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Gobierno Regional De Arequipa

prodika17 de Diciembre de 2013

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EL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

GOBIERNO REGIONAL

Composición y estructura.

La administración superior de la región está radicada en un órgano denominado gobierno regional, que integran, por una parte, el intendente, y por la otra, el consejo regional. El intendente es el órgano ejecutivo del gobierno regional y que, además, le corresponde presidir el consejo.

Por mandato expreso de la Constitución, el gobierno regional goza de personalidad jurídica y patrimonio propio, características que lo configuran como un órgano territorialmente descentralizado. Lo anterior significa que el gobierno regional no está sujeto a dependencia jerárquica del Presidente de la República y que, por lo tanto, es autónomo en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, sin perjuicio de los sistemas de control y tutela que establece nuestro ordenamiento jurídico.

Por otra parte, cabe señalar que el intendente, en tanto preside el consejo, goza de derecho a voz en él y, en caso de empate en las votaciones, tiene derecho a dirimirlo. Excepcionalmente, sin embargo, el intendente carece de voto dirimente cuando el consejo se encuentra ejerciendo sus potestades fiscalizadoras sobre él, como presidente y órgano ejecutivo del mismo.

Subordinadas al intendente en las áreas de competencia del gobierno regional se encuentran las secretarías regionales ministeriales y las direcciones de los servicios. Como órganos de apoyo a la labor del ejecutivo regional existen, además, una división de administración y finanzas y otra de análisis y control de gestión. En el caso del consejo regional, la organización administrativa de apoyo se reduce a una secretaría destinada a prestarle asesoría para el desempeño de sus funciones. Ella está a cargo de un secretario ejecutivo designado por el consejo.

Funciones.

La Constitución Política encomienda como función básica a los gobiernos regionales el desarrollo social, cultural y económico de la región. Dicha norma también establece que el gobierno regional deberá actuar conforme a principios de equidad, eficiencia y eficacia en la asignación y utilización de los recursos públicos, en la prestación de servicios, en la efectiva participación de la comunidad regional, y en la preservación y mejoramiento del medio ambiente. A los gobiernos regionales se les entrega un extenso listado de funciones

Las funciones generales del gobierno regional son:

Elaborar y aprobar las políticas, planes y programas de desarrollo de la región, así como su proyecto de presupuesto, los que deberá ajustar a la política nacional de desarrollo y al Presupuesto de la Nación.

Resolver la inversión de los recursos que a la región correspondan en la distribución del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

Decidir la destinación a proyectos específicos de los recursos de los programas de inversión sectorial de asignación regional que contemple anualmente la Ley de Presupuestos de la Nación;

Atribuciones.

A fin de dotar al gobierno regional de la posibilidad de ejecutar el largo listado de funciones encomendadas, se entrega al ente regional las siguientes atribuciones:

Aprobar y modificar las normas reglamentarias regionales que le encomienden las leyes, no pudiendo establecer en ellas, para el ejercicio de actividades, requisitos adicionales a los previstos por las respectivas leyes y los reglamentos supremos que la complementen.

Adquirir, administrar y disponer de sus bienes y recursos, conforme a lo dispuesto por la ley.

Convenir con los ministerios, programas anuales o plurianuales de inversiones con impacto regional.

Disponer, supervisar y fiscalizar las obras que se ejecuten con cargo a su presupuesto.

Dada la amplitud e importancia de las funciones y atribuciones que se asignan al gobierno regional, el legislador estimó adecuado dotarlo de un caudal de información permanente que ilustre sus decisiones. En efecto, existe la obligación de informar al gobierno regional en relación a proposiciones de planes, programas y proyectos que se vayan a ejecutar en la región. Esa obligación afecta a los siguientes entes:

Órganos y servicios de la Administración Pública;

Empresas en que tenga intervención el Fisco por aportes de capital;

Servicios públicos;

Las municipalidades.

Estas últimas deben remitir al gobierno regional sus planes de desarrollo, políticas de prestación de servicios, políticas y proyectos de inversión, presupuestos, y los de sus servicios traspasados. Además debe enviarse cualquier modificación de dichos presupuestos, dentro de los treinta días siguientes a su aprobación. El financiamiento del gobierno regional proviene:

De las asignaciones directas que se le hagan a través de la ley de presupuestos.

