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¿Hay arbitrariedad o ilegalidad manifiesta para considerar admisible la petición?


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2016  •  Exámen  •  2.678 Palabras (11 Páginas)  •  398 Visitas

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PREGUNTA UNO

¿Hay arbitrariedad o ilegalidad manifiesta  para considerar admisible la petición?

El amparo es una garantía constitucional, herramienta que sirve para accionar ante una lesión, violación, alteración o restricción de un derecho y reponer ese derecho previamente violado.

Considero que siempre que proceda que se de:

- una lesión manifiestamente ilegítima y/o arbitraria

- que sea actual o inminente: cierta, fatal

- producto de una acción u omisión

- emanada de autoridad pública o particular

- dirigida a proteger un derecho que emane de la CN, tratado o ley federal.

- y no exista otro medio judicial más idóneo

En este caso existe arbitrariedad e ilegalidad manifiesta, debido a que el acto fue ilícito, es decir los actos de la autoridad pública han sido manifiestamente opuestos a la ley.

La garantía de amparo podrá ser ejercida por el Estado en sentido lato o por los particulares, cuando por cualquier acto,  hecho, decisión u omisión, proveniente de autoridad pública o de persona privada, se lesione o amenace, en forma actual o inminente con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta el ejercicio de los derechos constitucionales y colectivos.

PREGUNTA DOS

¿Hay otra vía judicial más idónea en referencia a la petición?

Considero que no, porque si se presenta y se recurre a una demanda de amparo, teniendo en cuenta el requisito de su procedencia de que no exista otra vía idónea, y se demuestra que se llevaron a cabo todas las cargas procesales para acreditar la inexistencia de vías judiciales más idóneas a la intentada, como forma de proteger el derecho, nos encontramos con que el amparo es el único medio idóneo al cual podemos recurrir.

No hay dudas de que el trámite “ordinario” puede, con su ritualidad y plazos, dificultar el remedio “expedito y rápido” que fundamenta constitucionalmente el amparo. Es necesario impedir que la rutina, la burocracia y otros vicios de nuestra administración de justicia, desnaturalicen los derechos y garantías constitucionales que protege el amparo.

PREGUNTA TRES

AMPARO

 

Señor Juez:

Juan Farre, DNI ......................, de nacionalidad argentino, casado, médico, con domicilio ................ de la ciudad de Córdoba, fijando domicilio legal en .................... respetuosamente, ante V.S. comparezco y digo:

I.- OBJETO:

Vengo a interponer DEMANDA DE AMPARO, por violación de mis derechos constitucionales a la protección adecuada contra abuso de autoridad con la finalidad de que se disponga la inaplicación de la Resolución N° 448, procedente de ANSES donde se me manifiesta renunciar a mi cargo como médico en la Provincia de Córdoba por ser incompatible, siendo que vengo gozando de este derecho desde el año 2002.

II.- HECHOS:

Con fecha 24 de junio del  año 2002 fui designado como médico de planta permanente en la Provincia de Córdoba.

Que en fecha 4 de febrero del corriente año 2013, recibí una resolución donde se me emplaza para que dentro del plazo improrrogable de cinco días de notificado el presente instrumento legal, acredite la presentación de mi renuncia ante el organismo o repartición que cause la incompatibilidad prevista en la ley 27244. Todo ello bajo apercibimiento de limitar la designación al vencimiento de los plazos otorgados.

III.- ADMISIBILIDAD FORMAL:

                                                             La presente acción de amparo es procedente formalmente puesto que se encuentran cumplimentados todos los recaudos formales exigidos por la normativa aplicable. (Art. 2 ley 16986) a saber:

                                                             a) Se trata de una amenaza a mi derecho de trabajar basada en una supuesta incompatibilidad para el ejercicio simultáneo de mi profesión en ambos ámbitos.

                                                             b) No existe otra vía judicial más idónea ya que se me emplaza por un plazo muy breve, bajo apercibimiento de dejar sin efecto la designación, lo que hace imposible intentar defender mi derecho a través de un juicio ordinario.

                                                              c) No se afectan ni comprometen directa o indirectamente la regularidad, continuidad y eficacia de la prestación de un servicio público, o el desenvolvimiento de actividades esenciales del Estado, toda vez que el funcionamiento de ANSSES no depende de mi designación.

                                                              d) No requiere mayor ámbito de prueba y debate o la declaración de inconstitucionalidad de leyes, decretos u ordenanzas.

                                                              e) Se presenta dentro del plazo previsto por la ley 16 986 que en su art. 2 establece que la demanda debe presentarse dentro de los quince días hábiles a partir de la fecha en que el acto fue ejecutado o debió producirse.

IV.- ADMISIBILIDAD SUSTANCIAL DEL AMPARO

                                               

                                                                 Concurren en autos los requisitos previstos por el art. 43 de la C.N. y arts. 1 y 2 de la Ley Nro. 16896 para la procedencia de esta acción de amparo. Morello y Vallefin señalan que “la arbitrariedad o ilegalidad han de ser manifiestas. Sobre el particular la doctrina es terminante. Debe tratarse de algo descubierto, patente, claro. Arbitrariedad e ilegalidad manifiestas –se ha sostenido- equivalen a notorias, inequívocas, indudables, ciertas, ostensibles, palmarias, etc. O, como se ha destacado de modo sentencioso: lo manifiesto significa un juicio que corresponde a todos sin distinción ni dudas.”

                                                          Los presupuestos de admisibilidad se dan en la especie, desde el momento que se intenta restringir el derecho de trabajar consagrado en el art.14 de la Constitución Nacional.

V. PRUEBA

Ofrezco como prueba de los hechos y derechos invocados, la siguiente:

DOCUMENTAL:

-        Resolución donde se me solicita la renuncia.

-        Resolución donde se me designa como Personal Transitorio hasta el mes de marzo de 2013 inclusive.

VI. MEDIDA CAUTELAR

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