en materias relacionadas con el medio ambiente.

 debe proponer políticas para la gestión ambiental al Presidente de la República e informar sobre el cumplimiento de la legislación vigente.

Esto se traduce en que es el órgano encargado de:

 Administrar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA),

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