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Guía De Carga


Enviado por   •  13 de Mayo de 2013  •  10.864 Palabras (44 Páginas)  •  374 Visitas

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Presentación

El Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet se ha propuesto la

construcción de un gran sistema de protección social, que se inspira en

la promoción de un trabajo decente para todas y todos los trabajadores.

En este contexto, la protección de la salud y seguridad de las personas

en sus lugares de trabajo es uno de los objetivos prioritarios.

A continuación, ponemos a disposición de trabajadoras y trabajadores

la “Guía Técnica para la Evaluación y Control de los Riesgos Asociados

al Manejo o Manipulación Manual de Carga”, que se enmarca en el

hecho que el manejo o manipulación manual de carga es una actividad

recurrente en los sectores económicos de relevancia para el país, como

la construcción, el agrícola, el portuario, el industrial, el hospitalario,

entre otros.

Datos estadísticos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

señalan que cerca del 25% del total de accidentes laborales son

originados por el manejo manual de carga. En Chile, los organismos

administradores de la Ley N° 16.744 del Seguro contra Accidentes del

Trabajo y Enfermedades Profesionales reflejan en sus estadísticas que

el síndrome de dolor lumbar o lumbago, producto de sobre-esfuerzos

físicos, representa el tercer lugar en términos de días totales de

tratamiento o número de casos.

La lesión musculoesquelética, especialmente de la zona dorso-lumbar,

se trata pues, de un agente de riesgo de extendida presencia en el

país y con un apreciable número de trabajadores que sufren sus

secuelas, derivada precisamente de la falta de medidas adecuadas en

la manipulación de carga.

Subsecretaría de Previsión Social

Ante los riesgos que representa para la seguridad y salud de los

trabajadores el manejo manual de cargas, en agosto del año 2005

entró en vigencia la Ley Nº 20.001 que “regula el peso máximo de

carga humana”. La normativa asociada a esta Ley, se encuentra

reglamentada en el Decreto Supremo Nº63/2005 del Ministerio del

Trabajo y Previsión Social, publicada en el Diario Oficial en septiembre

de ese año.

Tanto el sentido de la Ley, como de su Reglamento, apuntan a que en

los lugares de trabajo se evite al máximo el manejo manual de carga

y, de lo contrario, que se utilicen medios técnicos para estos efectos

(automatización de los procesos o ayudas mecánicas).

El deber de protección obliga al empleador a adoptar medidas de

control y de supervisión que apunten a una protección efectiva y eficaz

de la seguridad y salud de los trabajadores, que en el caso de manejo

manual de carga no se limita a no sobrepasar los límites generales

de carga humana, sino que debe hacer una correcta identificación

y evaluación de sus riesgos; establecer procedimientos de trabajo

seguro; informar y capacitar a los trabajadores sobre la manipulación

correcta de cargas; tener medidas de supervisión para el cumplimiento

de las normas de seguridad, etc.; las cuales están contenidas en el

Reglamento.

El Artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 20.001, señala los factores

de riesgo derivados del manejo manual de carga. En el texto, se indica

que se deben evaluar considerando a lo menos los criterios de carga,

ambiente de trabajo, esfuerzo físico y exigencia de la actividad.

Por su parte, el Artículo 14° de dicho texto señala que la evaluación de

los riesgos se regirá por una Guía Técnica de Evaluación de Riesgos

de Manejo o Manipulación Manual de Carga.

Introducción

Para el desarrollo de esta Guía Técnica, la Subsecretaría de Previsión

Social contó con el apoyo técnico de expertos del Departamento de

Ergonomía de la Asociación Chilena de Seguridad, quienes trabajaron

en conjunto con el equipo de profesionales de esta repartición

pública.

De esta manera, ponemos a disposición de todos los trabajadores y

empleadores, así como de fiscalizadores y ergónomos, la “Guía Técnica

para la Evaluación y Control de los Riesgos Asociados al Manejo o

Manipulación Manual de Carga”, la que no sólo es la materialización

de una obligación legal del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,

sino que es una eficaz herramienta preventiva y educativa, de carácter

técnico y científico, que esperamos posibilitará la reducción de los

severos daños que implica la manipulación inadecuada de carga.

Mario Ossandón Cañas

Subsecretario de Previsión Social.

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