De los ingresos que la ley le autorice a percibir por los tributos que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación local.

De los aportes que reciba del Fondo Nacional de Desarrollo Regional.

LEY DE CREACIÓN, FINALIDAD Y ATRIBUCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

LEY DE CREACIÓN

Los Gobiernos Regionales se crean con Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, publicada el 16 de noviembre del 2002, su modificatoria Ley Nº 27902, publicada el 01 de enero del 2003.

FINALIDAD

El Gobierno Regional de Arequipa tiene como finalidad esencial la de fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo, garantizar el ejercicio pleno de los derechos fundamentales y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo a los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.

MISIÓN, VISIÓN, EJES ESTRATÉGICOS DE DESARROLLO, OBJETIVOS ESTRATÉGICOS Y

ESPECÍFICOS DE DESARROLLO, POLÍTICAS REGIONALES Y PRINCIPALES FUNCIONES

GENERALES.

MISIÓN

El Gobierno Regional de Arequipa, tiene como misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo con sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región.

VISIÓN

Región Arequipa, territorio articulado, ambientalmente sustentable, con economía sostenible, priorizando agroindustria, manufactura y turismo, con una población educada, saludable, con empleo digno y seguridad.

ESTRUCTURA ORGANICA DEL GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA

PRESIDENCIA REGIONAL

La Presidencia Regional es el Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Arequipa, recae en el Presidente Regional, quien es la máxima autoridad de su jurisdicción, representante legal y titular del Pliego Presupuestal del Gobierno Regional de Arequipa.

SECRETARÍA GENERAL

La Secretaria General es un Órgano de Apoyo de la Presidencia Regional, responsable de dirigir, coordinar y controlar la gestión administrativa del despacho presidencial, relaciones públicas, trámite documentario, archivo de la sede central y de la Oficina de Coordinación de Lima. Depende jerárquica, funcional y administrativamente de la Presidencia Regional.

ÁREA DE GESTIÓN CULTURAL Y SOCIAL

FUNCIONES GENERALES Formular, aprobar, ejecutar, evaluar y administrar las políticas regionales de educación, culturales, ciencia y tecnología, deporte y recreación de la región. Promover una cultura de derechos, de paz, y de igualdad de oportunidades para todos.

Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientados en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la inclusión a nivel regional y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad.

OBJETIVO GENERAL “Formular, ejecutar, capacitar, supervisar y evaluar políticas en materia de desarrollo cultural y social e igualdad de oportunidades mejorando la calidad de vida de los pobladores en extrema pobreza y población organizada de la Región Arequipa”

FINES Área Funcional No Estructurada de Gestión Cultural y Social, es el órgano técnico-ejecutivo, responsable de articular, supervisar, registrar, evaluar y controlar todos los programas sociales como una propuesta de cambio social que promueva el desarrollo eficaz, equitativo y sostenible en bienestar de la población de la Región Arequipa.

SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL El Consejo Regional contará con una Secretaría para el ordenamiento de su trabajo y el cumplimiento de sus funciones y atribuciones. Son funciones de la Secretaría del Consejo Regional, las siguientes:

Ejecutar y coordinar las actividades de apoyo secretarial del Consejo Regional.

Organizar y coordinar las audiencias, atenciones, reuniones y/o certámenes, preparando la agenda con la

documentación respectiva, así como la elaboración de las actas que correspondan.

Canalizar directamente la información solicitada por los integrantes del Consejo Regional.

Organizar el control y seguimiento de expedientes y/o documentación diversa, preparando periódicamente

los informes de situación y administrar la documentación del Consejo Regional.

PROCURADURÍA PÚBLICA REGIONAL La Procuraduría Pública Regional, es un órgano autónomo en el ejercicio de sus funciones, responsable de los asuntos judiciales del Gobierno Regional de Arequipa, encargada de representarla y defender sus derechos e intereses ante el Tribunal Constitucional, Poder Judicial y Ministerio Público; conforme a lo dispuesto

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