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Herencia y testamento


Enviado por   •  27 de Octubre de 2022  •  Ensayos  •  1.212 Palabras (5 Páginas)  •  35 Visitas

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Introducción

Dentro del derecho debemos tener claro el significado de lo que trata una sucesión, pues una sucesión constara en el proceso de trasmisión de los bienes de una persona que ha perdido la vida. 

Dentro del amplio concepto de sucesión podemos encontrar dos diferentes tipos los cuales los identificamos como:

Una Sucesión intesta mentaría: Este tipo de secesión es la regulada por la ley porque la persona que falleció no hizo un testamento mientras estaba en vida. Esto podría ir hasta en contra de la voluntad del difunto, ya que no muestra por escrito sus últimos deseos.
Para llevar a cabo este testimonio es necesario acudir con un Notario. Dentro del caso que los posibles herederos son mayores de edad y todos están de acuerdo, el Notario se encargará de llevar el procedimiento. Si los posibles herederos no son mayores de edad o no están de acuerdo, deberán llevar un proceso ante un Juez, de esta manera es como se logra evitar una secesión intesta mentaría.

Sucesión Testamentaria: Esta la podremos reconocer como la sucesión que reconoce los deseos de la persona fallecida porque los describe en su testamento.
En este caso deberás ir con un Notario para que se encargue de buscar el testamento y realices los trámites necesarios para la transmisión de los bienes.

Ligado a todos estos aspectos, durante el análisis que se implementara se llevara a cabo el conocimiento del término de la Herencia, el cual se logra referir a la sucesión en todos los bienes del difunto y en todos sus derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.

Desarrollo

Tras analizar el caso de Ricardo, podemos notar que cuenta con una familia numerosa y sobre todo que todos reciben un aporte económico de su parte debido a su gran riqueza empresarial. Lo inicial dentro de este caso es que al no contar con un testamento comienzan las primeras acciones que se basan en que si una persona muere y no dejó testamento (muere intestada), entonces se abrirá la sucesión legítima. Es decir, heredarán los familiares siguiendo un orden de parentesco y de acuerdo a lo establecido en la ley.

Para este orden de parentesco, nosotros conoceos que se divide en gratos, lo cual debe considerarse al momento de heredarse a los familiares de Ricardo, este concepto lo podemos entender de tal manera que se indica una línea de parentesco por consanguinidad, la cual viene determinada por los lazos de sangre. Es decir, entre los diferentes miembros existe un vínculo genealógico. Por ejemplo, lo que ocurre entre padres e hijos, abuelos o hermanos.

Si lo situamos en un esquema, para el caso de Ricardo quedaría como:

  • Primer grado de consanguinidad: padres e hijos.
  • Segundo grado de consanguinidad: abuelos, nietos y hermanos.
  • Tercer grado de consanguinidad: tíos, sobrinos, bisabuelos y bisnietos.
  • Cuarto grado de consanguinidad: primos hermanos y tíos abuelos.

Para cuando estos vienes sean repartidos, también pueden generarse hacia una familia política para el caso en que Ricardo no contara con su familia. En este caso, la relación existente de una familia política, se refiere a que n se ha configurado de forma natural, sino que se ha procedido a una unión legal, como ocurre con el caso del matrimonio.

Un dato importante a este respecto es que, en la actualidad, las parejas de hecho no se consideran vinculadas por lazos de afinidad. Esta cuestión es muy importante a la hora de tratar con permisos retributivos o herencias.

Si lo replicamos en un esquema, quedaría de esta manera:

  • Primer grado de afinidad: pareja, suegros, yerno o nuera.
  • Segundo grado de afinidad: cuñados, abuelos del cónyuge, cónyuges de los nietos, hermanastros.
  • Tercer grado de afinidad: parejas de los tíos, parejas de los sobrinos, tíos y parejas de los mismos del cónyuge, sobrinos y parejas de los sobrinos del cónyuge.

Propuesta

Para este caso de Ricardo, lo inicial tras conocer que falleció sin haber otorgado un testamento, debemos generar la apertura de la sucesión intestada, siendo llamados a la adquisición de la herencia sus parientes más próximos en el orden fijado legalmente, que en este caso sería su esposa e hijos. Sin embargo, deberá de acreditarse la situación que Ricardo establecido ante el Notario Público la cual establecía que durante su vida y después de ella se proporcionará una pensión alimenticia de 10 mil pesos mensuales hacia su hijo y a Catalina Robles. Por lo que lo siguiente que bajo mi criterio se debe hacer, es que se hace necesaria la formación de un título sucesorio que pruebe la existencia del llamamiento, y que legitimará a los llamados para poder ejercer sus derechos tanto en el ámbito judicial como extrajudicial. Bajo la declaración de herederos se determinará la situación para cada miembro de la familia, ya que el señor Ricardo contaba con una numerosa familia.

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