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Gasto Público

AndreaGAlcocer6 de Marzo de 2015

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“GASTO PÚBLICO”

13 Septiembre 2014

INTRODUCCIÓN

El Gasto Público comprende toda erogación de carácter generalmente ordinario que realiza el Estado, con el fin de satisfacer las necesidades públicas.

Estas necesidades públicas parten de un interés popular, de esta manera podemos relacionar de una manera burda al gasto público como al gasto que se da al mantenimiento de la familia y del hogar; es decir, estas cuotas que el Estado nos impone y que como mexicanos estamos obligados a pagar, al final las veremos retribuidas en acciones de mejora, programas, y mantenimiento del Estado, el cual nos repercute directamente a todos los ciudadanos, al hablar por ejemplo de servicios como: recolección de basura, bacheo, alumbrado público, seguridad, por mencionar algunas.

Este empleo de la riqueza del Estado se encuentra regulado, y es importante ver que se debe tener un presupuesto en donde se establezca los montos y partidas en las que nuestro dinero va a emplearse; como ciudadanos debemos familiarizarnos más con esta información, ya que se nos está dando toda la información de cómo y a quién se destinará nuestro dinero.

Así mismo se fijarán los montos que han de repartirse a los Estados que conforman el territorio nacional, y a su vez, éstos destinarán cierto porcentaje a cada municipio o delegación.

¿QUÉ ES GASTO PÚBLICO?

El gasto público es la cantidad de recursos financieros, materiales y humanos que el sector público representado por el gobierno emplea para el cumplimiento de sus funciones, entre las que se encuentran de manera primordial la de satisfacer los servicios públicos de la sociedad. Así mismo el gasto público es un instrumento importante de la política económica de cualquier país pues por medio de este, el gobierno influye en los niveles de consumo, inversión, empleo, etc. Así, el gasto público es considerado la devolución a la sociedad de algunos recursos económicos que el gobierno captó vía ingresos públicos, por medio de su sistema tributario principalmente .

Los ingresos y egresos del estado representan la captación y el gasto respectivamente de los elementos pecuniarios de la organización política soberana. Dada su trascendencia para la comunidad son objeto de estudio de diversas disciplinas jurídicas y no jurídicas.

El estado lleva a cabo una intensa, compleja e importante tarea en materia financiera, encaminada a recaudar los recursos pecuniarios de que precisa para cumplir sus atribuciones. Dicha labor se efectúa sin móviles lucrativos y se califica de financiera porque está referida a transacciones monetarias.

La actividad financiera estatal comprende tres momentos :

a) Ingresos del Estado

b) Gastos del Mismo

c) La Contabilidad Pública y el control sobre la actividad financiera

El gasto público lo realizan el estado o éste y los particulares por cuenta del primero, y representa un importante volumen del producto interno bruto (25% aprox.); pero también por él se solventa la mayoría de las tareas estatales, como vigilancia, fomento, educación, salubridad, relaciones con el exterior, obras públicas, seguridad y conservación del patrimonio cultural.

En la Constitución Política, señala en su Artículo 31.- Son obligaciones de los mexicanos:

… IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes .

De dichas disposición se desprende que el impuesto debe establecerse para cubrir los gastos públicos y todos y cada uno de los mexicanos estamos obligados a contribuir para ello.

Mediante el gasto público el estado influye en forma decisiva en la marcha de la economía de la sociedad. Fija las reglas que han de seguir el volumen de inversiones, la generación directa e indirecta de empleos, el índice de inflación y el fomento industrial y el comercial, entre otros rubros.

El gasto público se constituye por las erogaciones monetarias que realiza el estado en el ejercicio de sus funciones, forma parte de la actividad financiera y se regula conforme a la “Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria”.

La cual nos señala en su Artículo 4.- El gasto público federal comprende las erogaciones por concepto de gasto corriente, incluyendo los pagos de pasivo de la deuda pública; inversión física; inversión financiera; así como responsabilidad patrimonial; que realizan los siguientes ejecutores de gasto:

I. El Poder Legislativo;

II. El Poder Judicial;

III. Los entes autónomos;

IV. Los tribunales administrativos;

V. La Procuraduría General de la República;

VI. La Presidencia de la República;

VII. Las dependencias, y

VIII. Las entidades .

“Es toda erogación, generalmente en dinero, que incide sobre las finanzas del estado y se destina al cumplimiento de fines administrativos económico sociales” .

El estado realiza gastos a efecto de cumplir sus cometidos o atribuciones, de conformidad con el documento legislativo que lo autoriza: el presupuesto de egresos, encaminado a satisfacer las necesidades comunes de la población. Éste representa, por otra parte, un instrumento para orientar la actividad económica nacional: aumento o contracción de las inversiones, generación de empleos, influencia en la atenuación o incremento de la inflación, fomento de la producción y comercialización privadas, entre otras áreas.

En México, el monto del presupuesto es de tal volumen (3 706 922.2 millones de pesos para 2012) que representa aproximadamente 25% del producto nacional bruto.

En virtud que los dineros públicos son ante todo peculio aportado por los gobernados, su uso correcto por la administración debe suponer el aspecto central del derecho presupuestario; de otra manera, esta disciplina carece de sentido.

El origen del presupuesto como lo conocemos se hallaría en el derecho inglés, cuando el parlamento impuso limitaciones a la actividad gubernamental del monarca.

En el siglo XIX y a principios del XX, la idea se desarrolló en torno a la autorización que implicaba el mismo presupuesto para que la administración gastase los dineros públicos. Más adelante se percibió la influencia del presupuesto en la economía nacional, así como en el logro de los fines estatales.

Dado el desarrollo de la planeación y del presupuesto por programas, no se concibe hoy la actividad presupuestaria sin que esté debidamente ligada a los objetivos del estado y a la orientación económica de las tareas de la comunidad.

PRESUPUESTO

En el concepto presupuesto cabe incluir tanto los ingresos como los egresos pecuniarios del estado. En este sentido lo consideran la legislación y la doctrina de diverso países. En México, la expresión se ha reservado tradicionalmente a los egresos.

Algunos tratadistas distinguen entre el presupuesto financiero y el económico: el primero corresponde al documento jurídico que autoriza el empleo de los ingresos estatales, y el segundo, a una actividad más amplia, proyectada hacia las metas prevista en el plan de desarrollo socioeconómico.

El presupuesto de egresos es una decisión del órgano legislativo que permite a la administración pública usar durante un año fiscal los recursos monetarios estatales.

1. Es un acto del poder legislativo. En nuestro caso la cámara de diputados en el presupuesto federal.

2. Contiene una autorización para que la administración pública utilice los recursos pecuniarios recaudados; es decir, la administración pública erogará sólo las cantidades fijadas en el presupuesto y de conformidad con él.

3. Está limitado en el tiempo a un año fiscal, correspondiente en el país al calendario (1 de enero a 31 de diciembre).

NATURALEZA JURÍDICA

El presupuesto constituye el instrumento jurídico que permitirá a la administración pública erogar lo necesario para cubrir los gastos públicos y atender las necesidades colectivas, de acuerdo con la jerarquización hecha de éstas.

Mucho se ha polemizado acerca de la naturaleza jurídica del presupuesto de egresos. Al respecto se sostiene principalmente que se trata de una verdadera ley, o bien, de un acto administrativo emitido por el órgano legislativo o parlamentario.

Es lógico que desde un punto de vista eminentemente formal y orgánico estamos ante un acto legislativo, pues sigue el procedimiento de cualquier ley (iniciativa, discusión, aprobación, promulgación y publicación). El argumento de que no es ley porque interviene sólo una cámara parece superficial: este hecho no determina la esencia jurídica de un ordenamiento.

Visto el presupuesto de egresos con un criterio material, parece que no reúne las notas que identifican una ley: generalidad, abstracción e impersonalidad; sino que, por el contrario, contiene disposiciones concretas, particulares y dirigidas en específico a los entes públicos. Por eso estimamos acertado considerarlo acto administrativo emitido por un órgano legislativo (cámara de diputados, en el caso del presupuesto federal).

Si. Como queda anotado, el presupuesto es un decreto legislativo y no una ley, resulta totalmente erróneo establecer en él reglas que modifican de hecho la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Con mayor razón será indebida la delegación de facultades que suele hacerse para que el presidente de la república

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